Salud, prisión y castigo en la cárcel de La Picota

Según la sentencia T-153 de 1998, emitida por la Corte Constitucional de Colombia, las cárceles del país están sumergidas en un estado de cosas inconstitucional por el hecho de haber sobrepasado sus cupos y tener un hacinamiento de mas del 30% para el año 1998. La respuesta por parte del gobierno frente a esta grave situación fue la creación de más de 20.000 cupos a través de la construcción de 11 nuevas cárceles de máxima y mediana seguridad y las cuales se conocieron como “Nueva Cultura Penitenciaria”. Sin embrago el problema nunca se soluciono de raíz y la población reclusa en el país actualmente sigue ascendiendo indiscriminadamente.


“Tendido dolorosamente sobre el camarote de concreto en la celda numero 8 del patio 14 en la torre F del ERON-PICOTA, en Bogotá, Oscar Dario sufre el dolor de su pierna izquierda atravesada por los helados metales de un tutor mal atendido por los precarios servicios sanitarios del INPEC; mientras recuerda con nostalgia los últimos momentos de tranquilidad vividos en libertad.”[1]

Según la sentencia T-153 de 1998, emitida por la Corte Constitucional de Colombia, las cárceles del país están sumergidas en un estado de cosas inconstitucional por el hecho de haber sobrepasado sus cupos y tener un hacinamiento de mas del 30% para el año 1998. La respuesta por parte del gobierno frente a esta grave situación fue la creación de más de 20.000 cupos a través de la construcción de 11 nuevas cárceles de máxima y mediana seguridad y las cuales se conocieron como “Nueva Cultura Penitenciaria”. Sin embrago el problema nunca se soluciono de raíz y la población reclusa en el país actualmente sigue ascendiendo indiscriminadamente. Según el ultimo informe presentado por el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa en enero de 2013, hoy en día llegamos a un hacinamiento de mas del 50%, quedando en entredicho la solución tomada por el gobierno y develando la crisis que atraviesa el sistema penitenciario y carcelario del país en su conjunto. Dicha situación se da gracias a varios factores. Hoy en día se están tipificando nuevos delitos que expresan la política criminal punitiva y la exclusión social capitalista y que por ende engrosa las filas de la población reclusa. Igualmente la prisión preventiva, la negación de detención o prisión domiciliaria y la población de sindicados que existen dentro de las cárceles colombianas son problemas estructurales que no se han tenido en cuenta y que deben de ser estudiados y extirpados desde su entrañas para ir solucionando la crisis que se afronta. Como vemos, dicha solución trajo consigo mas problemas y la crisis humanitaria dentro de los centros de reclusión nacional sigue aumentando sin tener soluciones concretas y optimas para esta población que por su vulnerabilidad, esta sufriendo los vejámenes y las negligencias del Estado de manera abrupta y concreta.

Ahora bien, la problemática del hacinamiento trae consigo problemas más graves y difíciles de solucionar como lo es la cuestión de la salud. Y entendemos la salud como salud física y psíquica, porque en los últimos años hemos visto como han muerto decenas de reclusos por dicha problemática en las U.T.E. (unidades de tratamiento especial) por pura negligencia del INPEC y CAPRECOM, puesto que no existen ni especialistas ni psiquiatras en las cárceles del país; y si existen nunca prestan atención a los reclusos. Durante enero y octubre de 2102 ocurrieron 17 suicidios causados principalmente por depresión extrema, ansiedad y estrés.CAPRECOM, la entidad encargada de prestar el servicio de salud en las Cárceles del país, tiene a sus espaldas miles de denuncias y tutelas que jamás son respondidas y mas de 150 muertes durante los últimos 18 meses.

En una visita oficial a las cárceles colombianas “los congresistas observaron que en los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional de la Picota, debido al intenso frío y por el aspecto nutricional, la salud de varios presos se ha ido deteriorando a niveles que deberían avergonzar al Gobierno Nacional, es decir les han declarado la muerte anticipada”.[2]

Estas inhumanas condiciones de hacinamiento a las que se ve sometida la población carcelaria provoca una degeneración de la salud y una continua exposición a epidemias y plagas. Un estudio que desarrolló la Universidad Nacional en la cárcel La Picota en el 2012 encontró a dos internos con tuberculosis, “nos parece alarmante, porque los enfermos pueden ser muchos más, con el agravante de que los internos no tienen fácil acceso a servicios de salud: tienen que estar muy mal para que los lleven al médico” y afirma que “el hallazgo es importante porque, en las condiciones de hacinamiento en las que están, los enfermos pueden contagiar a los internos que están a su alrededor.”[3] Estas situaciones no se resuelven a pesar de las continuas denuncias, y además, se evidencia así una total negligencia y desidia en la atención médica por parte del INPEC.

En la cárcel Picota de Bogotá nos encontramos con casos en que no hay diagnósticos sobre enfermedades crónicas o terminales, no se atienden los tratamientos post-quirúrgicos o no se suministran adecuadamente los medicamentos.

“Nosotros no contamos con un cronograma de atención médica y odontológica que garantice la entrega de medicamentos, la realización de exámenes clínicos y la remisión a especialistas para quienes lo requerimos. Esto es inhumano ya que esta consagrado como un derecho fundamental”.[4]

Igualmente a nivel nacional encontramos situaciones tan graves como las que denunciaron las prisioneras políticas del ERON Cúcuta el pasado 20 de enero de 2012. “Hay varias internas con ordenes de cirugías con 10 a 12 meses de anticipación y no han sido atendidas”. Según cifras de la Defensoría del Pueblo al 15 de agosto de 2012, a nivel nacional en un 63% no se están cumpliendo procedimientos quirúrgicos ni de diagnóstico.

Un prisionero de Eron Picota afirma que, “no contamos con un cronograma de atención médica y odontológica que garantice la entrega de medicamentos, la realización de exámenes clínicos y la remisión a especialistas para quienes lo requerimos. Esto es inhumano ya que esta consagrado como un derecho fundamental”.[5]

Según información suministrada por el INPEC y el Ministerio de Justicia, de enero a octubre de 2012, han muerto por lo menos 109 personas reclusas con antecedentes de un estado de salud que requirió hospitalización. Durante el año pasado se dieron a conocer a la opinión pública 3 muertes de prisioneros de la cárcel La Picota, el 28 de enero Gustavo Adolfo González Pulido “cayó por el infarto, duraron dos horas para que lo sacaran del pabellón y lo atendieran”[6]. En agosto, se denunciaron las muertes por negligencia médica de 2 prisioneros más, “Miguel Ángel Uribe Campos, quien falleció producto de un shock cardiogénico, debido a una insuficiencia renal crónica grado cuatro que sufría el reo. Según se conoció, Uribe Campos habría esperado diez meses para recibir ayuda médica (…) Entre tanto, en la tarde del jueves se conoció que Nilson Páez, también recluso de ese centro penitenciario, falleció tras presentar dificultad respiratoria al ser trasladado por los guardias del Inpec a que se le prestara atención médica.”[7]

Igualmente el recluso JHON JAIRO GARCIA, TD. 55974, privado de su libertad en la Torre F, nivel 5, patio 14, de la cárcel Nueva Picota -ERON- en la ciudad de Bogotá, y quien se encontraba enfermo de SIDA, falleció el 15 de noviembre de 2012 en una clínica de Saludcoop, en la ciudad de Bogotá.

El día 15 de agosto de 2012, los internos de la Picota-Eron del patio-15 de Bogotá comunican y hacen la respectiva denuncia del fallecimiento del preso WILSON LEMUS, deceso que se produce en horas de la tarde en absoluta displicencia y desprecio por la vida de un ser que padecía enfermedad catastrófica y terminal en el órgano del Hígado.[8]

Como denuncia el Movimiento Nacional Carcelario en su carta al Presidente Juan Manuel Santos el pasado 5 de abril de 2013, “como es de conocimiento de parte del estado los servicios de CAPRECOM han sido deficientes y han incumplidos con los deberes asignados en la contratación a partir del decreto 1141 del 01 de abril del 2009 donde el gobierno nacional reglamento la afiliación de la población reclusa al sistema general de seguridad social en salud; como petición principal en este aspecto es que el INPEC asuma la responsabilidad directa, integral y programática de salud que se ajuste a las necesidades reales de cada centro de reclusión según la normatividad de la ley 65/93.”[9]

La negligencia médica por parte del INPEC también ha sido denunciada por la Corte Interamericana de Derechos humanos en su visita al país a finales del 2012: “la Comisión Interamericana continuó recibiendo consistentes denuncias respecto de la mala calidad de los servicios de salud proveídos en los centros penales por la empresa CAPRECOM, hecho que fue reconocido expresamente por distintas autoridades. A este respecto la CIDH subraya que la provisión de atención médica adecuada a los internos es una obligación fundamental que se deriva de su posición de garante de los derechos de las personas privadas de libertad que jurídicamente está fundamentada en el derecho al respeto de la integridad personal. Asimismo, la Comisión reitera que aun en aquellos casos en los que el Estado ha delegado la prestación de los servicios de salud de las cárceles en empresas o agentes privados el mismo sigue siendo responsable por la prestación adecuada de tales servicios.”[10]

SALUD MENTAL

Los cuatro derechos fundamentales contemplados dentro de la Declaración de los derechos del hombre y ciudadano (1789) son: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia contra la opresión. El primero queda suspendido durante el cumplimiento de una condena, pero el segundo y el tercero (propiedad y seguridad) están garantizados por la ley. La cárcel restringe entonces diversos derechos fundamentales (expresión, vida familiar, derechos cívicos, intimidad, dignidad, etc), y como efecto de esto los detenidos -protegidos a nivel internacional- van tomando conciencia y asumiendo responsablemente el derecho a protestar contra las decisiones y desidias de la administración, pero este también les es restringido y por ende en muchas ocasiones son castigados y sancionados.

Toda esta privación y negligencia de los entes y personas responsables de preservar algunas condiciones mínimas y contempladas dentro de los derechos humanos,como es la cuestión de salud y la sanidad y los efectos negativos en la salud de los prisioneros a nivel mental, es de vital importancia y debe ser tenido en cuenta y atendido. Igualmente las afecciones físicas tienen una gran relevancia ya que existe un efecto reflejado a nivel biológico y en la percepción del mundo que produce un estado emocional-mental deteriorado, en el caso de los recluidos, se ven reflejados en la aparición de síntomas, efectos emocionales y enfermedades como lo son: devaluación de la propia imagen, disminución de la autoestima, trastorno de ansiedad[11], rigidez, deprivación[12], patrones atípicos de pensamiento y comportamiento, hipervigilancia, aislamiento, hostilidad, problemas para conciliar el sueño, problemas de privación sexual, depresión[13], indefensión aprendida[14], etc. Esto se aplica a condiciones generales de encarcelamiento, pero hay que sumarle que a los prisioneros, como los que se encuentran recluidos en ERON PICOTA, sumándoles las condiciones climáticas de la ciudad de Bogotá y la estructura en la que se encuentran recluidos, con el tiempo pueden padecer (además de lo anteriormente mencionado) trastorno afectivo estacional[15], la inhibición de La serotonina y las endorfinas[16] y la producción a causa del encierro de la hormona llamada melatonina[17], (que tiene como consecuencia el adormecimiento en algunos casos).

Si bien no puede decirse que en todos los internos se va a desarrollar lo anteriormente mencionado, sí deben existir formas de prevenir que esto suceda, ya que de padecerlo, necesita de un tratamiento psicoterapéutico, medico y en algunos casos psiquiátrico, porque muchos de estos padecimientos pueden derivar en patologías más graves como fobias o tendencias suicidas; todo esto tiene sustento científico, por algunos a partir de los estudios de Clemmer (fue el primero que se refirió al tema) y le llaman a este efecto: prisionización.

Un claro ejemplo fue lo ocurrido el sábado 19 de enero de 2013 con el recluso Jesús Medina Rojas en la U.T.E. (unidad de tratamiento especial) de ERON PICOTA, quien luego de permanecer varios días aislado en dicha unidad con graves problemas psiquiátricos y sin ser atendido, cometió suicidio por medio del ahorcamiento.

Como podemos observar, la problemática de salud en la cárcel ERON PICOTA y Picota penitenciaria de la ciudad de Bogotá es una realidad que viola los derechos fundamentales de los reclusos y atenta contra la dignidad humana. Las cárceles del país no pueden seguir siendo depósitos humanos y mucho menos cementerios. Exigimos ante el director de dicha penitenciaria, señor Anselmo Escobar, se escuchen las voces de los internos y se de una pronta solución a esta grave problemática que esta afectando de manera abrupta la vida de los internos y la de sus familiares.

Notas:

[1] http://www.kaosenlared.net/america-…

[2]http://www.45-rpm.net/solidaridad/?…

[3] http://www.agenciadenoticias.unal.e…

[4] http://www.elespectador.com/noticia…

[5] http://www.elespectador.com/noticia…

[6]http://www.caracol.com.co/noticias/…

[7]http://www.lafm.com.co/noticias/inp…

[8] http://www.traspasalosmuros.net/node/940

[9] http://www.traspasalosmuros.net/nod…

[10] http://www.oas.org/es/cidh/prensa/c…

[11] es un término general que abarca varias formas diferentes de un tipo de enfermedad mental, caracterizada por miedo y ansiedad anormal y patológica

[12](Hood y Sparks, 1970; García y Sancha, 1985).

[13] diagnóstico psiquiátrico que describe un trastorno del estado de ánimo, transitorio o permanente, caracterizado por sentimientos de abatimiento, infelicidad y culpabilidad, además de provocar una incapacidad total o parcial para disfrutar de las cosas y de los acontecimientos de la vida cotidiana (anhedonia). Los desórdenes depresivos pueden estar, en mayor o menor grado, acompañados de ansiedad. Esta alteración psiquiátrica, en algunos casos, puede constituir una de las fases del trastorno bipolar.

[14] indefensión aprendida se ha relacionado con depresión clínica y otros trastornos mentales “resultantes” de la percepción de ausencia de control sobre el resultado de una situación

[15] El trastorno afectivo estacional se produce cuando una persona no recibe la cantidad suficiente de luz solar y hace que se sienta deprimida, cansada o débil. La cantidad reducida de horas de sol durante el día contribuyen a que esto ocurra.

[16] Cuando te expones al sol, el cerebro reacciona liberando serotonina y endorfinas al organismo, de la misma manera que lo hace cuando te ríes o haces ejercicio. Esto hace que te sientas más contento y aumenta el sentido general de bienestar, de lo contrario si hay una inhibición, los efectos son contrarios y lleva a estados depresivos.

[17] hormona natural llamada por sus características como la principal reguladora y coordinadora de los ritmos biológicos, que en cantidades inadecuadas puede ser perjudicial para la salud.