ONU condena infracciones al DIH del ELN y las FARC

La oficina del organismo para los Derechos Humanos observó “graves infracciones” a la normativa humanitaria, en lo corrido de este año, por parte de los grupos guerrilleros, y exigió respeto por la población civil.


“En los últimos meses, mi Oficina observó graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario por parte de las FARC-EP y el ELN. Condeno los homicidios en persona protegida, los ataques indiscriminados, los ataques contra bienes civiles, las amenazas y los desplazamientos forzados cometidos por los grupos guerrilleros. Ante esta violencia, exijo una vez más a las FARC-EP y al ELN el total apego a la normativa humanitaria y el respeto absoluto a la población civil”. Estas fueron las palabras de Christian Salazar Volkmann, Representante en Colombia de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos.
En un comunicado de la oficina indicó que los hechos a los que hace referencia se dieron durante los primeros cinco meses del año. “La Oficina recuerda que estas conductas infringen los principios de limitación, distinción y proporcionalidad, y que los grupos armados ilegales deben respetar, sin excepción, la vida, la integridad y los bienes de la población civil”, agregó.

Acto seguido enunció algunos de los casos observados por este año:

 El 14 de enero, como consecuencia de un ataque con explosivos contra la vivienda de la señora Sandra Toro, hija del Alcalde de Puerto Asís, Putumayo, murió el adolescente Diego Fernando Sanchez Toro, de 17 años, lo que constituye homicidio en persona protegida. Los hechos fueron atribuidos al Frente 48 de las FARC-EP.

 El 22 de enero, un número aproximado de 5.000 personas, entre ellas alrededor de 2.300 niños, se vieron forzadas a desplazarse de 44 de las 52 veredas del municipio de Anorí, Antioquia, por amenazas atribuidas al Frente 36 de las FARC-EP. El desplazamiento forzado de personas constituye una clara infracción del principio humanitario de distinción e infringe el artículo 17 del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra.

 El 8 de mayo de 2011 se produjo un ataque indiscriminado con explosivos artesanales, atribuido al Frente Manuel Vásquez Castaño y a la Compañía Móvil Camilo Cienfuegos del ELN en el municipio de Sucre, Cauca, en contra del hospital local que sufrió severos y extensos daños, siendo también afectadas en ese ataque 16 viviendas aledañas. El ataque puso en riesgo la vida de la población civil que se encontraba en el hospital y en casas cercanas. La Oficina recuerda que el uso de armas que no pueden dirigirse de manera precisa y cuyos efectos no es posible limitar constituye un ataque indiscriminado.

 El 22 de mayo, una embarcación de servicio público que se movilizaba en el río Atrato, a la altura del corregimiento de Tagachí, municipio de Medio Atrato, fue atacada por presuntos miembros del Frente 34 de las FARC-EP, ocasionando la muerte de tres personas y heridas a otras dos. Adicionalmente, durante varios días, el mismo grupo impuso restricciones al libre tránsito en el río Atrato y sus afluentes, afectando a la población civil. Estos hechos constituyen una seria infracción a los principios de distinción y protección de la población civil.