Solicitud de medidas de acceso a tecnologías para prevenir, diagnosticar y tratar el COVID-19.

Respetados funcionarios, 

En calidad de congresistas y ciudadanos preocupados por la difícil situación que atraviesa Colombia, en materia de salud pública a causa del Covid-19, solicitamos ante su despacho que se adopten las medidas en materia de flexibilización del sistema de propiedad intelectual propuestas por Centros Académicos con amplia experiencia en el tema, con el objetivo de facilitar las condiciones de acceso a tecnologías para prevenir, diagnosticar y tratar el COVID-19 en Colombia. Estas medidas han sido replicadas en varios países con el fin de facilitar el acceso a medicamentos, reactivos de diagnóstico, pruebas rápidas, vacunas, dispositivos médicos, entre otros que puedan ser útiles en el marco de la situación sanitaria.

La emergencia ocasionada por esta pandemia representa un reto sin precedentes en la historia de Colombia y el mundo, lo que impone a los estados la obligación de tomar medidas efectivas para combatir esta enfermedad. En Colombia, el Estado de Emergencia declarado a través del Decreto presidencial 417 de 2020, permite usar mecanismos legales y constitucionales para gestionarel inminente riesgo de colapso del sistema de salud, debido al crecimiento exponencial de contagiados, y pese a las medidas tomadas por el Gobierno. 

Las medidas propuestas permiten autorizar a terceros o al mismo Estado para producir, comercializar o importar dichas tecnologías por razones de salud pública, únicamente durante el tiempo que dure la emergencia, con una compensación posterior y razonable a los titulares de derechos. Gran parte de estos mecanismos, como ocurre con las licencias obligatorias y el uso gubernamental para fines no comerciales, han sido consagrados en leyes y tratados internacionales. Además, las licencias obligatorias son mecanismos legales y legítimos, que en ningún caso se pueden entender como una expropiación de derechos1. Lo anterior, debido a que al titular se le pagan regalías, además de que puede seguir comercializando su producto, pero no de forma exclusiva. Este tipo de licencia suspende tan solo unas prerrogativas de uno de los varios derechos que otorga la patente. Y, lo más importante, es que la suspensión no es “erga omnes” sino respecto a un único sujeto (licenciatarios) y a cambio de contraprestación o regalía.

En estos mecanismos, el reconocimiento de regalías logra un balance entre el estímulo a la innovación, la garantía de acceso a la salud y el derecho a la vida, debido a que se reconoce la inversión o el riesgo que asumen los titulares al buscar soluciones técnicas y tecnológicas. Además, se reconoce el importante rol de financiación de ciencia y tecnología que cumplen los Estados y los ciudadanos.

Consideramos que en momentos como los que atraviesa el país, estas medidas se hacen necesarias debido a que el sistema de patentes permite que los titulares de estas tengan el monopolio en la producción, comercialización e importación de las pruebas de diagnóstico, dispositivos médicos, medicamentos2 o vacunas, lo que puede incrementar su precio o impedir la producción o importación por parte del Estado, restringiendo a su vez el acceso de estos productos al sistema de salud. Todo esto, aumentaría el riesgo de colapso del sistema de salud, al no contar con todas las herramientas que la ciencia ha desarrollado, que pueden funcionar para controlar la pandemia. Además, como se ha evidenciado en el caso de ventiladores o reactivos, incluso grandes compañías no logran abastecer todo el mercado mundial dada la alta demanda.

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