Palma, despojo y “desarrollo”

El tiempo todo lo dejar ver a la luz, el sentido de la fuerte promoción que Uribe a la palma de aceite, allí donde tiene ocasión, empiezan a aflorar con toda nitidez de su propia boca. Desde ahí también se comprende la razón de ser de una ley como la 30 de Desarrollo Rural que flexibiliza, que niega los derechos territoriales conquistados, afirmados por pueblos y comunidades afrocolombianos y mestizos.


Las palabras que el presidente Uribe pronunció en el XXXIV Congreso de FEDEPALMA, celebrado el pasado 7 de junio de 2006, en Villavicencio, Meta, son bien dicentes del espejismo palmífero en todo el país. La adaptación de la legislación de combustibles, el fomento, el impulso a la siembra de palma en todo el pacífico sin importar sus consecuencias en el derecho a la sobrevivencia de los pueblos afrocolombianos e indígenas, sin importar la destrucción ambiental, lo importante es que todo se haga desierto en palma, lo importante es la exportación. No importa que haya habido sangre, terror, y fuego, no importa que los más sean desconocidos en su dignidad. El negocio del futuro el que hará a los empobrecidos excluidos y a los ricos posibles empresarios globales está aquí, signo del progreso, de la paz y de la reconciliación.

“Voy a pasar muy rápido por el TLC… Les confieso que mi gran aspiración era que no hubiera restricciones para el envío de combustibles biológicos de Colombia al mercado de Estados Unidos, porque eso es lo que los ilusiona enormemente a futuro y eso se logró, ese camino quedó despejado y eso nos tiene que dar tranquilidad. Y tomamos nota de la preocupación de ustedes para el buen manejo de las negociaciones que vienen, como la que hemos empezado con Centroamérica. Nosotros estamos en la iniciativa energética en Centroamérica”.

Y en este alarde de sinceridad, habló de los planes del gobierno para los cultivos de palma aceitera en el Pacífico colombiano, alabando las alianzas estratégicas (puerta que el gobierno abrió para la irrupción de las empresas en los territorios colectivos de comunidades negras), casi como si fueran la solución a todos los problemas del país:

“¿Y por qué no hacemos lo siguiente?: a mí me parece que las alianzas productivas que se han hecho entre grandes empresarios y campesinos son formidables. Cuando hablo de un país sin egoísmos y sin odio de clases, un país fraterno, con relaciones cristianas en la producción, yo creo que si hay algún ejemplo a destacar, es el de esas alianzas productivas…”
“…Y les propongo algo adicional: en zonas como Tumaco, Guapi, el Pacífico, que el gobierno sea socio de ustedes, con recursos de capital de riesgo para proyectos de palma y de biodiésel. Que el gobierno sea socio de ustedes…”
“…Yo no creo que el Estado se tenga que venir a sembrar palma africana al Llano, aquí hay empresarismo y aquí van a colocar las plantas de biodiésel, pero a mi me preocupa cuando miro a Sucre o cuando miro a Tumaco. Entonces le dije en el Consejo de Ministros del pasado lunes, a mis colegas en el Gabinete: mire, necesitamos urgentemente que allí acuda el Estado promotor…”
“…Entonces, yo les propondría pensar en proyectos como el de Sucre y con ustedes específicamente, uno en el Pacífico. Vengo a hacerles esta propuesta: el Gobierno los acompaña con recursos de capital de riesgo para sembrar palma y para construir las plantas extractoras que se requieran en el Pacífico porque es una de las necesidades para poder erradicar de allí la coca..”
“…Y eso nos obliga, ministro, a acelerar lo siguiente: que tiene que dedicarse el Ministerio, pero con perseverancia. Rogaría que haga una cuarentena de los empresarios de Tumaco y los compatriotas afro-descendientes y no los deje levantar de la oficina, donde los encierre, hasta que lleguen a un acuerdo. Tiene que ser así, esto si no es con perseverancia no… Enciérrelos allí y entonces propóngales como case, que el Estado aporta, que lleguen ellos a unos acuerdos sobre uso de esas tierras y el gobierno aporta recursos de capital de riesgo. Y propóngales una fecha y les dice: ‘señores, nos declaramos en cónclave y de aquí no salimos hasta que tengamos un acuerdo’.
Porque aquí hay que reconocer lo bueno y lo malo, en este Meta y en el Casanare y en lo que empieza a dar en el Guaviare, unos crecimientos formidables de palma, en Tumaco no. Y Tumaco que tiene la carretera, váyanse un poquito al norte, esa área del Guapi, El Charco, con excelentes condiciones y sin una mata de palma y llena de coca que tenemos que erradicar. Sería mi sugerencia muy respetuosa…”

Sin embargo, las comunidades negras del pacífico colombiano tienen bien claro, lo que la palma aceitera ha supuesto en sus territorios. Los consejos comunitarios de la región de Tumaco, los el Curvaradó, los del Jiguamiandó, los del Cacarica saben que tanta esperanza no es cierta, que la destrucción de su existencia y de la biodiversidad está ahí en la palma. Por eso se explica la concepción de la ley 30 de Desarrollo Rural, ley del agro negocio de la palma, el caucho, el cacao, que responde a esos planes emulados por el presidente.

Pero nada importa. Los asesinatos, los desplazamientos, las torturas, los robos de tierras a comunidades campesinas, afros e indígenas, y todo el sufrimiento que llega de la mano de estas empresas palmeras a los territorios ancestrales, el negocio se está asegurando con la ley 30 que será aprobada. Parecen ahora si muy acertadas las palabras del Procurador General de la Nación, en el semanario El Espectador del 21 de octubre de 2006, donde asegura que (poner bien). “pareciera que esta ley la han hecho para entregar las tierras del Curvaradó y Tumaco”.

La sensatez en el Estado, a través de las anotaciones del Procurador General de la Nación, EDGARDO MAYA VILLAZON se ha hecho pública frente a la Ley 30 propuesta por el Ministro ANDRES FELIPE ARIAS y que hoy se discute en el Congreso. Ese marco legal de tierras, que modifica sustancialmente la relación del campesino con la tierra, que desconoce las identidades socioculturales, que posibilita la legalización de la ilegalidad, que coloca el campo en la dinámica de la globalización excluyente está advertida. Dice el Procurador, entre otras cosas que “se están privilegiando los proyectos productivos de tardío rendimiento y las zonas de desarrollo forestal que demandan un flujo importante de recursos y una disposición de hectáreas que no está al alcance de los pequeños trabajadores rurales, que son la inmensa mayoría de los habitantes del campo”(…) “Pareciera que su principal objetivo (el del proyecto) fuese legitimar los cultivos de palma en territorios de los Consejos Comunitarios de Jiguamiandó, Curvaradó y Alto Mira y Frontera (Chocó), desarrollados sin el consentimiento de sus autoridades legítimas en el marco de sistemáticas y recurrentes violaciones a los derechos humanos, los cuales, además, han propiciado las amenazas y asesinatos contra quienes se oponen a ellos (los cultivos de palma)”.

Aunque no es cierto, por lo menos en el caso del Curvaradó, que haya dinero de los Estados Unidos de sus programas de ayuda en la palma que se siembra en el Bajo Atrato, como lo hemos constatado en nuestra Comisión de Justicia y Paz, lo cierto es que la ilegalidad reconocida públicamente, incluso por el Ministro ARIAS no ha removido en términos prácticos y concretos los obstáculos que impiden que los afrocolombianos y mestizos sean restituidos en su derecho al Territorio.

Hoy continúa la extracción del fruto de la palma hacia Mutatá, los artículos del diario El Espectador de agosto pasado, reiteran la podredumbre que existe detrás de la palma de Aceite en el Curvaradó, que hoy de acuerdo con la interpretación del Procurador General de la Nación, EDGARDO MAYA VILLAZON, a través de la ley de Desarrollo Rural quedará legalizada. Aunque hay imprecisiones en los artículos de El Espectador estos posibilitan ilustrar lo que hay detrás de la ley desarrollo rural en términos concretos. Contrastar las apreciaciones del Procurador con la situación del Curvaradó muestra lo necesario, lo claro y lo suficiente. Una contrarreforma agraria vestida de progreso, fundamentada en el crimen, y en la impunidad
La Ley además coincide en su espíritu con las formulaciones del Bloque ELMER CARDENAS a través del Proyecto de Alternatividad Social, PASO, y que se viene implementando en La Balsa en el Cacarica y que tiene los nombres falsos de ALIANZAS ESTRATEGICAS, más bien, DESPOJOS ESTRATEGICOS.
No se puede entender que ante la lógica del raciocinio EN DERECHO por el pronunciamiento de un Procurador un Ministro se sienta amenazado, cuando han sido los pueblos afrocolombianos, y los mestizos, los amenazados, los torturados, los desplazados, los desposeídos a través de una estrategia criminal que hoy se viste de traje empresarial, de paz y de reconciliación. Amenazado, cuando no ha sido posible la restitución de la propiedad de los pueblos afrocolombianos en el Curvaradó. Tal vez la amenaza, es que la razón, los principios de humanidad y de preservación de la identidad de los pueblos, no estén subordinados a los principios y criterios del libre mercado, tal vez, la amenaza es que la dignidad de los pueblos continúe diciendo no a la mentira y a la imposición.

Adjuntos
Ley de Tierras podría prestarse para el lavado de activos. 21 octubre de 2006
Dinero gringo a Cultivos de Palma. Por Norbey Quevedo
Palma de la Discordia. Por Norbey Quevedo Agosto de 2006

Ley de Tierras podría prestarse para el lavado de activos’
La Procuraduría General de la Nación hizo reparos a 46 de los 161 artículos que contiene el Estatuto de Desarrollo Rural.

Archivo – El Espectador. Juan David Laverde Palma. sábado, 21 de octubre de 2006

El documento, de 29 páginas, fue enviado al ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias MinAgricultura teme por su vida; culpa a la Procuraduría. El ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, le respondió al Ministerio Público tras las observaciones que éste le hizo al proyecto de Ley de Desarrollo Rural.

“Una afirmación de esta naturaleza, emitida a la ligera, pone en grave riesgo mi seguridad personal y la de mi equipo de trabajo”, dijo Arias tras las observaciones hechas por la Procuraduría y que están contenidas en el artículo que publicó este fin de semana El Espectador. En su carta, el jefe de la cartera de Agricultura asegura que la Procuraduría saca “conclusiones perversas, formula aseveraciones infundadas y subjetivas y parece haber adoptado una fórmula diferente”.

De acuerdo con el Ministro, no es cierto que el proyecto dé lugar a legalizar tierras para los paramilitares y narcotraficantes. Al respecto, el procurador, Edgardo Maya, le dijo a Caracol Radio que hablar de riesgos a la vida del Ministro es exagerado y agregó que ya tuvo una conversación con él para acabar con la polémica.

‘Ley de Tierras podría prestarse para el lavado de activos’. Concepto de la Procuraduría advierte que el polémico proyecto de ley legalizaría predios ilegítimamente adquiridos por los ‘paras’. Si no se exige como prueba de una posesión agraria el justo título, puede establecerse “un modo de adquisición tan abierto que puede degenerar en la legalización de formas de expoliación de la tierra o lavado de activos”.

En estos términos, incluidos en un concepto de 29 páginas enviado este viernes al ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, el procurador general de la Nación, Edgardo Maya Villazón, reconoció la ambigüedad de uno de los principales artículos del proyecto de ley del Estatuto de Desarrollo Rural.

El pasado fin de semana, El Espectador, en un artículo titulado “¿Mico en Ley de Tierras?”, alertó sobre la inconveniencia de incluir en el mencionado proyecto, que ya fue aprobado en primer debate en la Comisión Quinta del Senado, el artículo 122, que reglamenta una prescripción adquisitiva de dominio en favor de quien “creyendo de buena fe que se trata de tierras baldías, posea durante cinco años continuos terrenos de propiedad privada no explotados por su dueño en la época de la ocupación, ni comprendidos dentro de las reservas de la explotación”.

En criterio de los expertos, tal como hoy está redactada la norma, se les permite a grupos armados ilegales que se hayan quedado con tierras a través de la intimidación y de la violencia, que las puedan legalizar sin que tengan opción de recuperarlas sus verdaderos dueños: la población desplazada. Según el ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, esta disposición ya estaba vigente desde hace 70 años y lo único que pretende el Gobierno ahora es mejorarla. Los detractores de la norma, sin embargo, la han calificado como un “supermico” para legalizarle las tierras al paramilitarismo.

A la controversia se suma ahora el contundente diagnóstico del procurador Maya, quien admitió que la norma en cuestión coincide parcialmente con lo dispuesto en la Ley 200 de 1936, pero suprime la presunción de derecho que servía de fundamento a la posesión agraria. En otras palabras, según el concepto conocido por El Espectador, si no se exige el justo título, a pesar de que se incluya en la norma de que no proceda la posesión cuando se obtenga por medios violentos, se corre un enorme riesgo de que termine siendo un método para legalizar tierras adquiridas ilegítimamente.

Sin embargo, el concepto del jefe del Ministerio Público, referenciado como “Comentarios al proyecto de ley número 30 del Senado”, no se limita únicamente a hacerle reparos al polémico artículo 122 del llamado Estatuto de Desarrollo Rural. De igual modo, el documento contiene un análisis pormenorizado de todo el proyecto en trámite, incluyendo un estudio a fondo en torno a cuáles son las causas que permiten el “caos” que hoy se vive en Colombia en materia de tierras, calificado por los expertos como “una contrarreforma agraria”.

En opinión de la Procuraduría, este desordenado panorama se origina, entre otros, por los siguientes factores: la tierra ha estado siempre en los episodios de violencia en Colombia; el desgreño administrativo y la incapacidad de efectiva respuesta al sector rural ha sido una constante en los entes creados para el desarrollo de políticas públicas en esta materia; son inexistentes las decisiones de extinción de dominio sobre predios incultos y ociosos; y los procesos de desmovilización y reinserción revelan sistemas de información de tierras deficientes y desarticulados.

En cuanto al proyecto, presentado a consideración del Congreso por el Ministerio de Agricultura, el Procurador advierte que “se están privilegiando los proyectos productivos de tardío rendimiento y las zonas de desarrollo forestal que demandan un flujo importante de recursos y una disposición de hectáreas que no está al alcance de los pequeños trabajadores rurales, que son la inmensa mayoría de los habitantes del campo”. Y agrega que esta situación hace imposible que las comunidades campesinas puedan acceder a subsidios para compra de tierras.

En términos generales, el procurador Maya hace reparos a 46 de los 161 artículos que integran el cuestionado proyecto de ley. El Ministerio Público, por ejemplo, no comparte las funciones que se le quieren adjudicar al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) y, por el contrario, señala que éste “debe limitarse a la ejecución, coordinación y seguimiento” de directrices del Ministerio de Agricultura. Y añade que ya es hora de repensar la naturaleza jurídica del Incoder, a fin de dotarlo de mayor flexibilidad a la hora de ejecutar políticas públicas de desarrollo rural.

Otro aspecto que suscita críticas de la Procuraduría tiene que ver con las normas que se discuten orientadas a reglamentar los subsidios para compra de tierras. Según el organismo de control, es inconveniente que los mencionados subsidios se usen para adquirir posesiones, por cuanto éstas pueden estar en manos de testaferros y dar lugar al lavado de activos. Por eso, dice el documento, de optarse por esta alternativa, “tiene que hacerse de una manera restringida y controlada”, para evitar la proliferación de tierras sin legalizar.
En cuanto a los sujetos que pueden solicitar el subsidio, Maya Villazón considera que las disposiciones incluidas en el polémico articulado “son ajenas a los derechos de los pueblos indígenas y afrocolombianos y, por el contrario, pueden contribuir a legalizar y legitimar conductas contrarias sobre sus derechos territoriales, en varios casos con la participación activa de los grupos armados al margen de la ley”. Además, se desconocen las relaciones culturales e históricas de las comunidades indígenas con el uso de la tierra.

Sobre este último aspecto, el concepto señala que las normas de acceso a las tierras del Estatuto de Desarrollo Rural “atentan contra el derecho a la diferencia de las comunidades étnicas, al pretender ajustarlas a modelos de desarrollo occidental ajenos a sus usos y costumbres, convirtiendo a sus miembros en ‘empresarios del sector rural’ ”. De la misma forma, este tipo de iniciativas, según la Procuraduría, contribuyen a aumentar las diferencias entre las comunidades auspiciadas por algunos empresarios y los grupos armados.

Y agrega textualmente Maya Villazón: “Pareciera que su principal objetivo (el del proyecto) fuese legitimar los cultivos de palma en territorios de los Consejos Comunitarios de Jiguamiandó, Curvaradó y Alto Mira y Frontera (Chocó), desarrollados sin el consentimiento de sus autoridades legítimas en el marco de sistemáticas y recurrentes violaciones a los derechos humanos, los cuales, además, han propiciado las amenazas y asesinatos contra quienes se oponen a ellos (los cultivos de palma)”.

Como lo informó este semanario en su edición del pasado 3 de septiembre, a pesar de los múltiples pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor de las comunidades del Urabá chocoano, en los últimos cinco años varias empresas palmeras han recibido créditos del Banco Agrario, incluyendo incentivos de capitalización rural, para extender sus cultivos en tierras que desde noviembre del año 2000, y en acatamiento de la Constitución, han sido adjudicadas a las comunidades negras de Curvaradó y Jiguamiandó en el Chocó.

Según la Procuraduría, aunque las disposiciones del llamado Estatuto Agrario se enmarcan dentro de los proyectos productivos por la paz, se desconocen los derechos a las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Por eso, el organismo de control recomienda un trato diferencial para las minorías étnicas en cuanto al acceso a los subsidios del Estado, y propone que, en el caso de aprobarse alianzas productivas, éstas queden sujetas a previa votación de las autoridades tradicionales y las mayorías de los grupos étnicos.

Finalmente, el concepto del Ministerio Público insta al Ejecutivo a que atienda sus obligaciones con la población desplazada, como lo sentenció la Corte Constitucional en un fallo de tutela. Y que además, asuma que la promoción del retorno de las comunidades desplazadas debe ser uno de los grandes cometidos del Estado, porque la permanencia en sus territorios de las comunidades étnicas y la restitución de sus bienes, constituye un requisito indispensable para asegurar su supervivencia y su subsistencia.
“Se unifican todas las leyes de desarrollo del agro”: Minagricultura.

El ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, insistió en que el Estatuto de Desarrollo Rural tiene como objetivo darle unidad a un conjunto de leyes y decretos dispersos, algunos expedidos desde hace muchas décadas, relacionados con el desarrollo del agro. Según dijo, “las políticas de desarrollo rural y de tierras deben contribuir a facilitar el acceso de la población rural de bajos ingresos a la propiedad de la tierra, a los instrumentos de inversión y de financiación, a la tecnología y a los demás servicios productivos”. Arias negó que sea un “manual de trampas”, como lo han dicho sus críticos, y enfatizó que con la Ley se agiliza el trámite para recibir bienes rurales derivados de la extinción de dominio, se da claridad a problemas de propiedad de la tierra y se crean programas de fomento acuícola y pesquero, entre otros beneficios.

Del Ministro de Agricultura
Cartas de los lectores
Atentamente me dirijo a usted a fin de manifestar mi desconcierto por el titular publicado por El Espectador, y difundido el día domingo 15 de octubre de 2006, mediante el cual se advierte sobre un “mico en la ley de tierras”.

Atentamente me dirijo a usted a fin de manifestar mi desconcierto por el titular publicado por El Espectador, y difundido el día domingo 15 de octubre de 2006, mediante el cual se advierte sobre un “mico en la ley de tierras”.

Ante todo, es preciso aclarar que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ve con agrado que los medios de comunicación demuestren interés por las iniciativas legislativas que viene impulsando. No obstante lo anterior, encontramos con extrañeza que en lo que atañe al texto publicado, el titular así como el cuerpo del artículo contienen adjetivos que descalifican la iniciativa y generan un ambiente de desconfianza en torno al proyecto de ley de nuestra autoría, aduciendo para ello razones insuficientes e imprecisas.

Sobre este particular, es preciso aclarar que, aun cuando no desconocemos que algunos sectores de la opinión han manifestado las preocupaciones que su prestigioso diario publicó en torno a un artículo en particular del proyecto, no es menos cierto que por lealtad a la ciudadanía, así como por el buen ejercicio de la profesión del periodismo, es de la más elemental responsabilidad verificar si el contenido del artículo cuestionado se encuentra o no en la actualidad vigente.

En efecto, el artículo compilado por el Gobierno en el proyecto de ley ha sido acogido de manera exacta al original artículo 4º de la ley 4ª de 1973, que encuentra a su vez sus orígenes en el artículo 11 de la ley 200 de 1936. No encontramos lógica alguna en tildar de “mico” un artículo que en la actualidad se encuentra en plena vigencia y que lleva siendo aplicado por cerca de 70 años.

Al respecto es preciso aclarar que el Gobierno acogió de manera textual el artículo 4º de la ley 4ª de 1973 en el proyecto de ley; no obstante, con ocasión de las discusiones suscitadas en el Congreso, el Ministerio ajustó el artículo a la realidad actual del país dejando a salvo los predios de la población desplazada por la violencia. Así mismo, la iniciativa prohíbe la prescripción adquisitiva a favor de quienes poseen un predio con ocasión de actos o conductas de intimidación o violencia; en este caso se protegerá a quien se encuentre en imposibilidad absoluta de hacer valer su derecho. Es decir, que si la iniciativa legislativa no se aprueba en el seno del H. Congreso de la República, continuará rigiendo el artículo actual sobre el que se están planteando las acusaciones de las que hace eco el periódico sin ninguna excepción.


Dinero gringo a cultivos en líos
Por: Norbey Quevedo H. de El Espectador. Agosto 18 de 2006

La sociedad anónima Unión de Cultivadores de Palma de Aceite en el Urabá (Urapalma), actual poseedora de 2.723 hectáreas sembradas con cultivos de palma en un territorio que el Estado legalmente adjudicó a las comunidades negras desplazadas del Chocó, y cuya gestión ha sido objeto de cuestionamientos tanto de los organismos de control en Colombia, como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, también financia su controvertido negocio con recursos provenientes del Banco Agrario y ayudas aprobadas por el Congreso de los Estados Unidos.

Según estableció El Espectador, en los últimos cinco años el Banco Agrario ha otorgado créditos, tanto a Urapalma como a la empresa asociada Palmas de Curvaradó S.A., por $10.957 millones, incluyendo incentivos de capitalización rural. Asimismo, según consta en informes presentados por el Programa de Cooperación en Agronegocios con Colombia (ARD/CAPP), que administra recursos de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la sociedad Urapalma ha sido beneficiaria de millonarios proyectos económicos.

Sobre este último aspecto, y en concreto, en el reporte del plan de trabajo del tercer año, correspondiente al denominado calendario 2005, el citado programa de origen norteamericano (ARD/CAPP) señaló que la sociedad Urapalma suscribió el contrato 089 para la siembra de 1.720 hectáreas de palma de aceite con 200 beneficiarios, por valor de US$6’059.000, de los cuales el 12%, es decir, US$700.000, se financió con recursos provenientes de la Agencia de Desarrollo de los Estados Unidos (USAID) para promover proyectos sustitutivos a los cultivos de coca y amapola.

Una financiación con recursos públicos y de cooperación internacional que sería intrascendente e incluso benéfica, si no fuera porque en los territorios del Chocó en los cuales Urapalma S.A. explota sus cultivos de palma de aceite, incluso con una complementaria y extensa red de carreteras, puentes, canales de drenaje, viveros y adecuación de terrenos con consiguiente tala de árboles, existen documentos de propiedad y una dolorosa historia de desplazamiento de las comunidades negras del Consejo Comunitario del río Curvaradó.

El desalojo

Una lucha de las comunidades afrodescendientes del Chocó por conservar sus territorios ancestrales, pues desde 1997 comenzaron a ser objeto del desplazamiento forzado producto de la confrontación entre las Farc, el Ejército y los grupos de autodefensa. Y que particularmente, desde finales del año 2002, como lo documentó la Defensoría del Pueblo en su resolución número 39 de junio de 2005, se ha acentuado con la amenaza constante de los paramilitares, quienes ordenaron el desalojo de la región porque supuestamente “ese territorio les pertenece y allí deben establecerse cultivos de palma aceitera”.

La misma resolución defensorial, citando consideraciones del Tribunal Superior de Quibdó, estrado judicial en que se tramitó en marzo de 2005 una tutela contra varias entidades oficiales y la citada empresa Urapalma por la misma controversia de tierras, observó que “Urapalma invadió terrenos de propiedad privada para sembrar palma de aceite y en algunos casos, con posterioridad, se firmó un contrato de transacción con los propietarios para pagarles las tierras usurpadas y devolver parte de ellas, pero esto usualmente no se cumplió o se hizo a medias”.

En pocas palabras, se trata de una empresa para la siembra de palma de aceite que, a pesar de argumentar la posesión de títulos de propiedad privada otorgados por el desaparecido Incora en 1987, ha sido muy cuestionada. Pero no sólo por su confrontación con las comunidades negras, sino porque es un negocio asentado en una reserva forestal. Por eso, la Procuraduría ha advertido que el financiamiento de Urapalma con recursos públicos y de cooperación internacional, crea además problemas ambientales y dificultades a las entidades crediticias para recuperar sus recursos.

El surco legal

El Ministerio Público se sustenta en un minucioso estudio adelantado por su Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, según el cual hay múltiples antecedentes legales que demuestran la inconveniencia del proyecto Urapalma, y el error que constituye el financiamiento estatal e internacional de algunas de sus actividades agroindustriales. Pero definitivamente el dilema mayor surge de los derechos de propiedad que más de 500 familias exigen, apoyadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Según las evaluaciones de la Procuraduría y de la Defensoría del Pueblo, desde 1959, a través de la Ley Segunda, la Cuenca del Pacífico tiene categoría de zona de reserva forestal. Además, la Constitución de 1991, a través de su artículo 55 transitorio, le ordenó al Congreso expedir una ley para reconocerles derechos sobre las tierras ancestrales a las comunidades negras. En consecuencia, se expidió la Ley 70 de 1993, que a través de sucesivos decretos fue definiendo la legalidad de las llamadas “tierras comunales de los grupos étnicos”.

Y producto de esta legislación, el 22 de noviembre del año 2000 el Incora expidió las resoluciones 2809 y 2801, a través de las cuales adjudicó a las comunidades negras los terrenos baldíos ocupados por los grupos étnicos organizados en los Consejos Comunitarios de Curvaradó y Jiguamiandó, ubicados entre los municipios de Carmen del Darién y Belén de Bajirá, en el Chocó. Precisamente en tierras donde hoy vienen operando diferentes empresas privadas dedicadas a la siembra de cultivos agroindustriales, como en el caso de Urapalma.

Esta circunstancia motivó a la organización no gubernamental conocida como Comisión Intereclesial de Justicia y Paz a solicitarle a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas de protección en favor de las comunidades antes referidas. En sendas resoluciones del 6 de marzo de 2003 y el 7 de febrero de 2006, el organismo internacional accedió a la petición y tras diversos cuestionamientos a las labores de Urapalma y otras sociedades similares, instó al Estado colombiano a proteger a las comunidades desplazadas del Urabá chocoano.

Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, desde 2001 la empresa Urapalma promueve la siembra del palma aceitera en tierras de las comunidades negras, con “la protección armada perimetral y concéntrica del Ejército y de civiles armados en sus factorías y bancos de semillas”. El Espectador estableció que esta última circunstancia ha sido posible porque la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada les ha otorgado múltiples licencias a dicha empresa y otras de la misma índole agroindustrial, para la protección de sus negocios.

Sin embargo, en la segunda de tales resoluciones, la Corte señala que según informaciones del Estado colombiano, la Fiscalía ya inició investigaciones por la presunta comisión de delitos de invasión de áreas de especial importancia ecológica por parte de la empresa Urapalma. Además, esta misma semana, la Procuraduría entregó un análisis sobre la gestión adelantada por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) y cuestionó la pasividad del organismo y del Ministerio de Agricultura frente a las empresas que explotan cultivos agroindustriales en el Chocó.

Paradójicamente, el propio Incoder, tras una visita a la zona, adelantada entre el 25 de octubre y el 1 de noviembre de 2004, el pasado 28 de marzo de 2005 hizo público un informe en el que reconoció que el 93% de las áreas sembradas con cultivos de palma de aceite pertenecientes a las empresas Urapalma, Palmas de Curvaradó, Palmas S.A. y Palmadó, se encuentran en los territorios colectivos de las comunidades negras. Y añadió el Incoder que casi la totalidad de los caseríos tradicionales han desaparecido y hay procesos de repoblamiento con personas distintas a las comunidades desplazadas.

La mano de los ‘paras’

A la polémica por el auge de las empresas de palma de aceite en el Urabá chocoano se suma un rumor a voces: algunos de estos negocios están respaldados por los jefes desmovilizados de las autodefensas. De hecho, el propio Vicente Castaño Gil, hoy remiso a la orden de recluirse impartida por el presidente Álvaro Uribe Vélez, así lo reconoció en una entrevista concedida a la revista Semana en junio de 2005: “En la región de Urabá tenemos cultivos de palma. Yo mismo conseguí a los empresarios para invertir en esos proyectos, que son duraderos y productivos”.

El tema volvió a relucir hace dos semanas cuando se produjo en el Chocó la desmovilización de Fredy Rendón Herrera, conocido con los alias de Luis Alfredo Berrío o el Alemán, máximo jefe del frente “Élmer Cárdenas” de las Autodefensas. El propio Rendón reconoció su interés en dedicarse a lo que antes denominaba Proyecto Agrícola y Social (Paso) y que hoy lleva el nombre de Sistema Regional de Construcción de Paz, un plan agrario en las zonas de Belén de Bajirá, Riosucio y Balsa, entre otras, que sin embargo, y según el mismo comandante, podría ser entregado en nombre de la paz.

“No hay un centímetro que le hayamos quitado a nadie. El desplazamiento fue por la confrontación (…) no tenemos más de 2.000 hectáreas. Si nos toca entregarlas al fondo de reparación, lo haremos porque lo importante para nosotros ahora es hacer parte de la Constitución y la ley, de donde nunca debimos haber salido”. Pero tomando distancia también, añadió: “El señor Vicente Castaño tiene unas personas que ha jalonado para sembrar palma en la región, pero sobre eso es él quien debe responder. También hay unas fincas por Riosucio que son suyas, compradas a los facinerosos de esas comunidades”.

Lo cierto es que, como lo constató El Espectador en la zona, y fue dado a conocer en un reportaje titulado “Urabá feudal”, publicado en la semana del 21 al 27 de mayo de 2006, con la adjudicación de tierras en las comunidades de Jiguamiandó y Curvaradó se presentan toda clase de anomalías. Como el caso del campesino Lino Díaz, quien en 1990 era adjudicatario de
60 hectáreas de tierra y en el año 2000 apareció con 5.890 hectáreas en la misma región, que terminó negociando con Urapalma. Lo paradójico es que oficialmente Lino Díaz había muerto ahogado en el río Jiguamiandó en el año 1995.

Ante tal cúmulo de situaciones, la Procuraduría tomó cartas en el asunto y no sólo les ha enviado requerimientos a varias entidades estatales, sino que estudia la posibilidad de instaurar una acción popular para que los ministerios de Agricultura, Medio Ambiente y del Interior y Justicia, el Incoder, el Banco Agrario, Finagro, Codechocó, la Gobernación del Chocó, el Departamento Nacional de Planeación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría, la Superintendencia de Notariado y Registro y las Fuerzas Armadas cumplan con sus responsabilidades.

La delicada situación es de insospechadas consecuencias, ahora acentuadas al conocerse que con recursos públicos del Banco Agrario y con ayudas de la Agencia de Desarrollo de los EU (USAID), se están financiando en parte empresas como Urapalma.

¿Tienen las entidades crediticias la garantía de recuperar los recursos facilitados, sobre todo si se comprueba que los proyectos financiados están acentuados en zonas de reserva forestal? ¿Es viable tal financiamiento con inversiones realizadas en territorios colectivos y de relevancia ambiental?, se pregunta el Ministerio Público. El Estado y las comunidades negras desplazadas del Chocó tienen la palabra.

Los asuntos clave del caso

La palma es originaria del centro de África. Es utilizada para producción de aceite.

Llegó a América en el siglo XVI, traída por los esclavos españoles.

Se empezó a comercializar en Honduras en 1944.

Las primeras semillas de palma llegaron a Colombia hacia 1920 y algunas fueron sembradas en Sasaima (Cundinamarca).

Los primeros cultivos comerciales de palma se hicieron en el Valle.

Cifras de 2001 señalan que en Colombia a ese año había sembradas 157 mil hectáreas de palma, que producían 524 mil toneladas de aceite al año.

El conflicto armado empezó a afectar la actividad a mediados de los 90.

La zona del Urabá es apetecida por las condiciones climáticas y de suelo similares a las de África.

Un programa solidario

El Programa de Cooperación en Agronegocios con Colombia (CAPP, por su sigla en inglés) fue diseñado para canalizar las ayudas de la USAID (Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional) a nuestro país y promover alternativas económicas y sociales para erradicar los cultivos ilícitos.

El proyecto, que en cinco años entregará 38 millones de dólares, pretende ayudar a los productores agrícolas involucrados en la siembra de cultivos de coca y amapola, para que se dediquen a actividades legales. El proceso tiene cuatro fases: evaluación, planificación, desarrollo e implementación, durante las cuales se les brinda asesoría, capacitación y financiación.

El CAPP no participa directamente en los proyectos y en su primera fase, entre enero de 2003 y junio de 2004, recibió 128 propuestas. De ellas, el 42% fueron aprobadas y cada una de ellas fue financiada, en un 13% en promedio, por la USAID. Se calcula que durante la duración de los programas se beneficiaron unas 22 mil familias.

En un total de 66.315 hectáreas, los cultivos de coca y amapola se han reemplazado por palma africana (53%), cacao (27%), frutas (16), entre otros productos agrícolas.