Graves infracciones al Derecho Humanitario y acciones paramilitares

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante el uso desproporcionado de la fuerza por parte de la unidades militares de la brigada 29 y las unidades de la Policía Nacional quienes en desconocimiento del principio de distinción y las demás normas del derecho humanitario han lesionado de manera grave la integridad física de los campesinos FRANCISCO PECHENE, OLIVO CERÓN, ESTELA ACOSTA, HERNANDO MOSQUERA NAVIA y del niño beneficiario de medidas cautelares DARWIN MENESES.


Bogotá, D.C., 21 de noviembre de 2012

JUAN MANUEL SANTOS
Presidente de la República de Colombia

ANGELINO GARZÓN
Vicepresidente de la República de Colombia

FERNANDO CARRILLO
Ministro del Interior

MARÍA ANGELA HOLGUÍN
Ministra de Relaciones Exteriores

RUTH STELLA CORREA
Ministra de Justicia

JUAN GABRIEL URIBE
Ministro de Ambiente y Desarrollo sostenible

EDUARDO MONTEALEGRE
Fiscal General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ
Procurador General de la Nación

VOLMAR PÉREZ
Defensor Nacional del Pueblo

Ref: Graves infracciones al Derecho Humanitario y acciones paramilitares en Argelia – Cauca

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante el uso desproporcionado de la fuerza por parte de la unidades militares de la brigada 29 y las unidades de la Policía Nacional quienes en desconocimiento del principio de distinción y las demás normas del derecho humanitario han lesionado de manera grave la integridad física de los campesinos FRANCISCO PECHENE, OLIVO CERÓN, ESTELA ACOSTA, HERNANDO MOSQUERA NAVIA y del niño beneficiario de medidas cautelares DARWIN MENESES.

Nuestra Constancias Histórica y Censura Ética ante la continuidad de infracciones al derecho humanitario por las partes en conflicto al continuar sosteniendo hostilidades en medio de la población civil o que colocan en riesgo a la población; ante la utilización de los espacios comunitarios de las y los habitantes de Argelia para la construcción de trincheras y lugares de acantonamiento de las unidades militares y de la Policía Nacional, en contravía del Protocolo II de Ginebra suscrito por el Estado Colombiano, así como por los daños irreparables a la vida e integridad a un niño por el uso de un medios y una técnica que afecto a civiles por parte de la guerrilla; desconociendo su responsabilidad ética-jurídica de salvaguardar a la población civil, en ese sentido evitar que estos resulten heridos en medio de sus acciones defensivas y de ataque.

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante la cada vez más evidente presencia paramilitar en los caseríos del municipio de Argelia, operaciones armadas en medio de la fuerte militarización y presencia policial de estructuras estatales.

Ante ustedes la fundamentación fáctica de nuestra Constancia Histórica

* Jueves 22 de noviembre nuestra Comisión de Justicia y Paz en Bogotá fue informada que el 26 de agosto, entre las 9:00 p.m., y las 10:00 p.m., en el sector conocido como el “Sacadero de Arena” o “Los Chíparos”, ubicado a unos 100 metros del casco urbano del corregimiento El Mango, en la vía que conduce hacia el corregimiento de El Plateado, cinco paramilitares vestidos con prendas privativas de uso exclusivo de la Policía, ocultando sus rostros y portando fusiles M60 y pistolas instalaron un reten.

Las y los campesinos que se movilizaban por este sector hacia sus viviendas fueron obligados a tirarse al suelo, maltratados verbalmente, intimidados y golpeados con las armas, así mismo sus pertenencias fueron saqueadas.

Los armados que se identificaron como paramilitares sostuvieron que no iban a permitir que la guerrilla mantuviera tanto poder, les ordenaron marcharse y guardar silencio o los matarían y serían lanzados al río San Juan del Micay.

Este reten es intermitente y se instala con los mismos fines de control de personas y de bienes, con mensajes amenazante desde agosto hasta hoy. Las actuaciones contra los pobladores se realizan sin que las autoridades policiales y militares que se encuentran muy cerca del lugar del retén realicen acción alguna.

Días antes fuimos informados de graves infracciones de derecho humanitario que comprometen la responsabilidad del Estado

* Viernes 9 de noviembre a las 8:00 a.m. en el corregimiento El Mango se presentaron enfrentamientos entre las guerrilla de las FARC y unidades adscritas a la policía nacional. En desarrollo de las acciones bélicas, las unidades de policía haciendo uso desproporcionado de la fuerza lanzaron gases lacrimógenos y disparos indiscriminados contra los civiles.

En consecuencia de este uso irracional y desproporcionado de la fuerza fueron afectadas con lesiones civiles y un número indeterminado de viviendas entre ellos al niño DARWIN MENESES hijo de PAOLA MENESES quienes son beneficiarios de medidas cautelares de la CIDH; así mismo resultó gravemente herido el poblador HERNANDO MOSQUERA NAVIA, de 51 años de edad.

DARWIN MENESES, junto con otros niños se encontraba jugando en la parte alta de una de las viviendas al momento de presentarse la respuesta policial que generaron pánico en los niños. DARWIN al pretender protegerse de los disparos indiscriminados que lanzaron las unidades de la policía cayó de la parte alta de la casa resultando con una fractura en su brazo derecho.

Las y los estudiantes, junto a sus profesores y padres de familia se refugiaron en el sector conocido como el Bujio, ubicado a 10 minutos del caserío de El Mango, lugar que se ha convertido en un espacio de protección cuando se presentan este tipo de situaciones.

En medio de las personas que buscaron refugio se encontraba PAOLA MENESES y su hijo DARWIN MENESES, de 6 años, beneficiaria de medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

HERNANDO MOSQUERA NAVIA quedó herido en el piso en medio de los disparos indiscriminados. Cuando los integrantes de la comunidad intentaron auxiliarlo las fuerzas regulares dispararon a los civiles permanentemente. Enfrentando el hostigamiento de los oficiales la comunidad utilizando una bandera blanca como distintivo humanitario luego de varias horas de intentos logró auxiliarlo, levantarlo y trasladarlo hacia el hospital de Argelia, de donde fue remitido a Popayán con carácter urgente.

Meses atrás se han conocido situaciones similares

* Martes 3 de Julio a las 12:00 p.m. en el corregimiento El Mango se presentaron contactos armados entre unidades de la policía y la guerrilla de las FARC.

Como consecuencia del uso desproporcionado de la fuerza y el desconocimiento de las normas mínimas del derecho humanitario resultó herido el campesino FRANCISCO JAVIER PECHENE.

* Martes 10 de julio aproximadamente entre las 6:30 a.m. y las 8:00 a.m., en el corregimiento El Mango y en la cabecera del municipio de Argelia se presentaron contactos armados entre la guerrilla de las FARC y fuerzas regulares adscritas a la policía nacional y a la brigada 29.

Las Unidades de la Fuerza Pública en desconocimiento flagrante de las normas humanitarias levantaron trincheras en medio de la plaza principal del caserío de Argelia. Ese mismo día la guerrilla de las FARC instaló una motocicleta bomba que presuntamente iba dirigida contra un blanco legitimo militar, por el hecho resultaron heridas cinco personas y muerto un niño.

* Domingo 16 de septiembre hacia las 5:30 a.m. en el corregimiento El Mango, en caserío de La Mina se presentaron acciones bélicas entre la guerrilla de las FARC y unidades de la policía nacional.

Hacia las 3:00 p.m. por el uso desproporcionado de la fuerza resultaron heridos los campesinos OLIVO CERÓN y ESTELA ACOSTA.

Nuestra Censura Ética ante la vulneración de los derechos de la población civil mediante el uso irracional y desproporcionado de la fuerza, practica reiterada que vienen adoptando las unidades de la Polícia Nacional y de las unidades adscritas a la brigada 29, en desconocimiento del principio de proporcionalidad que están obligados a conservar en medio de acciones de combates en aras de salvaguardar siempre la integridad de la población civil y desde allí tutelar el bien jurídico del derecho a la vida como agentes estatales.

Nuestra Censura Ética ante la inoperancia estatal en medio de las acciones de control territorial que realizan miembros de las estructuras paramilitares contra los civiles.

Nuestra Censura Ética ante las actuaciones guerrilleras que han afectado a civiles, generando daños irreparables a la vida e integridad de civiles, como la muerte de un niño.

En conformidad con el artículo 23 de la Constitución Nacional y en conformidad con sus responsabilidades institucionales pedimos respetuosamente sus respuestas fácticas y por escrito acerca de:

1. ¿Qué acciones de tipo penal y disciplinario van a realizar para determinar la responsabilidad ante las graves lesiones materiales y físicas que fueron generadas a la población civil de los caseríos de Argelia en el marco del uso desproporcionado de la fuerza y en atención al principio de proporcionalidad?

2. ¿Qué protocolos de actuación se van adoptar de manera expedita y precisa para corregir, evitar, prevenir y sancionar las graves infracciones al derecho humanitario que continúa padeciendo la población por la instalación de un centro policial en medio de la comunidad, los ataques permanentes sobre los civiles y su uso como escudo humano?

3. ¿Qué acciones expeditas van a realizar para garantizar un desmonte efectivo de las estructuras paramilitares que vienen operando en Argelia?

De toda consideración,

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz