Carta a Ministerio del Interior por incumplimientos de Autos de la Corte

Carta elaborada por 15 consejos comunitarios menores de la Cuenca del río Curbaradó y 2 Consejos menores de la cuenca del río Jiguamiandó por incumplimiento de las ordenes expedidas en los autos de 18 de mayo de 2010 y 7 de marzo 2012 de la Corte Constitucional y falta de garantías de protección en el proceso de devolución de los predios colectivos.


Comunidad Camelias, Cuenca del río Curbaradó,
Municipio Carmen del Darien. Chocó, 18 de marzo de 2012

Señor:
Germán Vargas Lleras

Ministro del Interior

Nosotros 15 comunidades del Curbaradó y delegados del Consejo comunitario del Jiguamiandó abajo firmantes nos reunimos en asamblea extraordinaria en Camelias con el fin de analizar el auto A-045 del 7 de marzo de 2012 de la Corte Constitucional.

1. Valoramos positivamente como un logro para los derechos de las comunidades negras de Colombia y el mundo, los aspectos del Auto respecto a las exigencias requeridas al gobierno para que sean respetados los derechos territoriales y de la vida en estos territorios.
Queremos manifestar nuestra preocupación y rechazo energico ante la no convocatoria a la totalidad de delegados de los consejos menores de la Cuenca del río Curbaradó para la reunión realizada el pasado 16 de marzo de 2012 en Bogotá convocada por el Ministerio del Interior en la que se discutieron aspectos sustanciales del Auto. A esta citación solo asistieron 5 personas invitadas y que solo representan algunas comunidades.
Esto es un hecho grave porque se abordaron temas que afectan nuestra posibilidad de existir y habitar en el territorio sin que nosotros conozcamos lo allí acordado.

2. El gobierno nuevamente desconoce así el Auto de 18 de mayo de 2010 de la Corte Constitucional y el auto A-045 del 7 de marzo de 2012 en relación con la transparencia, libertad, participación. Por lo tanto, nosotros no avalamos y anulamos cualquier decisión o compromiso que se haya tomado en esa reunión.

3. Cualquier convocatoria del gobierno debe hacerse respetando los prinicpios de consulta, participación, información transparente respetando la autonomía de los consejos menores de la cuenca del río Curbaradó y la participación de las y los delegados de cada comunidad.

4. El gobierno debe adoptar als medidas necesarias para la realizacion de reglamento interno de la cuenca del rpio Curbaradó y debe reconocer que somos las comunidades las encargadas de la administración del territorio y nuestro derecho a la autonomía para la elaboración del reglamento evitando y previniendo que exista una imposición institucional.

5. El gobierno debe garantizar el reconocimiento jurídico conforme a nuestros usos y costumbres, las normativas y los reglaentos internos de los 23 consejos comunitarios menores de la cuenca del río Curbaradó, que permiten la administración familiar y comunitaria de base, la justicia comunitaria y todas las activiades que se deben llevar a cabo dentro de la Cuenca, entre ellas la delegación a asamblea general de elección de representante legal y la junta del consejo mayor de la cuenca del río Curbardó.

6. En conformidad con nuestros usos y costumbres , los 12 miembros de cada uno de los consejos comunitarios menores podamos contar con garantías para expresar nuestra voz y voto y derecho a elegir y ser elegidos en la asmablea que sea convocada. La participación de acuerdo con lo que dice la Corte Constitucional no puede ser excluyente ni proiciar discriminación alguna con la respectiva acta donde conste que fueron elegidos para la realización de la asamblea general de elección.

7. Exigimos al gobierno garantías para el retorno de las familias que estan desplazadas y quieren retormar, ya que son estas en conjunto con las familias que estamos dentro del territorio, las encargadas de participar en la asamblea general de elección de representante legal y la junta del consejo mayor.

8. Exigimos al gobierno nacional que las familias que no quieren retornar se les brinden las garantías necesarias para su reubicación dignamente con la observación del Consjeo Mayor si este está constituído o el aval de los consejos comunitarios menores y la veeduría de organizaciones nacionales e internacionales que han venido acompañando este proceso.

9. Exigimos frente al plan de prevencíon y protección que sea construido en ejercicio conjunto entre las comuidades y el gobierno.

10. Reiteramos que los delegados y delegadas del Comité de censo no estan autorizados a tomar decisiones hasta que no haya un proceso de socialización y consulta con als comunidades.

11. Las 15 comunidades del río Curbaradó y los delegados del Consejo comunitario del Jiguamiandó nos comprometimos a socializar los temas tratados con el resto de comunidades que no pudieron asistir por problemas logísticos y de comunicación.

Atentamente

Consejos Comunitarios menores de la Cueca del Río Curbaradó
Consejo Menor de Andalucía-
Consejo Menor de Apartadocito-
Consejo Menor de Brisas-
Consejo Menor de Buena Vista-
Consejo Menor de Camelias-
Consejo Menor de Caño Claro-
Consejo Menor de Caño Manso-
Consejo Menor de Caracolí-
Consejo Menor de Cetino-
Consejo Menor de Despensa Baja-
Consejo Menor de Iguana-
Consejo Menor de Llano Rico-
Consejo Menor de No hay como Dios-
Consejo Menor de Serrao-
Consejo Menor de Villa Luz

Delegados del Consejo Comunitario de la Cueca del Río Jiguamiandó