Una historia poco común entre muchas historias ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES y su familia

Un color, una piel, muchas pieles del mismo color. El líder comunitario ADAULFO AURELIO PALMEZANO ARREGOCÉS y su familia, afrontan una grave situación de persecución y amenaza contra sus vidas, libertad e integridad personal. ADAULFO ha sido acusado de colaborar con la guerrilla, en el secuestro y posterior asesinato del ciudadano estadounidense FRANKS TOMHAS PESCATORE, cargos con los que ha sido privado de la libertad desde el 3 de abril de 2004 (15 meses, 24 días).


El proceso penal se ha adelantando sin garantías procesales y con violación a sus derechos fundamentales, la cuestionada participación de miembros de la embajada de los Estados Unidos que inexplicablemente, participaron en la primera parte de la indagatoria “sugiriendo al afrodescendiente acogerse a sentencia anticipada, es decir, aceptando los falsos cargos que la Fiscalía le está endilgando. Simultáneamente, se ha desatado una persecución por funcionarios de organismos de seguridad del Estado (Policía, Ejército, Departamento Administrativo de Seguridad DAS, SIJIN) contra sus familiares a través de allanamientos, detenciones arbitrarias, torturas, amenazas.

ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES es líder comunitario del departamento de Guajira, Representante Legal del Consejo Comunitario Mayor de Chancleta, municipio de Barrancas. En el 2001 ADAULFO fue elegido Fiscal de la Junta de Acción Comunal de la vereda Chancleta, cargo que ostenta hasta la fecha. En 1992 fue secretario de la Junta de Acción Comunal del corregimiento de Roche, municipio de Barrancas.

La familia PALMEZANO ARREGOCES, además de ser una de las más antiguas de la región de Chancleta, es habitante tradicional de una gran parte del territorio donde la multinacional Carbones El Cerrejón desarrolla el proyecto de explotación carbonífera. El caso de ADAULFO expresa la violación de derechos humanos soterrada, ocultada entre imágenes mediáticas de parajes paradisíacos en los que se destaca la pluralidad cultural y se explota al máximo la imagen de los pueblos originarios

El departamento de la Guajira, situado al norte de Colombia es habitado por comunidades indígenas, afrocolombianas y mestizas. Posee enormes recursos naturales, entre ellos: carbón, sal, petróleo, gas, además de importantes riquezas hídricas, fauna, flora y gran biodiversidad. La riqueza contrasta con la falta de fuentes de empleo, la deficiencia y en muchos casos inexistencia de servicios básicos como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y bajos niveles de atención en salud y educación.

En la Guajirá se encuentra El Cerrejón, la mina de carbón a cielo abierto más grande de Latinoamérica y una de las grandes reservas de este recurso en el mundo. La explotación de carbón se inició en 1976 por Carbones de Colombia, Carbocol, e Intercor , empresa subsidiaria de la Exxon de Estados Unidos, mediante un contrato a 30 años, prorrogado a 25 años en 1999 y extendido posteriormente a 90 años en virtud del código minero . Este proyecto de ley y texto final fue elaborado, asesorado y reglamentado por abogadas(os) al servicio de las empresas privadas multinacionales .

Actualmente la explotación de carbón se adelanta por parte de la compañía Carbones El Cerrejón, perteneciente por partes iguales a las multinacionales BHP Billiton (Inglaterra-Australia), Glencore A.G. (Suiza) y AngloAmerican (Inglesa con sede en Sur África). La explotación ha ocasionado graves impactos sociales, ambientales y múltiples violaciones a los derechos humanos que ponen en peligro la existencia de las comunidades indígenas y afrocolombianas

UNA HISTORIA OFICIAL COMUN PARA LOS PUEBLOS AFRODESCENDIENTES E INDIGENAS.

El 9 de agosto de 2001, El Tabaco, corregimiento del Municipio de Hato Nuevo fue el inicio en la segunda mitad del siglos pasado para que 350 familias, cerca de 1200 personas que habitaron allí ancestralmente el territorio fueran desalojadas violentamente. El desarraigo se produjo por las intervención de miembros de la Policía y del Ejército Nacional en complicidad con las autoridades civiles del orden local, regional y nacional. A la acción represiva le antecedieron cortes de energía eléctrica y de agua; cierre de centros educativos -escuela, un colegio-, puesto de salud, la oficina de telecomunicaciones Telecom. El intento de destrucción del cementerio y de algunas casas (ranchos), la prohibición de transitar en el territorio, el desvío del agua del río Ranchería para beneficio de la multinacional Interior, el decomisó ese día, de todos los bienes muebles, enseres, electrodomésticos, ganado vacuno.

Todo dejo de ser habitado por los afrodescendientes del Tabaco. La iglesia, la inspección de policía, la escuela rural, el puesto de salud, el cementerio, el parque infantil, la caseta de bomba de agua, la cancha de fútbol, dos tanques de almacenamiento agua, el sistema de energía eléctrica, la plaza, las calles y vías de acceso, la arborización fueron vendidos por el alcalde a la multinacional. La máxima autoridad local recibió de la empresa parte del dinero al tesorero municipal, pago que nunca apareció. Pasado el tiempo, el exalcalde está vinculado a la multinacional y las familias del Tabaco desplazadas, a pesar de haber ganado un fallo de tutela que obliga al municipio a reubicarlas.

Pero el tiempo no da espera, la tragedia de la expropiación ha llenado de tristeza el alma,
varios de los habitantes de El Tabaco han muerto por depresión, por tristeza, y otros, los menos afortunados han sido asesinadas con balas en cercanía de la mina.

Pero, de la suerte de Tabaco no parecen escapar aproximadamente 1.200 personas afrocolombianas, que habitan en los corregimientos de Remedios Municipio de Albania y Chancleta, Patilla y Roche, municipio de Barrancas. Es claro el infortunio, quiénes allí habitan están justo en el lugar del área de ampliación de la explotación minera, la ganancia no perdona.
La compañía Carbones El Cerrejón presiona a la comunidad para que venda o abandonen su territorio. Presiones van y vienen. Impedimento al libre tránsito con el cercado del camino con alambres de púa y obstáculos de tierra y zanjas; agresiones y retenciones por vigilantes privados; detenciones arbitrarias realizadas por miembros del Ejército, la Policía Nacional y El Departamento Administrativo, DAS, y persecución a sus familias, como ha ocurrido con la familia de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCÉS.

El 18 de abril de 2004, miembros de grupos paramilitares con apoyo y complicidad del Ejército Nacional incursionaron en Bahía Portete, territorio Wayúu ubicado en la Alta Guajira. Allí asesinaron a 12 personas y desaparecieron a 6 más, en su mayoría mujeres, niños y niñas. Sus cuerpos fueron descuartizados y quemados ocasionó el desplazamiento de toda la comunidad.
Todo parece indicar que detrás de este crimen atroz se encuentran los intereses económicos de las multinacionales por apropiarse del territorio Wayúu. Igual que a los afros se han utilizado diferentes medios de presión para obligarlos a salir. Existe un propósito lograr la ampliación de la obras de infraestructura para la exportación del carbón que sale por Puerto Bolívar no importa el color de la piel.

Hoy se conoce la existencia de contratos firmados entre las multinacionales mineras con el Ejército y la Policía Nacional para que les brinden seguridad. Seguridad por supuesto asociada a las relaciones de cooperación, tolerancia y connivencia entre la Fuerza Pública y los grupos paramilitares. Estrategia como operaron en la masacre de Portete, como lo expresan con testimonios de familiares de las víctimas, según los cuales, miembros del Ejército detuvieron a las personas y las entregaron a los paramilitares quienes las asesinaron y /o desaparecieron. O también el asesinato de DILIA EPINAYÚ, indígena Wayúu testigo presencial de los hechos y declarante ante la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, asesinada el pasado miércoles 13 de Julio de 2005 por paramilitares en Bahía Portete, a pesar de la existencia en ese lugar de una base del batallón Matamoros adscrita a la X Brigada del Ejército Nacional. O las recientes amenazas de muerte e intimidaciones a lideres de las comunidades Wayúu, como a CARMEN RAMIREZ

LA ENFERMIZA PERSECUCION A LA FAMILIA PALMEZANO

En 1992 las comunidades de Patilla y Chancleta se unificaron y lograron entre otras reivindicaciones sociales, la aprobación de la construcción del acueducto comunal. El alcalde de Barrancas de ese entonces, JOSE DOMINGO SOLANO argumento que no iba a ejecutar un gasto innecesario, según está en la memoria popular, las comunidades tenían que desalojar el territorio por ser zona minera.

En 1.996, el 12 de Diciembre a las 12:30 de la noche, un grupo de hombres armados vestidos con uniforme de la Policía Nacional, portando pasamontañas hizo presencia en la locación de la empresa Gas GEOMET y le preguntaron al celador, ADAULFO AURELIO si él era TOMAS. Al responderles que ese era el nombre de su hermano, los uniformados lo sacaron por la fuerza y lo obligaron a llevarlos a la residencia de TOMAS.

A esas horas, TOMAS PALMEZANO ARREGOCES fue sacado violentamente de su casa por los uniformados, quiénes lo introdujeron en un carro, le ataron las manos y le taparon la boca y sus ojos con cinta. En el vehículo en marcha lo golpearon fuertemente. “Hable todo lo que le sucedió al gringo” ,refiriéndose al secuestro de PESCATORE, que había sido perpetrado pocos días antes.
Entre tanta golpiza TOMAS expresó: “si me van a matar, háganlo, pero no me torturen más, a ustedes no les duele más lo que le pasó a ese gringo que a mi, ya que era mi amigo y fue como si se hubieran llevado a mi, yo no se quien lo secuestró, entonces puede matarme pero no sigan torturándome…”. Luego lo bajaron del vehículo en la vereda Papayal, municipio de Barrancas. Desde allí caminó aproximadamente 20 kilómetros hasta llegar a su casa. TOMAS reconoció a uno de los torturadores como miembro del Grupo Antiextorsión y Antisecuestro, GAULA de la Policía de Riohacha.

Año y medio después, en julio de 1998 el señor YESID TOVAR, funcionario de la empresa Gas GEOMET, empresa en la que trabajaban los hermanos TOMAS y ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES les dijo que debían firmar un contrato escrito, así lo hicieron y 15 días antes de su culminación les informó que éste se daba por terminado. Ante esta situación TOMÁS y ADAULFO expresaron que esa decisión era ilegal y que demandarían a la empresa, obteniendo como respuesta del citado señor TOVAR “…si falla la demanda a favor de ustedes, entonces van a la cárcel porque van a la cárcel…”. La demanda interpuesta fallo a favor de los hermanos PALMEZANO ARREGOCES.

Desde ese momento, pareciera que la amenaza era una premonición

Pasado el tiempo, el 7 de agosto de 2004 a las 10:20 de la noche fue allanada sin orden judicial la vivienda de TOMAS ALFONSO ARREGOCES –sobrino de ADAULFO- por 20 hombres del Ejército Nacional de CONTRAGUERRILLA GRUPO 2 MECANIZADO RONDON DE BUENAVISTA y 12 miembros del D.A.S. Los funcionarios, algunos de los cuales cubrían sus rostros con capuchas, registraron la casa, patearon la puertas, dañaron las cercas que dividen una casa de otra, rompieron los candados de las casas, despertaron a los niños que dormían para alzar todos los colchones, golpearon al perro de la casa e intentaron matarlo porque ladraba. Los soldados preguntaron insistentemente a los niños por su tío TOMAS PALMEZANO. Algunos funcionarios que hablaban en tono bajo se identificaron como miembros del DAS y del Ejército Nacional pretendieron sacarlo por la fuerza, le alumbraron con una linterna en la cara y le apuntaron con una arma de largo alcance y luego le dijeron que se alistara que se iba con ellos. Posteriormente, le requisaron y le quitaron la cartera donde portaba sus documentos de identidad, la cédula fue revisada por uno de los uniformados que expresó “tiene el mismo nombre, pero no es…”.

Desde ese día, los hijos de TOMAS PALMEZANO ARREGOCES, especialmente RONAL EMILIO PALMEZANO, quien padece de trastornos mentales, permanentemente ha sido acosados por miembros del Ejercito Nacional.

Un mes después, el 15 de septiembre de 2004 a las 12:50 del día, fue allanada sin orden judicial, por miembros del Departamento Administrativo de Seguridad –DAS- de Fonseca, departamento de la Guajira, un detective apodado PELAEZ, la finca de propiedad de MARCOS AURELIO ARREGOCES DIAZ, en un paraje conocido como La Ceiba, jurisdicción del municipio de Barrancas. Los funcionarios obligaron a MARCOS AURELIO y a su hijo EDER AURELIO ARREGOCES a sentarse durante 30 minutos sobre una piedra caliente.

Ese mismo años, el 18 de diciembre de 2004, a las 6:40 de la mañana, en la vereda Patilla jurisdicción del municipio de Barrancas, fue allanada sin orden judicial la finca perteneciente a los hermanos DUARTE PALMEZANO por un grupo de 30 hombres uniformados y armados, que portaban suéteres y chalecos que impedía observar los apellidos. Los armados se identificaron como miembros de la SIJIN de la Policía Nacional de Riohacha y del municipio de Hatonuevo, ordenaron a LEONARDO PALMEZANO ARREGOCES, hermano de ADAULFO arrojarse al piso, le ataron las manos hacia atrás, sujetándolas a uno de sus pies. Mientras tanto, le decían “guerrillero hijueputa… donde tiene el campamento guerrillero… como se llama su comandante…”. Posteriormente, , le preguntaban por el paradero de su hermano TOMAS, diciendo: “las autoridades ya saben que ese hijueputa se encuentra en un campamento de guerrilleros y no en una finca… hijueputas guerrilleros tienen que hablar, si ustedes saben que están pedidos en extradición por los Estados Unidos…”, le pusieron un fusil en la espalda mientras decían “…aquí le disparamos a este hijueputa, diga sino aguanta para dispararle…” y lo filmaron con una cámara de video, mientras el funcionario que fungió como comandante del grupo, expresó a LEONARDO vamos a sacarlo de la finca “para hacer parecer que su muerte fue un accidente”.

A LEONARDO lo llevaron a unos 30 metros de la casa, donde le preguntaron continuamente sobre el paradero de su hermano TOMAS, mientras le hacían disparos cerca de la cabeza, contaban hasta tres diciendo: “le voy a dar una nueva oportunidad o sino la aprovecha lo mato…” (…), “…este malparido delincuente no va a hablar… traigan la escopeta…”.

El supuesto comandante con su bota militar pisoteó fuertemente la cabeza de LEONARDO contra el piso, causándole un hematoma detrás de la oreja. Posteriormente, lo obligaron a pararse con un solo pie ya que el otro lo tenia amarrado con las manos, mientras los uniformados se burlaban de él. LEONARDO les expresó que no podía hacerlo, entonces le respondieron: “… ya se te olvido lo que le enseñaron en la guerrilla…”. Poco tiempo después procedieron a desatarlo del pie que tenia amarrado, permaneciendo sujetado de las manos, obligándolo a caminar delante de ellos pero con la cuerda que ataron de sus manos lo halaban hacia atrás.

Cuando lo llevaron nuevamente a la casa, uno de los uniformados le dijo que lo llevarían donde un agente de apellido PEREA afirmando “ese tiene un pene grande y lo irá a violar.” ; LEONARDO observó en ese momento que habían puesto unas armas que jamás había visto. Después, los miembros de la Policía Nacional se dedicaron a saquear la vivienda, hurtaron las herramientas, se apropiaron de una mochila que contenía un teléfono celular, la cédula de ciudadanía de su hermano TOMAS y una carta que ADAULFO había enviado desde la cárcel a la familia. Igualmente se llevaron comida sin preparar y 250.000 pesos (U.S $ 108 ).

En el recorrido un uniformado soltó la cuerda y le ordenó que corriera, expresándole: “corre, vuélate para matarte…” Posteriormente lo condujeron hacia el lugar donde se encontraban varios vehículos, durante el recorrido los uniformado les dijeron “… usted es un delincuente y un guerrillero, entonces cómo explica lo de estas armas…”. LEONARDO les expresó: en la casa no había armas y que la escopeta era utilizada para cazar. Adelante del camino observó que habían tres carros, uno era un turbo sin placas, otro era una Toyota de color azul y el último un automóvil gris.

A LEONARDO lo subieron el la camioneta tipo Turbo y lo amarraron de la carrocería Cuando se disponían a encender el vehículo arribaron al lugar tres familiares: WILMAR y LUÍS PALMEZANO hermanos de LEONARDO Y ADAULFO, y un primo TOMAS ALFONSO, quienes al percibir el tratamiento que estaba recibiendo LEONARDO reclamaron a los uniformados. En respuesta, los subieron a todos a la camioneta a los tres, argumentando que estaban detenidos, al primo lo subieron por tener el mismo nombre de su hermano TOMAS ALFONSO ARREGOCES; A LUIS lo soltaron en la vereda Patilla, vía Sierra Azul; a WILMAR lo dejaron donde inicia el casco urbano de Hato Nuevo. Los demás fueron conducidos a la Estación de Policía del Municipio de Hato Nuevo.

Cuando llegaron las 10:00 a.m. los cambiaron de vehículo, siendo subidos en la camioneta Toyota Azul y conducidos al interior de las instalaciones del cuartel de policía de Riohacha, los sacaron al patio para que unos supuestos guerrilleros que estaban detenidos en un calabazo los observaran y dijeran si ellos eran miembros de la guerrilla.

Ese mismo día, fueron llevados a las oficinas de la SIJIN de Riohacha donde fueron fotografiados y reseñados. Aproximadamente a las 8:00 p.m. fueron conducidos a otra oficina, donde se encontraba el jefe de esta división policial, quien les preguntó por TOMAS PALMEZANO. “¿…donde está ese guerrillero?… yo se que ustedes pertenecen a un grupo de delincuentes, ustedes roban, atracan, secuestran, matan y son guerrilleros…” Los detenidos le manifestaban que ellos no eran guerrilleros, y que por favor dejara de estar adjudicándoles hechos que no han realizado. Entonces el comandante señalando a LEONARDO diciendo: “usted es miembro de las FARC, no lo niegue, no se ponga a hablar mierda por que ustedes son guerrilleros, se la pasan quemando carros, yo mismo me voy a encargar de sacarlos de donde ustedes viven y hacerle la vida imposible por allá le caigo y me voy a encargar de que el mundo sepa la clase de persona que son ustedes…”

El 19 de diciembre de 2004 varios miembros de la familia PALMEZANO se dirigieron a la estación de Policía de Riohacha para indagar sobre el paradero de sus familiares pero los guardias de turno los negaron. Solo hasta las 11:00 a.m. se enteraron que estaban allí retenidos ilegalmente porque dejaron en libertad a TOMAS ALFONSO ARREGOCES. Más tarde se le acercó el Comandante de la Policía de Riohacha a LEONARDO y le expresó: “… a quien tienen ustedes en Bogotá, quienes les ayudan en Bogotá… queremos saber quien está encargado de las vueltas allá… que oficinas de derechos humanos les ayudan porque me están llamando a decir que ustedes son campesinos de bien, y yo les respondí que yo no sabía que ni siquiera sabia por que estaban presos…”

El mismo 19 de diciembre a LEONARDO PALMEZANO ARREGOCES lo condujeron ante una Fiscalía del municipio de San Juan, la Fiscalía Seccional de Riohacha se negó a recibir el caso, después lo condujeron a un calabozo de la Policía Nacional de este municipio donde el Comandante de la estación con frecuencia le decía “este es de los PALMEZANO, ustedes son descuartizadores, estos son los que mataron al gringo y lo llenaron de algodón…”.

El 21 de diciembre le recepcionaron la indagatoria y el 24 a las 4:00 p.m. se ordenó su libertad por considerar que no había pruebas para proferir medida de aseguramiento. Antes de dejarle en libertad, un miembro la Policía Nacional lo obligó a firmar un papel donde manifestara que había recibido buen trato. LEONARDO inicialmente se negó a firmarlo pero el Comandante de la Policía le dijo “sino firma, nosotros mismos nos encargamos de hundirlo”, ante la presión sicológica LEONARDO se vio obligado a firmar un documento que no le dejaron leer en su totalidad.

Este año, el 6 de mayo, a las 4:30 horas, en el corregimiento Roche perteneciente al municipio de Barrancas, fue allanada sin orden judicial la vivienda de señora EULALIA DÍAZ de 61 años de edad, tía de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES quien padece de limitación visual. En la vivienda se encontraban además dos niñas de 13 y 15 años de edad.

El grupo de 35 hombres aproximadamente que estaba conformado por uniformados y civiles armados que se identificaron como miembros del DAS, Ejército y Fiscalía, entre el grupo estaban dos hombres que cubrieron su rostro con pasamontañas.

Simultáneamente en la vereda de Chancleta fue allanada la casa de MARITZA CARRILLO esposa de TOMAS RAFAEL PALMEZANO. Hombres armados de civil y uniformados que se identificaron del DAS y Ejército Nacional irrumpieron violentamente a la vivienda, maltrataron sicológicamente a los moradores, entre los cuales se encontraban cuatro menores de edad, hijos de TOMAS. Preguntaron por los nombres de todos los hijos, a una de las jóvenes le preguntaron que dijera el sitio donde guardan marihuana.
Veinte días después, el 26 de Mayo, un primo hermano de ADAULFO de 21 años de edad de SERGIO ENRIQUE ARREGOCES, quien reside en el corregimiento de Roche, mientras transitaba por la carretera principal, fue abordado por integrantes del Ejército Nacional adscritos al Batallón Mecanizado Rondón que permanece dentro de La Mina. A SERGIO le preguntaron por el paradero de TOMAS PALMEZANO ARREGOCES, el joven les respondió que no sabia donde se encontraba, a lo cual le manifestaron “ya son 25 millones de dólares los que están dando por él… y sepa que su familiar que está preso en Bogotá – refiriéndose a ADAULFO- no sale nunca de la cárcel y en cualquier momento se lo llevan en extradición…”
Hace dos meses, el 1 de junio a las 5:30 de la tarde cuando LEONARDO PALMEZANO ARREGOCES y su señora madre JUANA BERNARDA ARREGOCES DIAZ descendían del bus de “La mina” proveniente del casco urbano de Barrancas, fueron las únicas personas detenidas por soldados del Grupo de Caballería No. 2 Mecanizado Rondón de Buenavista –encargados de la protección de la empresa – , los uniformados los requirieron para que les explicaran su procedencia, su destino y que actividades realizaban, posteriormente fueron puesto en libertad.

EL INJUSTO PROCESO CONTRA ADAULFO

HERNANDO ENRIQUE QUINTERO, el 10 de diciembre de 1996 él mismo día que un grupo de guerrilleros de las FARC se llevaron secuestrado al ciudadano estadounidense FRANKS TOMHAS PESCATORE de Pozo Patilla denunció el hecho ante las autoridades locales. Ese mismo día, ante la Unidad Investigativa de Policía Judicial de la Guajira, TOMAS PALMEZANO ARREGOCES hermano de ADAULFO PALMEZANO hizo lo propio, puso en conocimiento de las autoridades el secuestro de FRANKS TOMHAS, expresando que al lugar conocido como Pozo Patilla, llegaron cinco sujetos desconocidos, que manifestaron ser del 39 Frente de las FARC, armados con pistolas, quienes encañonaron a quienes allí se encontraban y se llevaron a FRANKS PESCATORE transportándolo en una camioneta cuatro puertas, que luego dejaron abandonada.

Doce años después, la acusación contra ADAULFO apareció por primera vez en el proceso en el Informe 009/1735 de marzo 8 de 2004.Dicho señalamiento vago, fue reforzado por el DAS, con la declaración de la señora DIOSELA MARIA SARMIENTO MEDINA, quien en su versión, del 1 de abril expresó sobre los hermanos PALMEZANO ARREGOCES:

“…me enteré que se lo habían secuestrado fue por mi hermano LUIS ENRIQUE… ahí me fui enterando que al gringo lo habían entregado los dos que trabajaban en el pozo de gas donde el gringo trabajaba, que son hermanos, ellos los dos tipo eran como socios, que son TOMAS PALMEZANO y ADAULFO PALMEZANO, eran como socios del gringo; el pedazo de tierra lo tenían arrendado y por eso estaban como socios; ellos fueron los que entregaron al gringo…” (Fl. 109)

Esta aseveración sin coherencia alguna se convirtió en la única “prueba” o prueba madre (para usar el término de la segunda instancia) para vincular a los hermanos PALMEZANO.

En Abril 2 de 2004, tan sólo un día después de la declaración de DIOSELA SARMIENTO y del informe del DAS, que sin sustento probatorio expresa que se tienen identificados a los presuntos responsables de la planeación del secuestro de ciudadano estadinense. En medio de una extraña celeridad no propia del ente Fiscal Colombiano, el instructor JORGE A. SIERRA VERGARA ordenó vincular mediante indagatoria a los hermanos PALMEZANO ARREGOCES y libró órdenes de captura en su contra, basándose única y exclusivamente en los dichos de la testigo de cargo.

Al día siguiente, el 3 de abril de 2004, en el corregimiento de Chancleta, municipio de Barrancas, fue capturado ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES por miembros del DAS. Tres días después, el 6 de abril se llevó a cabo la indagatoria de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES en la ciudad de Bogotá, quien fue asistido inicialmente por un abogado de oficio, y en forma posterior por una abogada de la Defensoría Pública. El interrogatorio de la Fiscalía estuvo relacionado con las aseveraciones que formuló “la testigo de oídas” DIOSELA SARMIENTO MEDINA. Al inicio de la diligencia de indagatoria estuvieron presentes dos funcionarios de la Embajada de los Estados Unidos proponiéndole a ADAULFO que aceptara ser el autor del secuestro del ciudadano estadounidense por medio de la figura procesal denominada “sentencia anticipada”.

El 7 de abril de 2004 la Fiscalía definió la situación jurídica de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES profiriendo medida de aseguramiento por el delito de secuestro extorsivo agravado en calidad de cómplice.

En el proceso se hizo evidente la manipulación de testigos, en particular en el caso del supuesto testigo OSVALDO RAFAEL PEREZ CORREA, respecto del cual se dice en informe 152 de septiembre 17 de 2004 del DAS, que:

“… es así que el día de hoy, se presentó voluntariamente a las instalaciones del Puesto de Seguridad Rural DAS Fonseca, el ciudadano OSVALDO RAFAEL PEREZ CORREA… manifestando que quería colaborar con las autoridades respecto al secuestro del ciudadano extranjero FRANK TOMAS PESCATORE, el cual se pudo establecer que se trataba de la persona que se necesitaba para tomarle declaración juramentada, por tal motivo se procedió a realizar la diligencia pertinente”. (Fl. 32)

Al referido informe anexan acta de la declaración tomada a PEREZ CORREA, allí se observó:

“…entonces se escuchaban los comentarios de todo el pueblo que las personas que habían entregado al gringo eran los hermanos PALMESANOS, entre las cuales se encontraban TOMAS, WILMAN Y YUMAN, ellos eran los celadores que mandaban en la zona y una hermana que trabajaba como aseadora, ese secuestro lo planearon en la casa de MARTHA y ahí llegaba CHANDE, LA MUJER DE CHANDE, EVARISTO, DOLI, MARTHA, TOMAS, WILMAN, YUMAN, EL CASI, JUANCHO, JUANCHO que le dicen EL TIGRE, también ahí planearon el secuestro de otro empleado de la Mina de nombre YESID TOVAR de la misma empresa… yo obtuve esta información por que el día que se llevaron al Extranjero la gente del pueblo lo decía y ellos se secuestro de otro empleado de la Mina de nombre YESID TOVAR de la misma empresa…” (Fl. 34)

La anterior acta está firmada mediante una letra parecida a una M sobrepuesta en el nombre de OSVALDO RAFAEL PEREZ CORREA C.C. No. 12.593.701 de Plato Magdalena. Al lado derecho aparece una huella digital, que dice por el DAS, firmó JOSE ORLANDO AGUILAR MARTHEY detective con carné 0333.

Sin embargo, el 9 de noviembre de 2004, la defensa allegó al proceso una declaración juramentada de OSVALDO RAFAEL PEREZ CORREA, quien declaró ante el Personero Municipal de Barrancas –Guajira- la falsedad de su firma y de su comunicación.

“… El día 20 de octubre aproximadamente a las 11:00 a..m. se me acercaron unos vecinos de la comunidad donde vivo y me manifestaron que yo el 6 de septiembre de 2004, había colocado unas denuncias ante el departamento Administrativo de Seguridad DAS, en contra del señor ADAULFO AURELIO PALMESANO, y narraba unos hechos donde involucraba a varios habitantes…hecho este que me sorprendió y me llenó de inconformidad porque en ningún momento he tomado la decisión de denunciar a nadie… jamás he llamado al DAS a formular ninguna clase de denuncia en contra de las personas que enuncia en ella,… he querido venir a este despacho de manera libre y espontánea sin ninguna presión como usted lo puede notar solo me lleva la inconformidad de haber cogido mi nombre y hacerme partícipe de los hechos que hoy investigan al señor Adaulfo Palmesano…”

En el transcurso del proceso, la abogada defensora de ADAULFO PALMEZANO fue víctima de constantes ataques y agresiones por parte del Fiscal Instructor, quien de manera reiterada asumió un comportamiento con el que a todas luces procuraba atacar su labor defensiva. Entre ellos, podemos señalar como un ejemplo, la aclaración que realiza el Fiscal en oficio comisorio del 24 de septiembre de 2004

“… se concederá el uso de la palabra al abogado defensor, quien interrogará al declarante, debiendo el comisionado velar por que el interrogatorio de la defensa se enmarque únicamente en los hechos materia de investigación, y que las preguntas no sean capciosas, sugestivas o que lleven implícita la respuesta que quiere escuchar la defensa…”

Otro ataque injustificado contra la profesional que asumió la defensa de ADAULFO se encuentra en la respuesta suministrada por el instructor a la acción de tutela incoada por el procesado; memorial en el que expresa:

“… Respetabilísimos señores Magistrados, resulta realmente deplorable y no menos censurable, que una profesional del Derecho, quien de contera dice fungir como profesora en una reconocida Universidad de la capital de la República, en la que irónica y tristemente, según parece, imparte clases de Derecho Penal, recurre de manera abiertamente temeraria y superiormente irresponsable, al mecanismo de acción de tutela, aún cuando escudándose en su patrocinado, para intentar torticeramente sustraer de su escenario natural, una controversia jurídica, en la que contrariamente a lo afirmado a través del sartal de falacias e imputaciones injuriosas consignadas en su farragoso e indigesto memorial; jamás han tenido ocurrencia ninguna de las situaciones allí señaladas…”

Igualmente se evidenció la actitud reiterada de negarse a la práctica de pruebas solicitadas por la defensa, con base en argumentos poco sólidos, pese a su importancia vital.

Actualmente el proceso se encuentra en etapa pública de juzgamiento, correspondiendo al único Juzgado Especializado de Riohacha con el radicado 2005-00042-00.

COLOFON

La actuación de la Unidad Antisecuestro y Extorsión de la Fiscalía General de la Nación ha vulnerado todas las garantías procesales reconocidas. Las actuaciones judiciales se basaron sobre un “solo testimonio”, aportado por el DAS, rendido por un testigo de oídas, de dudosa credibilidad, observándose en la falsedad de sus aseveraciones que fue inducido por organismos de seguridad del Estado. Este coincide con una serie de persecuciones contra la familia PALMEZANO, abusos de autoridad, señalamientos, tratos crueles e inhumanos. No existen justificaciones racionales, humanas ni en derecho. Parece que la persecución y el falso proceso judicial son parte de un mismo libreto que pretende asegurar el Territorio de los afrodescendientes para empresas privadas internacionales. La persecución y la judicialización se unen como técnica de actuación contra los afrodescendientes.

No ha existido un debido proceso. Se ha producido una negación sistemática a practicar pruebas fundamentales para la defensa de ADAULFO PALMEZANO. El análisis siquiátrico a la testigo de cargo, cuya salud mental fue puesta en duda, incluso por sus propios hermanos, también declarantes en el proceso no ha sido tenido en cuenta. Las reiteradas agresiones contra la abogada defensora de ADAULFO, a quien incluso la Fiscalía compulsó copias, de manera injustificada y arbitraria, al Consejo Seccional de la Judicatura, para que se iniciara contra la profesional, un proceso disciplinario, por supuesta violación a la reserva del sumario y porque en concepto del ente instructor, la apoderada presentó en nombre de ADAULFO una acción de tutela temeraria, exigiendo respeto a su derecho a la defensa.

Igualmente, se ha descalificado infundadamente los testigos solicitados por la defensa, a quienes se les restó credibilidad, dando prevalencia a los dichos de la una única testigo de cargo, quien al parecer responde a las exigencias de la empresa contratista de la multinacional.

No ha existido derecho a la Investigación Integral. La fiscalía que conoce de el caso se ha negado a investigar la totalidad de las afirmaciones que en su indagatoria manifestó ADAULFO sobre el móvil de la testigo de cargo y a practicar las pruebas tendientes a corroborar la veracidad de las manifestaciones de la injurada, optando simplemente por desacreditar sus dichos, calificándolos como artimañas defensivas del procesado.

Por no encaminar la investigación a establecer la veracidad de los dichos de la testigo de cargo, a los que otorga plena credibilidad, otorgándole en la práctica el carácter de prueba irrefutable en contra de ADAULFO.

Por desconocer en unos casos y descalificar en otros, las pruebas aportadas por la defensa, pese a que las mismas desvirtuaban el contenido de las acusaciones que se elevaron contra ADAULFO.

Por no investigar el trasfondo político y económico que enmarca este proceso y que constituye en últimas el móvil de la acusación contra ADAULFO.

No ha existido el respeto a la presunción de Inocencia. Se ha mantenido una posición sesgada en el transcurso de todo el proceso, basada únicamente en el dicho de una sola testigo de cargo, la cual permaneció invariable pese a que las acusaciones fueron ampliamente desvirtuadas por la defensa.

Por asumir, sin fundamento alguno, incluso extralimitando el contenido de las mendaces acusaciones realizadas por la testigo de cargo, la peligrosidad de ADAULFO, extendiendo la misma, incluso a los miembros de su familia, a quienes sin ningún respaldo probatorio, acusa de amenazar a los testigos que han concurrido al proceso.

No ha existido el derecho a la igualdad de las partes. La actitud arbitraria de la Fiscalía, que hizo uso abusivo de sus funciones, manifestado en las distintas decisiones adoptadas por dicho ente investigador, que culmina con una Resolución de Acusación, confirmada en segunda instancia, la cual, pese al mandato legal, no se encuentra basada en un análisis serio y conforme a los principios de la sana crítica, del material probatorio allegado al proceso. Consolidándose claramente un abuso de poder, en el que cualquier estrategia defensiva hubiese resultado (como en efecto ocurrió) inútil.

Negación del Derecho a la Dignidad Humana dentro de los parámetros del Estado social de Derecho se evidencia un atentado contra la dignidad de ADAULFO en las actitudes de desmedido poder de la Fiscalía y los organismos de Seguridad del Estado, que se han abrogado el derecho de privar de la libertad a un ser humano basados en declaraciones arregladas de una testigo mentirosa, destruyendo su familia, sometiéndolo a él a los rigores de la cárcel y reduciendo al mínimo su calidad de vida, propiciando el señalamiento público contra él y su familia poniendo con ello en riesgo sus vidas, impidiendo el ejercicio de sus garantías procesales, desproveyéndolo, entre otras de su capacidad de autodeterminarse.

El desconocimiento de las garantías procesales de ADAULFO, por su inaplicación, que parafraseando a la Corte Constitucional, es propio de una administración burocratizada, insensible a las necesidades de los ciudadanos que cosifica el individuo y traiciona los valores fundamentales del Estado.

Aún hoy no se sabe por qué en la primera parte de la indagatoria de ADAULFO participaron miembros de la embajada de Estados Unidos “sugiriéndole” que se acogiera a sentencia anticipada, es decir, que aceptara los cargos que la Fiscalía le estaba endilgando, cuando este ciudadano colombiano es inocente y de acuerdo con la ley colombiana, en la diligencia de injurada, solamente están facultados para participar, el acusado, el fiscal, el defensor y el agente del Ministerio Público, considerándose la participación de terceros ajenos al proceso como violación a la reserva del sumario.

Mientras ADAULFO, líder comunitario continúa privado de su libertad, el pueblo por el que lucho se ha ido despoblando y sus pocos habitantes que aún se niegan a salir tienen la certeza que en su pueblo podrá suceder algo similar a la historia de El Tabaco. Muchos tienen la certeza que detrás de tanta persecución los únicos beneficiados son las empresas de gas y de carbón, que ADAULFO y TOMAS no tienen nada que ver con el secuestro del ciudadano de los Estados Unidos, y que sus nombres y la persecución a su familia es parte de un escenario donde se pretende hacer creíble la falsedad y mostrar como

SOLICITUDES

A los grupos de solidaridad, organizaciones sociales, populares y a los ciudadanos y ciudadanas de Colombia, América Latina, Estados Unidos, Europa, Asia, enviar comunicaciones a funcionarios del Estado colombiano,

Expresando su Censura Etica por la Ausencia de GARANTIAS, DEBIDO PROCESO, SANA CRITICA, PRINCIPIO DE IGUALDAD en el caso de ADAULFO

Apelando a la Fiscalía del caso a actuar en conciencia, lo que significa el respeto a las garantías constitucionales y procesales a que tiene derecho el ciudadano, ADAULFO AURELIO PALMEZANO ARREGOCES líder de las comunidades afrocolombianas de la Guajira.

Apelando al Gobierno Nacional a actuar conforme a los principios del Estado de Derecho,
Con garantías para la vida, libertad e integridad de ADAULFO AURELIO PALMEZANO ARREGOCES y a la FAMILIA PALMEZANO ARREGOCES

Expresando que conocen de la necesidad de respeto y protección que evite daños irreparables a la vida, a la integridad física y sicológica de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES y de sus familiares (esposa, hijos(as), madre, hermanos(as), sobrinos(as), por lo que debe cesar de forma inmediata todo acto de persecución, hostigamiento y persecución contra la familia de ADAULFO AURELIO PALMEZANO ARREGOCES.

Como ustedes observaran que no es posible CREER EN LA JUSTICIA, no llamamos a una investigación contra los funcionarios estatales, pero si, los invitamos a

Dejar Constancia Histórica sobre la responsabilidad moral, penal y disciplinaria del Fiscal JORGE A. SIERRA VERGARA, instructor del proceso contra ADAULFO y ante la Vice Presidencia de la República y el Ministro del Interior por las actuaciones de los miembros de la Policía Nacional, Ejército Nacional y Departamento Administrativo DAS involucrados en los hechos de amenazas, detenciones, allanamientos y hostigamientos contra la familia de ADAULFO PALMEZANO ARREGOCES.

Favor enviar copia de las comunicaciones a Justicia y Paz, Asociación Ecate. y Sintraminercol.

Dr Francisco Santos

Vicepresidencia de la República

E-mail:fsantos@presidencia.gov.co

Dr. Sabas Prettel De La Vega

Miinistro del Interior y de Justicia;

Dr. Mario Iguarán.

Fiscala General de la Nación

Diagonal 22 B No.52-01

Santa fe de Bogotá.

Fax: (+571) 570 20 00

E-mail: contacto@fiscalia.gov.co; denuncie@fiscalia.gov.co

Fiscalía General de la Nación

Asuntos Internacionales de la Fiscalía

Dra. Yolanda Sarmiento

Diagonal 22 B No.52-01

Santa fe de Bogotá.

Fax: (+571) 570 20 00 Ext. 2560/2562/2563

Dr. LEONELO SIERRA GUTIÉRREZ

Juez Penal del Especializado de Riohacha

Radicado: Causa 2005 – 0042 – 00

Palacio de Justicia de Riohacha – Avenida los Estudiantes.

Fax No. 575 – 7273994

Dr. Edgardo José Maya Villazón.

Procurador General de la Nación

Carrera 5 No. 15-80 Santa Fe de Bogotá. Fax: (+57 1)342.97.23

Email: reygon@procuraduria.gov.co anticorrupcion@presidencia.gov.co

Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz.

Defensor Nacional del Pueblo

Calle 55 No. 10-32 Bogotá. Fax: (+571) 640 04 91

E-mail:secretaria_privada@hotmail.com

Asociación para el desarrollo social integral -ECATE-

Calle 32 No. 13-07 Bogotá. Telefax (57-1) 5612829

AA No. 7796 Bogotá, Colombia. Email: asociacion_ecate@yahoo.com

Sintraminercol

Calle 32 No. 13-07 Bogotá, Colombia. Teléfono: (57-1) 2456581 Telefax: (57-1) 5612829

email: sintrami@telecom.com.co

Bogotá, Julio 29 de 2005

Asociación para el Desarrollo Integral -ECATE-

SINTRAMINERCOL

COMISION INTERECLESIAL DE JUSTICIA Y PAZ