La Registraduría y el Registrador: gigantesca contratación ¿garantía de transparencia de los procesos electorales?

Armando Novoa García

Ex – presidente Comisión Especial Legislativa

Ex – magistrado Consejo Nacional Electoral

Docente Universidad Nacional

 

El año electoral inicia con noticias que involucran a la organización electoral: las dificultades en la inscripción de cédulas de ciudadanía para las jornadas electorales del próximo 13 de marzo y la contratación de apoyos técnicos e informáticos para garantizar su buen desempeño en los próximos comicios.

 

En el segundo semestre del 2021, la Registraduría celebró 3 grandes contratos para las elecciones los años 2021-2022: 1) contrato 071 del 14 de septiembre de 2021, 2) contrato Nº 015 del 29 de diciembre de 2021 y 3) contrato Nº 088 del 16 de noviembre de 2021. El propósito de esta contratación es mejorar el desempeño de la organización electoral y garantizar el ejercicio del sufragio en condiciones de plenas garantías.

 

Examinemos estos contratos:

  1. La entrega a particulares del proceso electoral

El contrato 071 se firmó con la Unión Temporal-Disproel 2021 – único proponente – de la cual hacen parte 11 sociedades, entre ellas, Thomas Greg & Sons Limited S.A,  matriz del conglomerado escogido[1].

Su objeto comprende, salvo el escrutinio nacional, las etapas preelectoral, electoral y poselectoral, y es muy similar al que celebró la Registraduría con este grupo en 2013, 2015, 2017 y 2019. Con estos antecedentes era imposible que otros proponentes cumplieran con el requisito exigido en la convocatoria, de haber participado en 4 procesos electorales anteriores. El contrato asciende a $1.24 billones de pesos.

La UT debe entregar 10 software, entre ellos: i) inscripción de cédulas, ii) revisión firmas de grupos significativos de ciudadanos, iii) inscripción de candidatos, iv) selección jurados de votación, v) testigos electorales, vi) autenticación biométrica en puestos y mesas de votación, vii) sistemas informáticos para los datos del “preconteo”, x) escrutinios de orden auxiliar, municipal, distrital y general, xi) publicación en la web de las actas E-14 de claveros. Además, se encarga de elaborar y distribución del kit electoral (formularios sobre listados de votantes, tarjetas electorales).

Se delega entonces la organización, administración y operación de los procesos electorales de 2021 y 2022 (consejos de juventud, Congreso, fórmula presidencial) a esta UT, y lo justifica en la necesidad de garantizar la integridad de la democracia electoral.

  1. Contrato Nº 015 sobre software escrutinios

 

El segundo contrato tiene origen en una decisión del Consejo de Estado de febrero de 2018, por una reclamación del movimiento MIRA por los resultados electorales del Senado en el período 2014-2018[2].

 

Se encontraron varias irregularidades en el proceso de escrutinios: se produjo un sabotaje a los sistemas de información, transmisión y consolidación de resultados electorales; el software permitió la manipulación fraudulenta y encontró más de 3.600 registros irregulares que beneficiaron a tres senadores de los partidos Liberal, Opción Ciudadana y Centro Democrático. Como consecuencia, anuló su elección y ordenó la entrega de las credenciales a 3 candidatos del MIRA.

 

En consecuencia, se exhortó a la organización electoral a adquirir “un software para escrutinios desde y para el Estado, de su propiedad”, que permita la trazabilidad de los escrutinios en todas sus etapas, con personal idóneo y el soporte técnico requerido.

 

Luego de esa decisión se produjeron dos nuevos pronunciamientos: uno que resolvió 12 demandas por los resultados electorales para el Senado, período 2018-2022; otro, que examinó una reclamación por el escrutinio para la Cámara de Representantes por el Valle del Cauca.

 

En ambos casos se alegó un sabotaje contra los sistemas de escrutinios y fraude en la identificación biométrica[3]. En ambos casos se exhortó a la organización electoral para adoptar correctivos al sistema informático y fijar unos horarios precisos para los escrutinios.

 

Hasta el momento, el CNE que es la comisión escrutadora de elecciones nacionales, no contaba con los instrumentos tecnológicos para declarar los resultados de los procesos electorales y quedaba a merced de la información de la Registraduría y su contratista.

 

El contrato Nº 015 de 2021 responde a este requerimiento. Su objeto es dotar al CNE de una “solución informática” para la consolidación del escrutinio para el Congreso y la fórmula presidencial. El monto de este contrato asciende a $10.857 millones de pesos.

 

Según el contrato se debe: i) elaborar el software de escrutinios a nivel nacional; ii) hacer los trámites para su registro como  propiedad de la organización electoral; iii) disponer del personal especializado como soporte al la Comisión Nacional Escrutadora, es decir, del CNE; iv) disponer de una plataforma web que incluya el software para la implementación del sistema de seguimiento al escrutinio nacional; v) permitir el descargue de los archivos de mesa a mesa con trazabilidad de los log de auditoria; vi) garantizar el descargue de las actas de los formularios E-14, E-24 y E-26, con trazabilidad en los log de auditoria (grabación secuencial de todos los datos que hacen parte del proceso del escrutinio).

 

La adjudicación se adelantó en una selección abreviada con  proponente único, a la empresa española INDRA COLOMBIA SAS. El contrato se firmó el 29 de diciembre de 2021. El contratista tendrá solo 2 meses (!!!) para elaborar el software, preparar e instalar los equipos, y asegurar su desempeño el 13 de marzo.

 

  1. Contrato de auditoria del software de escrutinios nacionales

 

Finalmente, está el contrato Nº 088 de 2021 que responde a los reclamos planteados en las elecciones de 2018. En ese momento, el candidato Gustavo Petro solicitó una auditoria externa al software de la Registraduría[4].

 

El contrato, adjudicado a JAHV MCGregor S.A.S., debe facilitar una herramienta tecnológica, en manos de los partidos, para el seguimiento y auditaje, en tiempo real, de los datos de los escrutinios que adelante el CNE. Su monto es de $10.480 millones de pesos. Varios lideres de oposición celebraron su concreción de este contrato pues de operar adecuadamente, brindará más garantías a los partidos y candidatos.

 

A pesar de lo opaco de los procedimientos contractuales, la concentración de la contratación en un grupo económico– crítica reiterada desde 2010-, la delegación en particulares del proceso de organización de las elecciones, y su asignación directa, el objeto de los contratos es indispensable para asegurar el buen curso de los procesos electorales.

 

  1. Luces de alarma: inscripción de cédulas e improvisación del Registrador

 

Sin embargo, una mirada a la utilización inicial de algunos aspectos del contrato de la UT Disproel 2021, deja enormes dudas sobre la garantía de integridad de los procesos que se avecinan:

 

  • La elección de los Consejos Municipales de Juventud generó denuncias sobre la improvisación en la programación de la jornada electoral: la noche anterior al 5 de diciembre, la Registraduría expidió la Resolución Nº 15881 de 2021 que habilitó a los jóvenes entre 14 y 17 años para votar en el puesto de votación “más cercano a su lugar de residencia”[5], a pesar que en todo proceso electoral el sufragante debe inscribirse en un determinado lugar para ejercer su derecho al voto.

 

La medida – orientada a contrarrestar la elevada abstención – desquició la planeación de la jornada y abrió las puertas para la suplantación de los electores[6]. La intervención atropellada del Registrador y la falta de claridad en las medidas de último momento que se adoptaron, dejaron en entredicho la solidez de las herramientas contratadas para asegurar la transparencia de esas elecciones.

 

  • El segundo lunar está en la inscripción de cédulas para las consultas presidenciales y las elecciones a Congreso de la República. Mediante la Resolución Nº 2104 de marzo de 2021, el Registrador “reglamentó el procedimiento para la inscripción de cédulas”. La resolución trae una novedad: además de las sedes de la Registraduría y los puestos autorizados, habilita la inscripción mediante aplicativos remotos dispuestos por la esa entidad. La autorización se produce a pesar que el artículo 78 del Código Electoral señala que la inscripción requiere para su validez de “la presencia del ciudadano y la impresión de su huella del dedo índice derecho” y que, de no seguir este procedimiento, la inscripción queda sin efecto.

 

La plataforma para adelantar la inscripción remota- que es uno de los productos que debe entregar  la UT Disproel 2021 con una partida presupuestal de $76.756.170.549 millones de pesos, más el rubro destinado a la biometría – presentó fallas técnicas y produjo “una saturación de sistema” que impidió cargar la información requerida en la plataforma en forma oportuna[7].

 

La Registraduría informó que se inscribieron 2.611.750 cédulas, de las cuales el 62% se realizó por canales virtuales y señaló que la validación biométrica facial de quienes se inscribieron entre el 9 y el 13 de enero se realizará hasta el 29 de enero, previo el recibo de un correo electrónico con las instrucciones necesarias[8]. Varios medios recogieron las innumerables quejas ciudadanas.

 

Esta improvisación plantea algunas preguntas: ¿se garantizó la inscripción de las cédulas de ciudadanos residentes en el exterior, que no tienen posibilidad de desplazarse a los consulados para adelantar el procedimiento?; ¿de qué manera se auditará la validación del cotejo biométrico de las inscripciones por canales digitales?; ¿en qué momento se consolidará el censo electoral para las elecciones de marzo, si la ley establece que esto debe ocurrir a más tardar dos meses antes de la fecha de las elecciones?.

 

La organización electoral cuenta con nuevas herramientas informáticas pero hay aspectos que no deberían ignorarse: la tecnología no lo puede todo, sobre todo en un ambiente altamente clientelizado como es el caso de la Registraduría. Tampoco es claro cómo dialogan y se armonizan estos instrumentos tecnológicos, y a través de qué instancias institucionales.

 

En un contexto como el actual, se requiere que los ciudadanos no solo voten, sino también se organicen como testigos para garantizar que se respete la voluntad popular.

[1] https://diariocriterio.com/registraduria-y-thomas-greg-cuestionadas-por-billonario-contrato-de-elecciones/

 

[2] https://www.consejodeestado.gov.co/documentos/boletines/PDF/11001-03-28-000-2014-00117-00%20(1).pdf

[3] https://www.consejodeestado.gov.co/documentos/boletines/242/11001-03-28-000-2018-00081-00.pdf

[4] https://cnnespanol.cnn.com/2018/05/21/petro-alerta-de-riesgo-de-fraude-en-elecciones-presidenciales-de-colombia/

[5] bit.ly/3y05RLh

[6] https://www.infobae.com/america/colombia/2021/12/05/denuncian-cambio-de-normas-en-el-ultimo-minuto-de-las-elecciones-para-consejos-juveniles/

[7] https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/la-respuesta-de-la-registraduria-por-fallas-en-inscripcion-de-cedulas-643444

[8] https://www.registraduria.gov.co/Mas-de-2-611-000-ciudadanos-inscribieron-su-cedula-para-votar-en-las-elecciones.html