Desconocimiento de la medidas provisionales de la corte interamericana ocupación militar de Zona Humanitaria

Posible Desplazamiento de los Afrodescendientes


I. RESUMEN

Ayer viernes 9 de diciembre, desconociendo totalmente el carácter de las medidas provisionales, resueltas por tercera ocasión el pasado 15 de marzo, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Gobierno Nacional en cabeza del coordinador del programa nacional de Comunidades en Riesgo del Ministerio del Interior, GERMAN SANCHEZ y al parecer la delegada del Ministerio de Relaciones Exteriores, JANETH LOZANO, ingresaron a la Zona Humanitaria de Pueblo Nuevo en un helicóptero militar.

Uno de los funcionarios del gobierno nacional condicionó la realización de una reunión programada para el 12 de diciembre, donde este debe dar respuesta integral a los 13 puntos de las medidas entre ellas el Retorno, sobre la base de que la comunidad recibiera 400 mercados. Los funcionarios usando de mentiras informaron que nuestra Comisión de Justicia y Paz conocía de su repentina visita.

Posteriormente, en una segunda ocasión, unidades militares desembarcaron en la Zona Humanitaria, propiedad privada, sin ningún tipo de orden judicial y montaron en la cancha de fútbol 6 carpas con un significativo número de efectivos militares.

Por la acción cívico militar y la ocupación ilegal de la propiedad privada, personas de los Consejos Comunitarios se desplazaron del lugar humanitario. Y se teme que se produzca un desplazamiento de todas las familias de la Zona Humanitaria de Pueblo Nuevo.

La evidente ocupación ilegal, expresión de un abuso sistemático de autoridad que se viene presentando con la destrucción de las Zonas Humanitarias, como ocurrió hace menos de dos meses por la acción de la Brigada 17, que ingreso a los lugares de “Nueva Esperanza” y “Bella Flor Remancho” destruyendo todos los signos y demarcaciones del espacio humanitarios, coincide con la imposibilidad de que las comunidades afrodescendientes puedan retornar a sus lugares de origen por las acciones paramilitares que se realizan en complicidad con la policía y Brigada 17 y la reciente expresión del Ministro de Agricultura ANDRES FELIPE ARIAS, en las que se indica que 15 mil hectáreas de tierras son propiedad de empresas privadas y que se excluyen del Territorio Colectivo titulado a las comunidades afrodescendientes.

Con esta legalización de la propiedad empresarial en los Territorios Colectivos, se imposibilita el retorno de los afrodescendientes, se legaliza la siembra de palma aceitera y se niega el derecho a los afrodescendientes a la defensa, se pone en riesgo el derecho a la identidad de un pueblo tribal y queda en impunidad la destrucción de la reserva forestal.

El Director de la oficina de la Vice Presidencia de la República CARLOS FRANCO, en la Audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, expresó que el Gobierno Colombiano respetaría la propiedad privada de los afrodescendientes.

La ocupación cívico militar ha sido un evidente abuso de autoridad y la violación de habitación ajena, en el que se desconoce el derecho interno a la propiedad privada, en el que se desconoce de tajo las medidas resueltas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hasta ayer a las 10:00 p.m. los militares permanecían en el lugar, por lo que se prevé que se produzca un desplazamiento forzado de los afrodescendientes.

Ha sido imposible la comunicación directa con el Director de la Oficina de Derechos Humanos y DIH de la Vice Presidencia de la República, CARLOS FRANCO para conocer si esta es la decisión oficial del Gobierno a la Resolución de las Medidas Provisionales; si la ocupación de la propiedad privada es ahora una actuación legal, tanto como, los abusos de autoridad; si hoy el Gobierno desarrolla como política institucional el condicionamiento de diálogos sobre las medidas provisionales a la aceptación de ayuda humanitaria; si la mentira es la herramienta para justificar las acciones de hecho promovidas por el responsable de Coordinación del Programa de Comunidades en Riesgo, proyecto financiado con la cooperación internacional.

Algunos elementos legales o de jurisprudencia internos para interpretar el hecho.

El artículo 416 del C.P, el cual establece:

“Art. 416.- Abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto. El servidor público que fuera de los casos especialmente previstos como conductas punibles, con ocasión de sus funciones o excediéndose en el ejercicio de ellas, cometa acto arbitrario e injusto, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público.”

La Corte Suprema de Justicia, sala penal, en auto del 22 de abril/82 citando al autor Spizuoco, define el acto arbitrario como:

“…la actitud síquica de quien voluntaria y conscientemente sustituye el propio capricho y los propios fines personales a la voluntad de la ley y al interés público”

Igualmente consagra como definición del injusto “lo contrario al derecho”.

El artículo 190 del Código Penal, contempla el delito de Violación de Habitación Ajena por servidor público en los siguientes términos:

“El servidor Público que abusando de sus funciones se introduzca en habitación ajena, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público”
. Sentencia No. C-225/95
La obligatoriedad del derecho internacional humanitario se impone a todas las partes que participen en un conflicto armado, y no sólo a las Fuerzas Armadas de aquellos Estados que hayan ratificado los respectivos tratados. No es pues legítimo que un actor armado irregular, o una fuerza armada estatal, consideren que no tienen que respetar en un conflicto armado las normas mínimas de humanidad, por no haber suscrito estos actores los convenios internacionales respectivos, puesto que la fuerza normativa del derecho internacional humanitario deriva de la universal aceptación de sus contenidos normativos por los pueblos civilizados y de la evidencia de los valores de humanidad que estos instrumentos internacionales recogen. Todos los actores armados, estatales o no estatales, están entonces obligados a respetar estas normas que consagran aquellos principios mínimos de humanidad que no pueden ser derogados ni siquiera en las peores situaciones de conflicto armado

En Colombia no sólo el derecho internacional humanitario es válido en todo tiempo sino que, además, opera una incorporación automática del mismo “al ordenamiento interno nacional, lo cual, por lo demás, es lo congruente con el carácter imperativo que, según ya fue explicado, caracteriza a los principios axiológicos que hacen que este cuerpo normativo integre el ius cogens.

I. SOLICITUDES

Comunicarse vía fax o telefónica con el Vicepresidente de la República FRANCISCO SANTOS fsantos@presidencia.gov.co (57) 315210 0467 (57) 310772 01 30 (57) 3104812772

solicitándole se sirva recibir a delegados de las comunidades y sus acompañantes en su despacho para dar respuesta a las siguientes preguntas:

Los hechos arriba descritos son la respuesta del Alto Gobierno a la Resolución de las Medidas Provisionales a favor de las comunidades afrodescendientes del Jiguamiandó y Curvaradó?

El artículo 190 del Código Penal habla del delito de Violación de Habitación Ajena por servidor público, por qué el Gobierno Nacional a través del Coordinador del Programa de Comunidades en Riesgo ingresa con otros funcionarios de esa manera a una lugar de propiedad privada?

Por qué los militares ocupan en lugar de propiedad privada haciendo un campamento en el lugar de los afrodescendientes?

Por qué los funcionarios del Gobierno Nacional argumentan que el procedimiento realizado cuenta con conocimiento de la Comisión de Justicia y Paz, representante de las comunidades ante la Corte Interamericana, cuando es falsa dicha apreciación? Qué decisiones adoptara el Gobierno Nacional respecto a las actuación de los funcionarios que han mentido resquebrajando los mínimos de confianza de las comunidades y colocando en entredicho a la Comisión de Justicia y Paz?

Entregar copia de los títulos de propiedad individual, de los certificados de tradición y de los registros de propiedad de las 15 hectáreas, que recientemente el Ministro de Agricultura ANDRES ARIAS argumenta son de los empresarios.

Cuáles son los resultados concretos frente a las estructuras paramilitares que se encuentran en medio de la presencia de la Brigada 17 y la Policía de Urabá en Belén de Bajirá, Barranquillita, Riosucio, Pavarandó, Mutatá, el Kilometro 10 y los caserío sembrados con palma en el Curvaradó?

A las organizaciones de Estados Unidos de iglesias y derechos humanos

Solicitar al Gobierno de su país además del condicionamiento de derechos humanos, un control y condicionamiento urgente al apoyo al programa de protección en Comunidades en Riesgo, seriamente cuestionado por este tipó de intervención.

Resultados específicos sobre las operaciones militares y policiales de desmantelamiento de grupos paramilitares, la sanción debida a funcionarios que conviven con esta estrategia militar e investigación con resultados sobre los 1112 Crímenes cometidos contra las comunidades afrodescendientes del Jiguamiandó y Curvaradó

Ver adjunto Hechos en Detalle y líneas de Interpretación

Bogotá, D.C 10 de diciembre de 2005
COMISION INTERECLESIAL DE JUSTICIA Y PAZ

II. HECHOS EN DETALLE

* Jueves 8 de diciembre aproximadamente, a las 5:35 p.m., un helicóptero sobrevoló la Zona Humanitaria “Pueblo Nuevo” durante 5 minutos a muy poca altura de los lugares de habitación de la población afrodescendiente.

* Viernes 9 de diciembre a las 7:10 a.m. aproximadamente, el mismo helicóptero sobrevoló la Zona Humanitaria “Pueblo Nuevo” en 4 oportunidades. Aproximadamente a las 7:30 a.m. aterrizó en la cancha de fútbol de la población civil. Desde el helicóptero, antes de aterrizar, los militares apuntaron a la población civil con armas largas.

Luego de descender, los militares se dispersaron y corrieron hacia las casas de los afrodescendientes. De inmediato, fueron abordados por miembros del equipo misionero de nuestra Comisión de Justicia y Paz, quiénes solicitaron conocer la razón de su presencia y el nombre del mando del operativo, respetar el lugar humanitario, y abandonar el lugar, porque viola los acuerdos con el gobierno y las medidas provisionales.

Los militares respondieron que eran de la Brigada 17, en misión de reconocimiento de la zona al mando del capitán MARTINEZ.

Al insistirle nuevamente que se retiraran de la Zona Humanitaria, otro uniformado de apellido Sánchez expresó, que no lo iban a hacer, que traen ayuda humanitaria y procedieron a bajar cajas con gaseosa, agua, aceite, una estufa, entre otros enseres. Los militares agregaron: “esperamos que la comunidad reciba la ayuda, viene una comisión grande con 20 médicos, comida, nosotros venimos a colaborar y vienen luego 4 ministros”.

La totalidad de la comunidad afrodescendiente, niños, mujeres, patriarcas y matriarcas junto con los acompañantes, expresaron su cuestionamiento a los mecanismos utilizados para el ingreso, reiterando la solicitud de respeto a la propiedad privada y lugar de habitación, el respeto a las medidas provisionales y el retiro inmediato del lugar humanitario. Los pobladores agregaron que esa no es la respuesta y las ayudas que esperan del gobierno, sino que están esperando una respuesta integral a las medidas provisionales.

El capitán MARTINEZ expresó: “yo sé de las medidas provisionales y que este es Pueblo Nuevo”, nuevo, por que el “Pueblo Nuevo” viejo es al otro lado (señalando la ubicación), los caminos están inundados y es difícil que la gente de la ayuda humanitaria llegue así. Van a venir 4 Ministros del Gobierno Nacional, y venimos haciendo reconocimiento de la zona”.

Los acompañantes expresaron que este “Pueblo Nuevo” es una Zona Humanitaria, los mecanismos adoptados no son idóneos, se está ocupando una propiedad privada sin consentimiento de sus habitantes y con la comunidad no se ha concertado nada respecto a la ayuda humanitaria.

El capitán MARTINEZ expresó: “ya todo mundo sabe esto, esta es una orden del presidente, ¿ustedes tienen teléfono? Si quieren llamemos ya”.

A esta solicitud las comunidades y los acompañantes se negaron a aceptar dicho diálogo por la situación de hecho presentada.

El Capitán MARTINEZ respondió: “vamos a llamar ya al Presidente, por que cumplimos una orden presidencial”.
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Los afrodescendientes entonces exigieron a los militares recoger todas las cajas, la ayuda humanitaria,” nosotros no nos moriremos de hambre por no recibir esa ayuda, ayuda que viene con otra máscara”

A las 11.10 a.m. aproximadamente, nuevamente regresó el helicóptero aterrizando en la cancha de fútbol sin importar que habían mujeres, niños y jóvenes en este lugar. Nuevamente el capitán MARTINEZ y 3 militares más -entre ellos un militar que había estado en la mañana con uniforme y esta vez venía vestido de médico-, GERMAN SANCHEZ, Coordinador del Programa de Comunidades en Riesgo financiado por la agencia de cooperación de los Estados Unidos, 3 mujeres de civil y 2 hombres de civil.
SANCHEZ se dirigió a los afrodescendientes manifestando que “venían a entregar una ayuda humanitarias( 400 mercados) y una brigada de salud.

Los afrodescendientes respondieron que así no se hacen las cosas, los procedimientos incumplen las medidas, que él sabía que eran las Zonas Humanitarias y cual era el compromiso del Gobierno Nacional de respeto a la propiedad privada, eran lugares exclusivos de la población civil, entonces por qué permitía que el helicóptero de la Brigada 17 y militares aterrizaran en ese lugar. Igualmente agregaron que antes de recibir la ayuda humanitaria, deseaban saber la respuesta integral sobre los puntos de las medidas provisionales, que la reunión estaba prevista para el 12 de Diciembre, y si deseaba entrar a la propiedad privada, a las Zonas Humanitarias tenia que concertar e informar previamente

SANCHEZ entonces condicionó la reunión al recibimiento de la ayuda humanitaria por parte de los afrodescendientes y mintiendo sobre una carta de la representante Legal y sobre nuestra Comisión de Justicia y Paz, expresó: “si no reciben esta ayuda, no se dará la reunión. Las respuestas a los 14 puntos ya la conoce la Comisión de Justicia y Paz.” (…) “La Representante Legal Ligia Maria había enviado una carta a través de la Comisión de Justicia y Paz en la que se le avisaba que se había cancelado la reunió (…) Si no reciben esta ayuda, no vienen los 4 Ministros el domingo a los puntos de las medidas provisionales. Al final de cuentas, si esta es la posición de la comunidad, la entendemos, pero nosotros asumimos nuestra posición y nos llevamos esta ayuda al Cacarica allá la necesitan o a otras comunidades que lo necesiten”

Uno de los civiles que acompañaba a SANCHEZ expresó: “Nunca más vamos hacer nada por ustedes si no reciben esta ayuda”. Las mujeres del Gobierno expresaron:“ los niños están desnutridos y podemos prestar ayuda psicosocial que ayudara a supera los traumas”

Ante la reiterada solicitud de respeto a la propiedad privada, al lugar humanitario, y a la espera de respuesta a las medidas provisionales y los derechos de petición sobre los títulos de propiedad los 5 civiles y unos militares que estaban dentro de la Zona Humanitaria se retiraron a los 30 minutos.

A las 5:00 p.m. un grupo de 38 militares ingresó a la Zona Humanitaria “Pueblo Nuevo”, los afrodescendientes inmediatamente los abordaron exigiéndoles respeto a su lugar de habitación, el retiro inmediato del lugar humanitario y preguntaron por los m mandos del operativo. Los militares respondieron que el sargento MARIN y RAMIREZ eran los responsables en el momento, que estaban cumpliendo una orden, prestando seguridad a la comisión de ayuda humanitaria y arguyendo falsamente, que el ejército no tenía espacios vedados.

Los militares ignorado las exigencias de la comunidad afrodescendiente acamparon dentro de la Zona Humanitaria instalando en la cancha 6 carpas, y otros se ubicaron en la parte superior de la Zona Humanitaria.

Posteriormente los militares redactaron esta a la comunidad
“9 deDic- 2005

El día de hoy 9 de Diciembre de 2005 se hizo presencia en la comunidad de paz de Pueblo Nuevo dialogando con el personal no hubo maltrato ni de palabras ni físico no se hurtaron pertenencias y nada que le pertenecía a la comunidad.

De igual forma se hizo saber al personal de la Fuerza A2 A3 que esta era una de la denominadas Zonas Humanitarias.

Por tal razón parte e la comunidad da fe de las mismas y pidieron que se abandonara el sector en constancia Firma lo que en ella intervienen.

St (una firma sobre un nombre) SV Ramirez Alexis y (encima una firma”)

A las 6:40 p.m. junto con el equipo de acompañantes de Justicia y Paz, la comunidad afrodescendiente reiteró la exigencia de respeto a la propiedad privada de la población, el respeto a las Zonas Humanitarias, y la necesidad de su retiron inmediato del lugar humanitario

El Sargento MARIN expresó: ¿ cuánto es la extensión de la zona humanitaria?¿cuales son los límites? yo sé de la existencia de la Zona Humanitaria, pero necesito conocer los límites, agregando en media hora retiro mi tropa.

Hasta las 10:00 p.m. los militares que acampaban en la cancha aun permanecían en el lugar argumentando que no podían retirarse hasta que no terminara la jornada de ayuda humanitaria a la que venían a brindarle seguridad

III. LINEAS DE INTERPRETACION

Ante la mirada atónita de afrodescendientes y acompañantes nacionales de nuestra Comisión de Justicia y Paz ha quedado manifiesta la voluntad política del Gobierno Colombiano de acatamiento de las medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El menosprecio por el Derecho Internacional se hace evidente con la ocupación de una propiedad privada reconocida como Zona Humanitaria, lugar exclusivo de la población civil. El condicionamiento de la ayuda humanitaria a aceptar las decisiones unilaterales desarrolladas por el Coordinador del Programa de Comunidades en Riesgo GERMAN SANCHEZ, a una propuesta financiada por el Gobierno de los Estados Unidos, evidencia el absoluto desconocimientos de los Principios Rectores.

La acción cívico militar se ha convertido en un abuso de autoridad, en una acción éticamente injusta, en una actuación que deslegitima una política de seguridad que se pretende imponer sobre la población a la que se niega su derecho a la intimidad. Población afrodescendiente sobre la que se actúa psicológicamente con presión y con el uso de su condición de vulnerabilidad y de miseria debido a las amenazas militares y paramilitares, y la apropiación ilegal de sus territorios por acciones paramilitares y empresariales de la palma, para imponer el recibimiento de ayudas humanitarias para ambientar presencia de Ministros.

La actitud que proviene del alto Gobierno de menosprecio de los sujetos de derecho desconoce a través de un humanitarismo falso los 111 crímenes muchos de ellos de Lesa Humanidad y los 13 desplazamientos masivos que son responsabilidades estatal y el carácter de las medidas provisionales. El humanitarismo fariseo del gobierno pretende ocultar la legalización de la ilegalidad pronunciada por el propio Ministro de Agricultura ANDRES FELIPE ARIAS, quién recientemente afirmo que 15 hectáreas, hasta el momento, dentro del Territorio Colectivo del Curvaradó en realidad son de propiedad empresarial, curiosa coincidencia que son muchos de los predios sembrados ilegalmente con palma, luego de la apropiación y desalojo paramilitar iniciados en 1.996. Y el humanitarismo oficial pretende oficiar como cortina de humo ante los evidente, los constatados vínculos entre las estructuras militares de la Brigada 17, la Policía Nacional de Urabá y la estrategia paramilitar que continúa en curso en la región, en lugares y espacios específicos reconocidos por todo el mundo.

Secreto a voces, que desconoce incluso los requerimientos del Departamento de Estado y los condicionamientos en materia de Derechos Humanos. Mientras tantos, los recursos de la Ayuda de los Estados Unidos y del Plan Colombia siguen siendo usados para la negación de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional e incluso con la posibilidad de su desviación para alimentar las arcas del narcoparamilitarismo y la apropiación ilegal de los territorios colectivos.

Bogotá, D.C diciembre 9 de 2005
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz