Situación de desplazamiento en la Perla Amazonica y daños irreparables con mina antipersonal

Situación de desplazamiento de 36 familias de la Zona de Reserva Campesina de la Perla Amazónica en Putumayo, daños irreparables con mina antipersona a Alexander Trejos Rarmírez


Bogotá, D.C. Mayo 19 de 2011

JUAN MANUEL SANTOS

Presidente de Colombia

ANGELINO GARZÓN

Vicepresidencia de Colombia

GERMÁN VARGAS LLERAS

Ministerio del Interior

ANGELA MARÍA HOLGUÍN

Ministra de Relaciones Exteriores

JUAN CAMILO RESTREPO

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

MAURICIO SANTAMARÍA SALAMANCA

Ministro de Protección Social

VIVIAN MORALES

Fiscal General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ

Procurador General de la Nación


VOLMAR PÉREZ

Defensor Nacional del Pueblo

SANDRA MORELLI

Contralor General de la Nación

“Afilan la lengua como un puñal y asestan como flechas, palabras envenenadas, para disparar a escondidas contra el inocente: le disparan de improviso y sin temor” Salmo 64, 4 – 5

Nuestra Constancia Histórica ante la ausencia de respuesta estatal frente a la situación de las 36 familias que se encuentran desplazadas debido a la militarización de la Zona de Reserva Campesina por operaciones desbordadas de las fuerzas regulares contra las familias de los caseríos La Piña y La Frontera pertenecientes al corregimiento de la Perla Amazónica y de la Asociación de Desarrollo Integral Sostenible de la Perla Amazónica, ADISPA, por la activación de una mina anti persona que generó daños irreparables a la integridad personal del campesino desplazado ALEXANDER TREJOS RAMÍREZ.

Nuestra Constancia Histórica ante el desconocimiento de la iniciativa de la población civil por parte de autoridades locales que constituyó un Espacio Temporal Humanitario a fin de evitar ser blanco de las operaciones armadas, de mantener sus expresiones organizativas y lograr una atención en materia humanitaria eficaz, mientras se generan garantías básicas para su retorno.

Antes ustedes nuestra Constancia Histórica frente a los siguientes fundamentos fácticos.

*Viernes 6 de mayo en horas de la mañana, unidades militares de la brigada móvil 13 ingresaron al caserío La Frontera, corregimiento de la Perla Amazónica, atrincherándose en algunas viviendas y alrededores del caserío. Los regulares incluso se llevaron de algunas viviendas sin autorización de sus propietarios gallinas y un galón de gasolina.
Algunos uniformados ingresaron a las viviendas solicitando bazuco y marihuana. Algunos de los uniformados sacaron de sus uniformes marihuana y bazuco y empezaron a consumirlo.

Uno de los militares salió corriendo en medio de la noche hacia el bosque y tuvo que ser traído por sus compañeros. Algunos de los efectivos militares acantonados en el caserío La Frontera justificaron su estado, diciendo que solo así podían enfrentarse al enemigo.
Los pobladores exigieron a los militares el retiro de su lugar de habitación y les reprocharon el consumo de la droga.

*Sábado 7 de mayo hacia las 10:00 a.m. en el caserío La Frontera, guerrilleros de las FARC – EP hostigaron al ejército. Durante cerca de 5 minutos de manera esporádica se escucharon disparos de fusil en el área boscosa de los espacios de reserva forestal de la comunidad.

* Lunes 9 de mayo hacia las 10:00 a.m. en el caserío La Frontera sobrevoló en el área un helicóptero militar desde el que se descargaron provisiones para los uniformados. Una vez despegó el helicóptero desde éste se hicieron disparos de manera indiscriminada contra los espacios de habitación de la población. Otros efectivos regulares se atrincheraron en las viviendas disparando sus morteros. Uno de los uniformados desde el techo de una de las casas de los civiles disparó en seis oportunidades, dos de los morteros cayeron al suelo sin detonar, y otros cayeron aproximadamente a 12 metros de las viviendas.

Al cese del ametrallamiento y de la activación de los morteros, la comunidad exigió a los militares retirar los artefactos explosivos. Ante la anuencia de un militar de la exigencia, uno de los mandos expresó: “hay que dejarlos y pasarlos por minas, hemos botado mucha bala y no hay ningún resultado”.

Ante los reclamos de la comunidad el cabo JARAMILLO sostuvo: “ante cualquier disparo de una escopeta, tenemos orden de vomitar el plomo que queramos, así se dan cuenta con quién se están metiendo

* Miércoles 11 de mayo hacia las 5:00 p.m. se escucharon 8 detonaciones fuertes en la zona de reserva forestal del caserío La Frontera.

La continuidad de operaciones militares desproporcionadas sobre la población en el propio caserío, las operaciones psicológicas con simulación de combates, el uso y consumo de marihuana y bazuco, las familias se vieron obligadas a interrumpir sus actividades cotidianas y ocho familias a desplazarse, dos de ellas del caserío de La Piña.
Las familias desplazadas por la militarización y abuso en el uso de la fuerza conformada por siete mujeres, 15 niños, 10 hombres y dos familias del caserío. La Piña, conformada por 1 mujer, 4 menores, 1 adulto mayor y 3 hombres. Estas familias se desplazaron hacia la bocana del caserío La Piña, en el lugar en donde la quebrada La Piña desemboca en el río Cuembí y determinaron declarar los diferentes espacios de refugio como Espacios Temporales Humanitarios.
En el caserío La Frontera quedaron 14 familias, conformadas por 11 mujeres, 17 niños, 16 hombres y 2 adultos mayores ubicados en los alrededores de la escuela.

* Jueves 12 de mayo el noticiero local Latina Stéreo, en su emisión de la mañana informó las acciones de desminado en el caserío La Frontera.

En horas de la mañana llegaron desplazadas al lugar humanitario, seis familias más del caserío La Piña, colindante con La Frontera, conformadas por 5 mujeres, 10 menores y 5 hombres.
Estos hechos fueron puestos en conocimiento de la Defensoría del Pueblo y la Secretaría de gobierno municipal.

* Viernes 13 de mayo el Comité Local de Atención a Población Desplazada – CLOPAD, municipio de Puerto Asís, se reunió para conformar una misión de verificación, acordando que ésta debería ser acompañada por miembros de la fuerza pública. Algunos observadores manifestaron la inconveniencia de realizar una verificación humanitaria con presencia armada>.

* Sábado 14 de mayo en desarrollo de la comisión de verificación que llegaron al espacio humanitario temporal integrada por Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Defensoría del Pueblo, Acción Social, Personería Municipal, Secretaría de Planeación Municipal, Secretaria de Gobierno, la comunidades plantearon la necesidad que las operaciones militares se desarrollaran en conformidad con el derecho humanitario y para tal fin era preciso: “que el ejército se retirara de las casas”. Ante esta solicitud los funcionarios asistentes respondieron que esto era imposible y manifestaron que lo más probable es que enviarían más tropa.

Algunas familias desplazadas ubicadas en el sector de la escuela del caserío La Frontera, no pudieron llegar a la reunión con la misión de verificación porque 12 unidades militares que se encontraban a la altura del puente que une los caseríos de La Piña y La Frontera les impidieron el paso. Esta situación se prolongó hasta horas de la tarde.
Las familias persisten en su intención de retorno, el cual se condiciona al retiro de la fuerza pública de los lugares de habitación y espacios comunitarios, y al sometimiento irrestricto a los códigos de guerra y el respeto al principio de distinción de la población civil.

* Lunes 16 de mayo hacia las 2:30 p.m., en la comunidad La Frontera, corregimiento Perla Amazónica, ALEXANDER TREJOS RAMÍREZ, campesino, de 30 años de edad, padre de tres menores, pisó un artefacto explosivo mientras iba camino a su casa en busca de alimentos para ser llevados al Espacio Temporal Humanitario, éste se encontraba a 50 metros de la vivienda, a orillas del camino. El impacto le comprometió la pierna derecha, presenta quemadura en el brazo izquierdo, los ojos, el pecho y abdomen.

La detonación se escuchó fuerte y cerca de la vivienda de ALEXANDER, quien relató que al caer quedó un poco aturdido y luego hizo el esfuerzo para gritar y llamar a su madre. Minutos después, ALEXANDER fue conducido en una camilla improvisada hacia el caserío La Piña por la quebrada en donde lo esperaba un bote rápido para recogerlo y trasladarlo hasta el Puesto de Salud de La Piña en donde se encontraba una misión médica del Hospital de Puerto Asís que de inmediato le prestó la atención básica.

A partir de este grave hecho se desplazaron más familias de los caseríos La Frontera y La Piña. Ese día llegaron a declararse en situación de desplazamiento 36 familias en el Espacio Temporal Humanitario.

En la E.S.E. Hospital San Francisco de Asís, a ALEXANDER se le diagnosticó amputación traumática de miembro inferior derecho, lesión ocular, lesión genital externa y múltiples lesiones en miembros superiores y tronco con la orden de remisión urgente a un centro de tercer nivel para Manejo Multidisciplinario.

Una vez con la orden los centros hospitalarios de los departamentos de Neiva y Pasto se negaron a recibirlo, alegando no disponer de camas para su hospitalización.

A las 4:30 p.m. el Hospital Departamental de Pasto aceptó la remisión del paciente pero la E.S.E San Francisco de Asís y la IPS Caprecom informaron que no disponían de los medios para transportar al paciente en un ambulancia medicalizada, en el parqueadero del hospital se encontraban cuatro ambulancias, tres de ellas fuera de servicio.

ALEXANDER TREJOS fue trasladado a la ciudad de Pasto sin las condiciones básicas médicas. 32 horas después de haber pisado el artefacto explosivo, en un trayecto de 8 horas por una vía en pésimas condiciones.

*Jueves 19 de mayo desde horas de la mañana las familias de la parte alta del caserío La Piña, ante el aumento del pie de fuerza y sus operaciones en contravía del derecho humanitario se vieron obligadas a estar confinadas en sus propias viviendas, allí se han encerrado, buscando salvaguardar sus vidas.
Hacia las 2:30 p.m. del caserío La Piña informaron a nuestra Comisión de Justicia y Paz que cerca de 80 militares rodearon el área de la escuela del caserío preguntando en el lugar por la presencia de la Cruz Roja y Acción Social. Anunciaron que estaban presentes para asegurar la presencia humanitaria.

Nuestra Censura Ética ante la continuidad de uso de medios de guerra que afectan a la población civil irremediable e irreparablemente, la ausencia de medidas por parte de quienes participan en las hostilidades de información a la población de identificación de espacios o lugares que colocan en riesgo la vida e integridad de los pobladores campesinos que habitan en medio de escenarios de desarrollo del conflicto armado interno.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de centros de atención hospitalaria adecuados en el Putumayo para menguar, mitigar los efectos que sobre la población que se producen en medio de la guerra interna y las graves infracciones al derecho humanitario por las fuerzas contendientes.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de respuestas eficaces en materia humanitaria que evitarían que la población civil, en este caso, las 36 familias, en medio de las hostilidades y operaciones militares coloquen en riesgo su vida o su integridad física y personal.

En conformidad con el artículo 23 de la Constitución Nacional

1. ¿Qué medidas en conformidad con el derecho humanitario se van a adoptar para que las unidades militares en los caseríos de La Piña y La Frontera no se ubiquen en los espacios de habitación de la población?

2. ¿Hasta la fecha que tipo de atención efectiva, tendiente a salvaguardar la integridad de las familias en condición de desplazamiento se ha realizado?

3. ¿En el marco del cumplimiento de la Ley 387 y sus decretos reglamentarios, que mecanismos se han instaurado tendientes a proteger los bienes muebles e inmuebles de las familias desplazadas?

4. ¿Cuándo se van a atender las solicitudes de retorno planteadas por las familias en condición de desplazamiento?

5. ¿Cuáles son los planes de contingencia construidos por la administración municipal de Puerto Asís para atender de manera eficiente y eficaz la situación de desplazamiento masivo de estas 36 familias y las que se encuentran confinadas?

6. ¿Se han entregado partidas presupuestales para la atención de víctimas de minas anti persona en el Hospital San Francisco de Asís? Cuál es su origen, ha existido control

7. ¿Cuáles son los recursos destinados por la administración de Puerto Asís para la atención integral de las víctimas de desplazamiento forzado?

8. ¿Según reza en la ley 387, la atención humanitaria es integral e inmediata, porque hasta la fecha las familias no han sido atendidas en el marco del restablecimiento de sus derechos?
De toda consideración,


Comisión Intereclesial de Justicia y Paz