Salida temporal de Curvaradó de defensores de DDHH de nuestra CIJP

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante la ausencia de respuestas eficaces para dar respuestas al deber de protección de defensoras y defensores de derechos humanos de nuestra Comisión de Justicia y Paz, así como, ante la ausencia de garantías para proteger la vida e integridad de testigos y víctimas que pueden aportar en el esclarecimiento judicial de operaciones criminales de tipo paramilitar, omisiones que avalan la deslegitimación de la labor de nuestra organización de derechos humanos.


Bogotá, D.C. agosto 21 de 2013

JUAN MANUEL SANTOS
Presidente de la República de Colombia

ANGELINO GARZÓN
Vicepresidente de la República de Colombia

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Ministro del Interior

MARÍA ANGELA HOLGUÍN
Ministra de Relaciones Exteriores

RUTH STELLA CORREA
Ministra de la Justicia

EDUARDO MONTEALEGRE
Fiscal General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ
Procurador General de la Nación

JORGE ARMANDO OTÁLORA
Defensor Nacional del Pueblo

Pues yo sé que son muchos sus crímenes y enormes sus pecados, opresores de la gente buena. Sentencia de muerte dictaré por sus crímenes sin número.

Ref. Salida temporal de Curvaradó de defensores de DDHH de nuestra Comisión de Justicia y Paz, temores a nuevas estrategias de deslegitimación y persecución

Las y los defensores de derechos humanos MILBIA ANDREA DÍAZ, FAIVER CHIMONJA COY, FABIO PEDRAZA y LICETH RODRÍGUEZ estaban dentro de un plan genérico para ser atentados contra su vida e integridad. Un plan concreto contra FAIVER fue develado y nunca hubo respuestas concretas de ninguna instancia del gobierno o del Estado. Ellas y ellos desde el pasado jueves se vieron obligados a salir de la región como lo informamos en reunión de Medidas Cautelares en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta medida extrema la hemos adoptado en razón que no existen garantías básicas para el derecho a proteger, a promover y a apoyar el derecho legítimo y legal a defender los derechos humanos. Hoy en Curvaradó y Jiguamiandó no existe presencia del equipo permanente de apoyo a las comunidades negras que afirman integralmente sus derechos.

Los mecanismos de presión y de deslegitimación en el pasado se han vivido en los estrados judiciales como ha ocurrido en el caso del proceso 3856 sobre uno de los capítulos de la pareconomía en el Curvaradó, en que los argumentos de la defensa pretendían asociar nuestra labor legal y legítima, asociada a un polo de la guerra; y ahora ocurre en el proceso 8051 en que se pretende deslegitimar un testigo víctima por complementar y hasta sustituir el deber de protección del Estado.

Ante ustedes la fundamentación fáctica de nuestra Constancia Histórica:

* Jueves 15 de agosto a la ciudad de Bogotá, arribaron las defensoras de derechos humanos MILBIA ANDREA DÍAZ y LICETH RODRÍGUEZ y los defensores FAIVER CHIMONJA COY, FABIO PEDRAZA ante la ausencia de respuesta integral del Estado a las medidas requeridas para nuestra labor legal y legitima de apoyar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, graves infracciones al derecho humanitario, el despojo violento de tierra para agronegocios de palma, de banano, de yuca y la ganadería vacuna y buvalina, y la coca.

* Martes 20 de agosto en horas de la mañana, en la ciudad de Bogotá, escuchamos las respuestas en el Noticiero Noticias Uno, (18 de agosto) del abogado de SANTIAGO URIBE, JAIME GRANADOS respecto al testimonio de la víctima y testigo EUNICIO PINEDA LUJÁN en el proceso 8051 sobre operaciones paramilitares, entre ellas, las de la mal llamada “limpieza social” cometidas en el municipio de Yarumal por un grupo denominado “Los 12 apóstoles”. Ver

El abogado GRANADOS expresó que PINEDA no formalizó su declaración antes y que, en su ausencia, esta declaración es incompleta. Además, indicó que el testimonio del mayor retirado de la Policía, JUAN CARLOS MENESES, fue desestimado, y lo mismo ocurrirá con el de PINEDA, pues todo es parte de un montaje contra URIBE VELEZ.

Nuestra Comisión de Justicia y Paz conoció que en desarrollo de la declaración rendida por el testigo PINEDA, realizada en Santiago de Chile, el pasado martes 13 de agosto, uno de los abogados de la defensa, en su interrogatorio auscultó insistentemente sobre el papel de nuestra Comisión de Justicia y Paz, los nombres de nuestros integrantes comprometidos en el caso de la protección de PINEDA.

Tal fue la insistencia que uno de los abogados que representa a la víctima en este caso a nombre de nuestra Comisión de Justicia y Paz, DANIEL PRADO, expresó que es parte de nuestra labor legitima el proteger y buscar medidas de protección y solidaridad internacional con testigos que nos merecen alta credibilidad, en casos de altísima sensibilidad como el que implicaría responsabilidades penales de SANTIAGO URIBE y del general ® JORGE PINEDA.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de medidas de aplicación inmediata de protección de extrema urgencia para proteger la vida e integridad de las y los defensores de derechos humanos de nuestra Comisión de Justicia y Paz, y la ausencia de implementación de medidas materiales solicitadas desde hace más de un año y las negadas en el primer semestre de este año, luego de graves hechos que han sido puestos en su conocimiento de planes de atentados, luego de seguimiento a diversas defensoras y defensores de nuestra Comisión de Justicia y Paz.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de una investigación en contexto y bajo una misma cuerda procesal ante la impunidad en que se encuentra la persecución de la que venimos siendo objeto desde 1996, ausencia de eficacia judicial que imposibilita hoy desarrollar nuestra labor con garantías.

Nuestra Censura Ética ante lo que es una verdad a todas luces evidente, los intereses económicos sobre los territorios de comunidades negras e indígenas se implementan a sangre y fuego, con medios fraudulentos, con corrupción desde altos niveles hasta la cooptación de algunos líderes, con montajes judiciales y campañas mediáticas, con ocupaciones de pobladores sin tierras a quiénes usan para imposibilitar la restitución y con planes de atentados sobre los legítimos dueños del territorio y los acompañante de organismos humanitarios como nuestros defensores de derechos humanos, son los que definen el derecho, son la ley y el Estado de Derecho conformado a su medida, un Estado de Hecho. Ellas, las empresas que han desconocido los derechos de las comunidades, obran con la seguridad que el terror ha ganado la partida a las libertades y a las apuestas de economía rural, la protección ambiental y de la riqueza biológica que desarrollan las comunidades.

Nuestra Censura Ética ante las decisiones del CERREM, escenario donde se rechazan medidas materiales, desconociendo contextos, antecedentes, gravedad de la situación, y donde las valoraciones no lograr superar los límites de comprensiones de medios individuales, desconociendo el carácter generalizado de la amenaza, los antecedentes de actuaciones contra funcionarios del área administrativa
Mientras el gobierno de Colombia no de respuesta, pronta, precisa a nuestra Comisión de Justicia y Paz, de las medidas extraordinarias que entrarán en estudio en el CERREM, los cuatro defensores de derechos humanos no podrán estar en la región, y nuestras actividades y movilidad se verán limitadas y restringidas en la ciudad de Bogotá, en donde también se mantienen riesgos, pero existen formas de autoprotección no violentas, que posibilitan con dificultades continuar desarrollando algunas de las tareas de apoyo a las comunidades. Estaremos esperando la respuesta del gobierno y del Estado, ante la apremiante situación que vivimos y que seguramente se agudizará próximamente, con el conocimiento público de nuevas verdades negadas de la para economía y la para política que comprometen a personas de círculos de poder como son los casos del proceso 3856 y el 8051.

Nuestra Censura Ética ante un ejercicio legitimo de la defensa que argumenta y construye estrategia de deslegitimación sobre las organizaciones de derechos humanos, que pretende desvirtuar testigos por supuesta coacción, por compra o manipulación o por que se le brinda apoyo humanitario en ausencia de las respuestas estatales de protección y de celeridad en la investigación penal, tal como ha ocurrido, con los abogados de la defensa del Estado en el Caso Marino López y otros, en el proceso 3856 y como parece suceder con el proceso 8051. De tales estrategias se arguye luego por criminalidades para limitar y vulnerar el derecho a defender los derechos humanos.

En conformidad con el artículo 23 de la Constitución Nacional y de acuerdo a sus competencias institucionales solicitamos se sirvan dar respuesta eficaz y por escrito a las siguientes preguntas:

1. ¿Qué respuestas tiene la Fiscalía ante la solicitud de medidas inmediatas adicionales a las no implementadas ante la hipótesis de sistematicidad y persecución a las y los defensores de derechos humanos de la CIJP?

2. ¿Cuál es el resultado de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía las cuales deben conducir al develamiento y desmantelación de las estructuras de poder responsables de los hostigamientos y persecución a los que ha sido sometida la CIJP? ¿Cuál es el resultado de las investigaciones que deben identificar las autorías mediatas de estos hechos?

3. ¿Qué acciones inmediatas se adelantan según competencias para garantizar la vida e integridad de las y los defensores de derechos humanos de la Comisión de Justicia y Paz?