Río Atrato

Presidente Duque desacata orden Tribunal de Cundinamarca sobre derecho a la paz, Ceses de Fuego

Las comunidades de la Asociación Comunidades de Autodeterminación Vida Dignidad de Cacarica. CAVIDA, el Cabildo Mayor Emberá del Resguardo Indígena Urada Jiguamiandó – CAMERUJ, el Resguardo Indígena Wounaan de Juin Phu Buur, la Zona de Reserva Campesina Perla Amazónica, la Asociación del Consejo Regional del Pueblo Nasa del Putumayo, el Cabildo Indígena Jiw, el Cabildo Indígena Sikuani, CIVIPAZ, el Resguardo Indígena Rio Pichima, el Consejo Comunitario Cabeceras y del Espacio Humanitario Puente Nayero el pasado 6 de agosto de 2020, presentaron ante El Tribunal Superior de Cundinamarca, acción de tutela para que se ampararan los derechos fundamentales a la Paz, la Vida, la Salud y el derecho de petición de conformidad con las solitudes hechas en cartas abiertas al Presidente de la Republica solicitando un Acuerdo Humanitario Global COVID19, en los territorios donde ellas habitan, ante las reiteradas vulneraciones que han tenido históricamente de los derechos humanos y en especial los derechos fundamentales a la Paz y la Vida.

El 26 de agosto de 2020, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca notifico la decisión tomada reconociendo el amparo del derecho fundamental de petición en conexidad con los derechos a la Salud, La Paz y La Vida de las comunidades pluriétnica negras, mestizas, indígenas y campesinas que suscribieron la petición. Ordenando que en un termino no mayor a 5 días, a partir de la notificación de la decisión, el presidente Iván Duque “en su calidad constitucional de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República responda de fondo las solicitudes radicadas el 27 de marzo y 9 de abril de 2020, por las comunidades étnicas accionantes por medio de las cuales solicitaron el cese al fuego en las zonas étnicas que representan los accionantes”. El Tribunal recalca en su fallo que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos hace parte de las obligaciones del estado colombiano con la comunidad internacional.  Respuesta que no fue dada a las comunidades en un claro desacato a las autoridades judiciales de parte del Presidente de la República.

Una vez vencido el termino dado para recibir una respuesta, los accionantes radicaron el 7 de septiembre de 2020, incidente de desacato ente el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, exigiendo el cumplimiento inmediato de la sentencia emitida por este y, en consecuencia, que el Presidente Iván Duque responda de manera específica, clara y de fondo las peticiones radicadas el 27 de marzo y el 9 de abril de 2020, en relación con la solicitud de cese al fuego por 90 días de conformidad con la Resolución No. 2532 de 2020 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sumado a los llamados que han realizado organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH y la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia para un cese de fuegos. Respuesta que tendrá que darse en el marco de las garantías del derecho a la paz y la vida, respetando los pronunciamientos y resoluciones emitidas por los organismos internacionales ya mencionados, en la búsqueda de la paz de estos territorios. 

Imagen: Juan Luis Castro Córdoba.