Minería en Colombia, ¿estilo 007?

A mediados de 2009 el Instituto Nacional de Investigaciones en Geociencia, Minería y Química, INGEOMINAS, había otorgado o tenía en trámite más de siete mil títulos mineros en todo el territorio nacional, incluyendo mil ochocientos en los cinco departamentos de la Amazonia, en gran parte ubicados en zonas de reserva forestal excluidas por ley de la explotación minera.


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El presidente Santos reiteró en su ceremonia de posesión …el sector minero−energético será una de las poderosas locomotoras que conducirá al país al nuevo amanecer.

… A mediados de 2009 el Instituto Nacional de Investigaciones en Geociencia, Minería y Química, INGEOMINAS, había otorgado o tenía en trámite más de siete mil títulos mineros en todo el territorio nacional, incluyendo mil ochocientos en los cinco departamentos de la Amazonia, en gran parte ubicados en zonas de reserva forestal excluidas por ley de la explotación minera.

Manuel Rodríguez Becerra

Después del café

En 2007 Colombia exportaba productos minero−energéticos por 7.344 millones de dólares. En 2009 esa cifra ascendió a 18.035,4 millones y para 2021 se estima que llegará a 54.149,9 millones. Es decir, en un período de cinco años se multiplicó por 2,45 veces, y en doce años se triplicará. Para algunos, la cifra es conservadora (ver cuadro adjunto). Así pues, la economía exportadora de la primera mitad del siglo XXI estará marcada por la actividad minero−energética en contraste con la del siglo XX, marcada por el café.

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Cuadro tomado de COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL, Banco de la República, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Departamento Nacional de Planeación, 2010. “Regla Fiscal para Colombia”, cuadro 12, página 63. Cifras proyectadas. Ir a Fuente: Banco de la República; cálculos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (DGPM).

Enfermedades del bienestar

Ahora bien, si el aprovechamiento de la riqueza minero−energética no se conduce con acierto podría generar efectos indeseables para la economía, el desarrollo social y la sostenibilidad ambiental.

Otros países han enfrentado ya esas consecuencias negativas, y sobre tales casos existe una amplia literatura internacional. En Colombia ya se prendieron las alarmas. En principio, los correctivos que pretenden evitar las enfermedades económicas propias de este auge:

1. Una fuerte revaluación del peso

2. Un aumento en el precio de los bienes no transables frente a los
transables, y

3. Una mayor volatilidad macroeconómica[1],

se han fijado en el “proyecto de Ley para el establecimiento de la Regla Fiscal”, que está ahora mismo a estudio del Congreso de la República.

Feria de títulos mineros

Pero al tiempo que se diseña una gran estrategia nacional para evitar que los efectos económicos del crecimiento de las exportaciones sean negativos, no existe un movimiento similar para impedir que el impacto de esta actividad se traduzca en destrucción y degradación del medio ambiente. Dicho de otra manera, para evitar que se traduzcan en la pérdida de la riqueza con que cuenta Colombia en biodiversidad y aguas.

La forma cómo ha evolucionado la exploración y explotación del carbón y el oro en los últimos años indica que la protección ambiental es un asunto que ocupa un lugar secundario frente a la prioridad de incentivar la inversión extranjera. A mediados de 2009 el Instituto Nacional de Investigaciones en Geociencia, Minería y Química, INGEOMINAS, había otorgado o tenía en trámite más de siete mil títulos mineros en todo el territorio nacional, incluyendo mil ochocientos en los cinco departamentos de la Amazonia, en gran parte ubicados en zonas de reserva forestal excluidas por ley de la explotación minera. Aparte de eso, había otorgado 44 títulos mineros en catorce parques nacionales, en abierta violación de la Constitución y la ley, que los protegen y excluyen de ese tipo de actividades[2].

La batalla campal

Por fortuna, la irresponsable prodigalidad de INGEOMINAS no ha pasado desapercibida. El 54 por ciento del área total de los páramos llegó a estar en proceso de titulación minera, o fue efectivamente concedida por dicha entidad, que hizo caso omiso de las sentencias de la Corte Constitucional que señalan como imperativo excluir los ecosistemas de toda explotación minera.

Ello motivó a que en el proceso de reforma del Código de Minas, que culminó a mediados de 2009, el Ministerio del Medio Ambiente y diversas organizaciones cívicas y ambientalistas tramitaran la exclusión de cualquier explotación minera en los páramos. Finalmente fueron excluidos, junto con los humedales protegidos en la “Convención Ramsar” (Ley 357 de 1997) y las áreas de reserva forestal. Antes, claro está, el país asistió a una especie de batalla campal entre el Ministerio de Minas y el del Medio Ambiente.

¿Primero comer, luego vivir?

Sin embargo, ese logro se vio opacado por el hecho de que el Ministerio de Minas y el poderoso “lobby” minero lograron que se negaran otras veinte modificaciones del Código que el Ministerio del Medio Ambiente consideraba fundamentales para garantizar la protección del patrimonio ambiental de Colombia.

El gobierno que termina estuvo totalmente a favor de la actividad minera sin tener en cuenta para nada la protección de la biodiversidad, que es la auténtica riqueza de Colombia. El viceministerio del ambiente dio algunas batallas para corregir el rumbo, pero el poderoso Minminas les otorgó poca atención. Para obtener un título minero, quien alegara algún interés tenía que llenar unos requisitos mínimos, tanto que llegó a decirse que bastaba con exhibir la cédula. Eso constituye una arcaica y dañina situación toda vez que con ese título se da luz verde en la práctica a un proceso que, sin tener en cuenta ninguna consideración ambiental, casi sin excepción termina en el otorgamiento de una licencia.

Con licencia para matar

Pero la cosa viene de atrás. En una reforma del Código Minero efectuada hace cerca de una década se eliminó el requisito de la licencia ambiental para la fase de exploración, con lo cual:

1. Se suprimió la posibilidad de fijar las condiciones bajo las cuales se pueda adelantar esta actividad que, con frecuencia, llega a ser de alto impacto.

2. Se negó la posibilidad de que antes de la exploración se rechace una actividad minera en un determinado lugar en razón de los inaceptables costos ambientales que conllevaría.

Pero es más grave aún la laxitud de la legislación minera vigente, y su interpretación por parte de las autoridades, frente a la minería ilegal.

En el Código se prevé la posibilidad de legalizar operaciones mineras, lo que le permitió a INGEOMINAS expedir certificados en los cuales se autoriza la continuación de operaciones ilegales otorgando un plazo de dos años para el lleno de los requisitos. Ese fue el caso de Caucasia. La norma equivale a otorgar una licencia para matar, puesto que el minero que actúa ilegalmente busca en ese plazo intensificar sus operaciones, y todavía más si intuye que eventualmente la licencia ambiental para continuar con su actividad le será negada.

Sin conocimiento de causa

A su vez, en la reforma del Código de Minas aprobada el año pasado se estableció la posibilidad de legalizar las “minidragas” que operaban en el río Atrato y en otras regiones del país para la explotación del oro. Cualquiera sabe que esas dragas están lejos de ser un instrumento artesanal y que se trata de un tipo de maquinaria que ha operado en forma ilegal en muchos lugares en los cuales no es viable dicha actividad en virtud de los graves daños que conlleva para el medio ambiente. De nuevo, la viceministra del ambiente, Claudia Mora, intentó impedir que se aprobara semejante exabrupto, pero sus razones no fueron atendidas.

Todas esas situaciones se agravan si se tiene en cuenta que ni el Ministerio del Medio Ambiente ni las Corporaciones Autónomas Regionales ni INGEOMINAS pueden garantizarle al país un proceso de estudio y otorgamiento de las licencias ambientales que se apoye en un sólido conocimiento científico y técnico, o una adecuada fiscalización de las obligaciones ambientales asociadas a los miles de títulos mineros otorgados, o en proceso de serlo, ni de las obligaciones contenidas en las licencias ambientales.

El caos de la deforestación

Ahora que el gobierno se propone incentivar con ímpetu la minería, la opinión pública debe saber que esa actividad deja siempre profundas e inevitables huellas ecológicas, mucho más allá de las producidas por otras actividades económicas. En otras palabras, vale la pena reflexionar sobre un punto concreto: si ante la necesidad de generar recursos económicos para el desarrollo debemos aceptar que se causen daños irreversibles a los recursos hídricos, a la biodiversidad y al paisaje.

Con frecuencia la actividad minera conlleva la construcción de trochas y vías en áreas selváticas, que provocan procesos anárquicos de colonización con la consiguiente destrucción de ecosistemas de gran valor para el país. Muy probablemente una sustantiva proporción de la escandalosa cifra de deforestación revelada hace poco por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, IDEAM −un promedio de 340 mil hectáreas anuales entre 2000 y 2007− es consecuencia del auge minero−energético[3].

La responsabilidad es de todos

La denominada minería sostenible busca garantizar que los daños ambientales sean apenas los imprescindibles, y que se ofrezcan las compensaciones sociales y ambientales que sean del caso. Por eso es indispensable que la normatividad minera cuente con los más altos estándares internacionales, que las autoridades tengan los medios para hacerla cumplir y que la sociedad disponga de los instrumentos adecuados para su veeduría.

Un ideal de esa naturaleza implica en primer término que el Estado y la sociedad adquieran el conocimiento y la capacidad suficientes para excluir a la minería de aquellas áreas en las cuales los costos ambientales y sociales serían inaceptables.

La reversa minero-ambiental

Infortunadamente en estas materias vamos en reversa. Cuando hace cerca de 30 años, se iniciaron los grandes proyectos de explotación minera del Cerrejón y Cerromatoso los gobiernos de la época exigieron a estas dos empresas el cumplimiento cabal de la normatividad ambiental. Desde entonces, ellas se adaptaron en forma adecuada a las normas e inclusive se precian ante la comunidad doméstica e internacional de ser ejemplares en su responsabilidad social corporativa.

Así lo expresa, por ejemplo, la campaña publicitaria de Cerrejón S.A., que hace énfasis sobre diversos logros ambientales y sociales entre los cuales resalta los referentes al llenado de las áreas de explotación y la recuperación del suelo y restauración del bosque seco tropical, sobre los enormes “cráteres” que llegaron a formarse (sin olvidar que entre el 20 y el 30 por ciento de esos cráteres quedarán abiertos para siempre).

Estos logros son simplemente la expresión del cumplimiento de las condiciones de la licencia ambiental y de ninguna manera podrían considerarse que están yendo más allá de lo que la ley exige, que es lo que se entiende por “responsabilidad social corporativa”. Pero que se haga publicidad al cumplimiento de la ley puede interpretarse como un indicio de que estas multinacionales consideran que hay otras empresas del carbón que no la están cumpliendo.

Hoy parece predominar una política laxa en la exigencia del cumplimiento de la normatividad ambiental a la gran minería. Eso fue evidente en el caso de las empresas mineras del Cesar, según lo señaló la Procuraduría en investigación que llevó a efecto en 2008[4]. Esa política, que estaría dirigida aparentemente a fomentar la inversión extranjera, se traduce en últimas en un deterioro ambiental de largo plazo. Y si a estas tendencias negativas de la minería legal se suma la inenarrable destrucción ambiental de la ilegal, en particular la del oro (ante la cual las autoridades parecen claudicar), el cuadro es más que alarmante .

Presencia de la iguana

Ahora bien, para completar el cuadro sobre las implicaciones y perspectivas ambientales del sector minero−energético es necesario analizar el caso del subsector del petróleo y sus derivados, el cual, de acuerdo con el cuadro que incorporé al comienzo de este artículo, representará la mayor parte de las exportaciones del sector en los próximos años. Eso se traducirá en una febril actividad de exploración y explotación.

Este tema merece un análisis profundo. No debe olvidarse que en una perspectiva de largo plazo el balance ambiental del sector del petróleo es altamente negativo, así existan experiencias recientes que se salen del comportamiento promedio. ¿Será que la iguana del nuevo logotipo de Ecopetrol es un augurio cierto del necesario cambio de conducta de este gigante colombiano del petróleo?

El nuevo amanecer

El presidente Santos reiteró en su ceremonia de posesión −la más verde y la más indigenista de que se tenga noticia en nuestra historia− que el sector minero−energético será una de las poderosas locomotoras que conducirá al país al nuevo amanecer. ¿Cómo se adecúa esta política con sus prioridades de la protección de la biodiversidad y del agua, que ocuparán lugar privilegiado en su política exterior? ¿Cómo se adecúa esta política minera a la protección de los derechos culturales y territoriales de las minorías étnicas, que se convirtieron en el símbolo mismo de su posesión?

El reto planteado es enorme. Si no se enfrenta con sabiduría y visión, bien podría convertir el nuevo amanecer en una pesadilla.

Notas de pie de página

[1] COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL, Banco de la República, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Departamento Nacional de Planeación. 2010.

[2] Información suministrada por la Fundación Gaia.

[3] MAVDT, IDEAM. 2010. Informe anual sobre el estado del medio ambiente y los recursos naturales renovables en Colombia. Bosques-2009. Bogotá: ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, IDEAM.

[4] Sin publicar.