Informe Preliminar de la Misión De Observación Internacional por las Garantías de la Protesta Social y Contra la Impunidad en Colombia

La Misión de Observación Internacional por las Garantías de la Protesta Social y Contra la Impunidad en Colombia (la “Misión”), se dio cita entre el 3 y 12 de julio de 2021, con 41 comisionados y comisionadas de 13 países (Estados Unidos, Canadá, Cataluña, País Vasco, España, Italia, Alemania, Gran Bretaña, México, Ecuador, Chile, Bélgica, Guatemala y Ciudad del Vaticano), provenientes de organizaciones y grupos de Derechos Humanos, juristas, iglesias, academia y periodistas vinculados con temas de Derechos Humanos y paz [1].

La Misión se constituyó como un mecanismo para la verificación y visibilización de las graves violaciones a los Derechos Humanos y las garantías a la protesta social en Colombia.

La Misión atendió el llamado urgente realizado por el Comité de Solidaridad con Presos Políticos (CSPP), la Fundación Forjando Futuros (FFF), el Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), el Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (INDEPAZ), la Corporación Jurídica Libertad (CJL), la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (CIJYP), la Campaña Defender la Libertad un Asunto de Todas y las Plataformas de Derechos Humanos: Alianza de organizaciones Sociales y Afines, Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU), Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PCDHDD), debido al contexto de riesgo y agresiones que se presenta desde hace más de 73 días en el territorio colombiano.

Durante los ocho días de la visita, la Misión: 1) sostuvo reuniones con las organizaciones convocantes, la Fundación para Libertad de Prensa (FLIP), la Mesa de Empresas y Derechos Humanos, representantes del Comité Cívico de Buenaventura, representantes del Movimiento Ambientalista, representantes del Movimiento Estudiantil, SISMA Mujer, Caribe Afirmativo y representantes de la Iglesia Católica; 2) llevaron a cabo diálogos con representantes de entidades del Estado a nivel nacional (Defensoría del Pueblo) y de la Comunidad Internacional (Embajada de Alemania, Embajada de México, Embajada de Bélgica, Delegación Europea, Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), Misión de Verificación); 3) visitaron once regiones del país: Caribe, Santander, Cauca, Valle del Cauca, Antioquia, Caldas, Risaralda, Quindío, Nariño, Bogotá y Cundinamarca, donde se entrevistaron con integrantes de las Primeras Líneas, organizaciones sociales, comunitarias, juveniles, culturales, de Derechos Humanos, campesinas y colectivos de LGBTIQA+, y de mujeres, pueblos indígenas y afrodescendientes y, con víctimas de la fuerza pública y así como, de los paramilitares; y 4) se celebraron reuniones con representantes de las gobernaciones, alcaldías, Ministerio Público y Policía Nacional (en algunos territorios).

En su visita a los territorios, la Misión recibió información sobre la situación de Derechos Humanos de más 70 organizaciones locales y regionales (comités de paro, grupos estudiantiles, colectivos de mujeres, organizaciones de Derechos Humanos, sindicales, entre otros), y documentó aproximadamente 180 denuncias directas de agresiones físicas, persecución, hostigamiento y violación de los Derechos Humanos en el marco del Paro Nacional que inició el 28 de abril de 2021.

En algunos lugares del país, integrantes de la Misión se vieron hostigadas por la fuerza pública. Al mismo tiempo, cerca de los lugares donde estaba la Misión manifestantes fueron víctimas de asesinatos, agresiones oculares y se hallaron los cuerpos sin vida de dos jóvenes de puntos de resistencia que estaban desaparecidos. La Misión tuvo la posibilidad de reunirse con familiares de las víctimas, siendo testigos directos de sus procesos de búsqueda. Preocupa el hecho de que el Instituto Nacional de Medicina Legal había establecido hacía varios días antes su identidad. Además, mientras la Misión se encontraba en Colombia, fueron atacados tres jóvenes afrodescendientes integrantes de las primeras líneas de Jamundí, quienes ejercían liderazgo en la Unión de Resistencias de ese municipio. El ataque se presentó el 6 de julio de 2021, el mismo día en el que los jóvenes participaron en una reunión con funcionarios públicos, entre ellos el secretario de gobierno del municipio (ex agente de la policía), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación con el fin de denunciar las graves violaciones cometidas por agentes de la Policía Nacional durante la protesta. Uno de los jóvenes fue asesinado y otros dos resultaron heridos. En esa misma semana, la Misión conoció tres casos de amenazas directas por parte de la Policía contra participantes de la primera línea y de la olla comunitaria de Siloé, incluido un amedrentamiento en el marco de un evento cultural convocado por quienes han liderado la manifestación en esta comuna de Cali.

Aunque se logró documentar un importante número de agresiones perpetradas por la fuerza pública, paramilitares y personas armadas vestidas como civiles contra manifestantes y contra personas que no participaron en las protestas, se debe advertir que existe un alto número de casos que no pudieron ser recogidos por la estrechez del tiempo y el terror a las consecuencias de testificar. Esto demuestra la necesidad de continuar trabajando en la documentación de los casos por parte de las organizaciones de Colombia y por futuras misiones internacionales.

VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS

A lo largo este apartado se identificarán y describirán las violaciones a los Derechos Humanos de las personas manifestantes y participantes de las diversas movilizaciones dadas en el marco del Paro Nacional y que presentan diversas dinámicas y repertorios de movilización social. A continuación se presentan cinco apartados: 1) Presentación de casos tipo por patrones de agresión; 2) Presentación de algunos relatos de sectores sociales agredidos; 3) Identificación de presencia y funcionamiento de grupos paramilitares; 4) Análisis del papel de la fuerza pública en relación con el tratamiento a la protesta social y; 5) Análisis del acceso a la justicia y los fenómenos de impunidad en crímenes de Estado y criminalización de la protesta social.

3.1 Presentación de casos tipo por patrones de agresión

En algunas de las regiones visitadas por la Misión se pueden observar varios métodos de victimización y se pueden presentar hipótesis de posibles actores responsables y una descripción preliminar de los patrones de vulneración de Derechos Humanos. Los equipos de sistematización y análisis de la información recolectada se encuentran identificando casos y procesando las denuncias recibidas que serán presentadas en el informe final.[2] Sobre los métodos de victimización identificados se han encontrado diversas modalidades de ataques a las manifestantes y expresiones de movilización ciudadana, como discursos estigmatizantes y de odio, órdenes de altos mandos de la Policía Nacional que desconocen la autoridad civil de alcaldías y gobernaciones y el marco legal sobre protesta social, órdenes de Presidencia de la República que desconocen las garantías de la protesta social, hostigamientos, señalamientos y falsas denuncias en contra de movimientos juveniles, organizaciones sociales, de Derechos Humanos y manifestantes, abuso de la fuerza pública (policías, ESMAD y militares), abuso de la fuerza de letalidad reducida en contra de la humanidad de manifestantes y defensoras y defensores de Derechos Humanos violando protocolos internos de la Policía sobre el procedimiento para usar estas armas, abuso del Poder Judicial para amenazar organizaciones sociales, sindicales, políticas, movimientos juveniles y estudiantiles, colectivos LGBTIQA+, de mujeres y de Derechos Humanos con
judicializaciones arbitrarias, seguimientos ilegales, persecución y amenazas a través de llamadas telefónicas, panfletos, mensajes en redes sociales contra las personas movilizadas y manifestantes, liderazgos indígenas y afrodescendientes, organizaciones sociales y de Derechos Humanos, censura a medios alternativos de comunicación, así como a expresiones artísticas y/o culturales realizadas en el marco de la protesta, torturas físicas, sexuales y psicológicas a mujeres, personas LGBTIQA+ y jóvenes con contenidos racistas, misóginos, sexistas, violencias basadas en género y afectaciones a colectivos y personas individuales en
situación vulnerable.

Sobre las hipótesis de presuntos actores responsables, se pueden identificar tres grupos a quienes eventualmente se les puede atribuir responsabilidad penal a título individual y colectivo -en el caso de entidades del Estado-: Fuerza pública (Policía Nacional, ESMAD, Fuerzas Militares, Ministerio de Defensa, Presidencia de la República), grupos armados ilegales que en algunos casos actúan en connivencia con la fuerza pública y personas civiles armadas que actúan en connivencia con la fuerza pública. Dentro de estas hipótesis existe un claro señalamiento en contra de funcionarios públicos, entidades públicas y por ende del Estado, lo que permite identificar un fenómeno de criminalidad y violencia estatal.

Dentro de los patrones de vulneración de Derechos Humanos que se han presentado, se pueden identificar los siguientes: 1) Homicidios selectivos; 2) Lesiones personales; 3) Tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes; 4) Lesiones oculares; 5) Agresiones con armas de fuego; 6) Violencias basadas en género; 7) Violencia y Tortura sexual; 8) Detenciones arbitrarias e ilegales; 9) Judicializaciones arbitrarias, 10) Desapariciones forzadas y 11) Estigmatizaciones, señalamientos y persecuciones.

3.2 Presentación de algunos relatos de sectores sociales agredidos

Frente a los relatos de sectores sociales agredidos, es fundamental mencionar los diferentes actores con los cuales se encontraron los diferentes equipos de trabajo de personas delegadas de la Misión que visitaron las regiones anunciadas anteriormente. Se han generado encuentros individuales y grupales con: pueblos indígenas, pueblos afrodescendientes, movimientos campesinos, mujeres, juventud (escolarizada y no escolarizada), población LGBTIQA+, organizaciones sindicales, organizaciones de maestras, prensa alternativa, organizaciones estudiantiles, organizaciones defensoras de Derechos Humanos, organizaciones ‘primeras líneas’ (jóvenes, madres, guardias comunitarias, guardias interétnicas, religiosas, jurídicas), brigadas médicas y de primeros auxilios, equipos jurídicos, organizaciones de artistas y artistas independientes, organizaciones de barristas, trabajadoras informales y ambulantes, organizaciones de transportadoras, entre otras. Dentro de este universo de sectores sociales, se resalta que existen personas víctimas de abuso y violencia policial, así como personas que son testigos de esos hechos de abuso y violencia policial.

Estos sectores sociales tienen demandas y exigencias que les han mantenido prolongadamente en las calles: 1) Renta básica universal para 30 millones de personas empobrecidas; 2) Cumplimiento integral del Acuerdo de Paz; 3) Garantía de los derechos del campesinado; 4) Educación universal, gratuita y de calidad desde las diversas cosmovisiones existentes en el país; 5) Salud universal con cobertura y calidad; 6) Mayor reconocimiento económico al personal del sector salud y educación; 7) Reconocimiento material e igualdad de mujeres y diversidades sexuales; 8) Derogatoria de decretos que permiten la intervención de la fuerza pública; 9) Oportunidades laborales para la juventud popular; 10) Reconocimiento material y garantías para la vida de los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos; 11) Condiciones efectivas de participación para los escenarios de diálogo con el gobierno en las mesas de concertación; 12) Respeto y no censura de expresiones artísticas y culturales en espacios públicos; 13) Derecho a una vivienda digna y a un confinamiento seguro; 14) Garantías reales del derecho a la protesta; 15) Elaboración del estatuto del trabajador(a); 16) Defensa de la tierra, territorio y soberanía de pueblos originarios; 17) Reforma Agraria; 18) Desmonte del paramilitarismo y la corrupción; 19) Reforma general del sistema de participación nacional y derecho a la oposición política; 20) Derecho a la vida, la libertad y la integridad como derechos fundamentales inalienables.

Se han logrado identificar vulneraciones a grupos poblacionales que cuentan con garantías reforzadas, toda vez que son sujetas de especial protección constitucional como se presentaba en el apartado II del presente informe. Se trata especialmente de población indígenas, LGTIBQA+, mujeres, campesinado y personas empobrecidas, quienes son estructuralmente discriminadas y vulneradas en el marco del Paro Nacional. La crisis social ecológica, económica y cultural que enfrentan les ha llevado a hacer un digno ejercicio de sus derechos a la movilización social, protesta social pacífica, libertad de expresión, reunión, asociación y movilidad.

3.3 Identificación de presencia y funcionamiento de grupos paramilitares

En regiones como el Valle del Cauca, Nariño, Antioquia, Santander y el Eje Cafetero, entre otras, se ha identificado el fenómeno del paramilitarismo urbano y rural y/o de civiles armados. Algunos de estos grupos atacan con armas de fuego de largo y corto alcance a las y los manifestantes. Fuentes de información fidedignas permiten establecer la consolidación de un plan criminal cuyo objetivo es generar terror y, en la mayoría de los casos, el eventual asesinato de personas jóvenes que pertenecen a movimientos sociales y populares que se congregan en los diferentes puntos de resistencia del Paro Nacional. Adicionalmente, las víctimas no solamente son las juventudes que se manifiestan sino también quienes pertenecen a las brigadas médicas, medios alternativos de comunicación como el Canal 2, abogadas, defensoras de Derechos Humanos, así como personas que se han solidarizado con actividades del Paro Nacional brindando alimentos o algún otro tipo de donaciones. Las acciones de estos particulares suelen estar acompañadas por la omisión y/o acción de agentes del Estado, desde la Policía Nacional, Fuerzas Militares e incluso la Fiscalía General de la Nación.

3.4 Análisis del papel de la fuerza pública en relación con el tratamiento a la protesta social

La Misión ha podido establecer, tras recibir testimonios individuales y colectivos en las diferentes regiones y después de entablar reuniones con diferentes autoridades territoriales y organismos de control, que el tratamiento dado por la Policía Nacional y las Fuerzas Militares hacia la protesta social es similar a la estrategia militar que utiliza el Estado para combatir a actores armados ilegales. Es decir, se utilizan discursos y técnicas con el objetivo de enfrentar a un enemigo interno.

De lo anterior, se extraen elementos que sobresalen del actuar de la Policía Nacional y Fuerzas Militares como institución, es decir, no como situaciones ocasionales y particulares, sino por el contrario, como una política definida antes, durante y posterior a las movilizaciones y protestas en el marco del Paro Nacional, los cuales se podrían agrupar en: el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza; la utilización de armamento, municiones no permitidas, así como la manipulación de municiones para causar un daño e impacto mayor sobre la salud y la vida; métodos de persecución a participantes, brigadas de salud, defensoras de Derechos Humanos, personas heridas producto de las intervenciones de la fuerza pública, medios alternativos de comunicación, algunos integrantes de las iglesias y cualquier persona que decida apoyar de una u otra forma las múltiples formas de manifestación; montajes judiciales e implantación de pruebas falsas para su judicialización; acciones de terror y control social a través de toques de queda.

Por otro lado, se evidencia también la infiltración de agentes de policía vestidos de civil en las manifestaciones con el fin de generar escenarios de confrontación y hacer un seguimiento selectivo a líderes y lideresas. Esta conducta fue observada en la mayoría de las regiones visitadas por las comisionadas y comisionados, especialmente el caso de Barrancabermeja, Cali, Bogotá, Medellín y Nariño. Adicionalmente en algunos casos, estas infiltraciones también provienen de grupos armados ilegales.

3.5 Análisis del acceso a la justicia y los fenómenos de impunidad en crímenes de Estado y criminalización de la protesta social

El reconocimiento parcial o la negación de la institucionalidad sobre las graves violaciones a los Derechos Humanos, el uso excesivo de la fuerza, las pocas investigaciones disciplinarias contra integrantes de la fuerza pública o en muchos casos la inexistencia de estas, la utilización de la Policía para la protección de intereses privados ha profundizado la impunidad en el marco del Paro Nacional.

Sumado a lo anterior, la estigmatización, la criminalización y la falta de garantías judiciales permite que las conductas violatorias de Derechos Humanos continúen por parte de los miembros de la fuerza pública en contra de las manifestantes.

Se ha identificado que la gran mayoría de las víctimas tienen temor de denunciar, pues se han recibido testimonios de que, una vez, las personas ponen en conocimiento las diferentes arbitrariedades, son objeto de señalamientos, persecuciones, hostigamientos y hasta algunos asesinatos. Ante este panorama, el derecho de acceso a una justicia real con garantías constitucionales establecidas se diluye por completo.

Frente a las instituciones públicas que tienen como función legal y constitucional realizar el seguimiento, control, protección y promoción de los Derechos Humanos (Ministerio Público), se identifica que en su ejercicio material, sobre todo en el desarrollo de las manifestaciones, desempeñan un rol difuso, incompleto, sin controles diarios de sus actuaciones, sin presencia permanente en los puntos de movilización, lo que conlleva a que el Estado eluda su responsabilidad por la falta de control de las entidades que tienen este mandato legal y constitucional.

Más aún, no existe una claridad en los municipios y ciudades de quién da las órdenes de la intervención policial, y por lo tanto, de quienes deben ser las responsables por las violaciones a los Derechos Humanos presuntamente causadas por integrantes de la fuerza pública.

HECHOS RELEVANTES Y PAPEL DEL ESTADO Y GREMIOS, EMPRESAS Y EMPRESARIOS, Y DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN

La Misión recibió más de 70 informes producidos por organizaciones locales y regionales, documentó más de 180 denuncias directas de personas víctimas en el marco del Paro Nacional, observó y constató diferentes patrones de represión que se configuran en un grave escenario en la violación de Derechos Humanos generalizada en las regiones visitadas en el país.

4.1. Elementos institucionales sobre la Policía Nacional

En Colombia, la Policía Nacional está adscrita al Ministerio de Defensa. Esta vinculación ha implicado la militarización de la Policía, que ha estado involucrada directamente en el conflicto armado colombiano y en la lucha contra el narcotráfico. A su vez, dicha militarización ha condicionado la manera en la que la Policía se relaciona con la protesta social. No se comporta frente a las movilizaciones como un cuerpo civil capacitado para tramitar los problemas de convivencia y seguridad ciudadana, sino que entabla una relación de enfrentamiento, estigmatizante y criminalizante, con la protesta. El ESMAD, que es la entidad de la Policía encargada del control de disturbios y de multitudes, es señalada, como ninguna otra institución del tratamiento estigmatizante y criminalizante con la protesta y movilización ciudadana.

La Justicia Penal Militar, adscrita al Ministerio de Defensa, es la encargada de investigar y sancionar las posibles faltas que cometan los efectivos de la fuerza pública en el marco de actos de servicio. Sin embargo, se trata de una institución que carece de la confianza ciudadana, debido a la alta impunidad y a su falta de autonomía e independencia.

Ahora bien, según el ordenamiento jurídico colombiano otras entidades también tienen atribuciones en la veeduría e investigación de los efectivos de la policía. Según el artículo 118 de la Constitución, la entidad del Estado encargada de la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas es el Ministerio Público. El Ministerio Público está compuesto por tres organismos principales de control: Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, y las personerías municipales y distritales. La Procuraduría General de la Nación se encarga de investigar, sancionar, intervenir y prevenir las irregularidades cometidas por gobernantes, funcionarios públicos, y particulares que ejercen funciones públicas y las agencias del Estado. La Defensoría del Pueblo es la encargada de velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los Derechos Humanos. Las personerías, por su parte, vigilan y controlan la gestión de las alcaldías y entes descentralizados en función de la defensa de los derechos e intereses de la ciudadanía.

La Fiscalía General de la Nación, por otra parte, es un organismo independiente adscrito al poder judicial en Colombia. Su principal función es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito.

Frente a presuntos hechos de abuso policial, la ciudadanía cuenta con el respaldo constitucional de la Procuraduría General de la Nación y de la Fiscalía General de la Nación. Sin embargo, el partido de gobierno ha cooptado estas entidades, razón por la cual incumplen su función constitucional y reproducen una concepción estigmatizante contraria al ejercicio efectivo del derecho a la protesta. Como resultado de la influencia del presidente Iván Duque, las instituciones encargadas de proteger a los y las manifestantes carecen de la capacidad y/o voluntad política para proteger la protesta y a los defensores de los Derechos Humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha instado reiteradamente al gobierno a utilizar estas instituciones para prevenir la violencia contra defensores de Derechos Humanos, establecer medidas de protección más robustas para los defensores e implementar una política de protección integral a través de estas instituciones. Sin embargo, estas instituciones no cumplen sus mandatos y no crean un entorno en el que los defensores puedan ejercer libremente sus derechos.

Con respecto al diseño institucional y a la cadena de mando de la Policía Nacional, se presenta una situación adicional que ayuda a explicar la dificultad para que los efectivos de la Policía garanticen el derecho a la protesta pacífica. La Constitución otorga a los alcaldes la función de máxima autoridad de la Policía. Sin embargo, la norma se enfrenta a un problema de diseño institucional: al ser una institución adscrita al Ministerio de Defensa, el director de la Policía depende del Ministro de Defensa que a su vez responde al Presidente de la República. Esta contradicción genera un cortocircuito, pues aunque la Policía debe responder constitucionalmente tanto a los alcaldes como a las orientaciones nacionales, en la práctica se encuentra más cercana a los dictámenes de la presidencia de la República.

Los testimonios individuales y colectivos recibidos por los equipos de trabajo de la Misión en las diferentes regiones, así como después de establecer reuniones con las diferentes autoridades territoriales y organismos de control, pudo establecer que el tratamiento dado por la Policía Nacional y las Fuerzas Militares hacia la protesta social es similar a la estrategia militar que utiliza el Estado para combatir a actores armados, es decir, se utilizan técnicas de combate con el objetivo de someter y aniquilar a la población civil bajo la figura del “enemigo interno”. Este accionar se expresa en:

i) el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza; caracterizado por disparos a corta distancia, de forma horizontal y apuntando al tercio superior del cuerpo, especialmente al rostro y la cabeza de quienes se manifiestan.

ii) la utilización de armamento con municiones no permitidas y el uso indebido de municiones permitidas para causar mayor letalidad sobre la salud y la vida. Se constató el uso de proyectiles hechizos que contienen perdigones, canicas, clavos, puntillas y material punzocortante empleados para causar en mayor daño posible en la población civil;

iii) se documentaron casos de víctimas manifestantes heridas con armas blancas y de fuego que portaban miembros del ESMAD,

iv) métodos de persecución a participantes, brigadas de salud, defensoras de Derechos Humanos, personas heridas producto de las intervenciones de la fuerza pública, medios alternativos de comunicación, algunos integrantes de iglesias y cualquier persona que decida apoyar o participar de una u otra forma de las manifestaciones;

v) montajes judiciales, implantación de pruebas y/o abuso de poder para la judicialización de personas manifestantes y no manifestantes;

vi) acciones de terror y control social a través de toques de queda, el uso de macanas para golpear directamente jóvenes y personas manifestantes, aún cuando estos estaban resguardados en casas, estacionamientos, tiendas comerciales o se encontraban heridas;

vii) infiltración de agentes de policía vestidos de civil en las manifestaciones con el fin de generar escenarios de confrontación y hacer un seguimiento selectivo a personas manifestantes y/o líderes y lideresas;

viii) se pudo identificar, en algunas regiones como Valle del Cauca, Nariño, Antioquia, Santander y el Eje Cafetero, el fenómeno del paramilitarismo y la presencia de civiles armados que, en connivencia con la fuerza pública atacan con armas de fuego de largo y corto alcance a las manifestantes. Este modo de operar no es espontáneo sino sistemático y redunda en causar terror en los diferentes sectores sociales (jóvenes, brigadas médicas, prensa entre otros), diezmar la protesta y causar el mayor daño posible;

ix) se pudo identificar en los distintos testimonios violencias basadas en género manifiestas en tocamientos y lesiones al cuerpo de mujeres durante la protesta con contenido sexual (senos, brazos y cabello principalmente); amenaza de violación contra mujeres

manifestantes, brigadistas, periodistas, abogadas y defensoras de dh; amenazas de violación sexual incluidas menores de edad.

x) discursos clasistas y racistas que se han perpetrado como acciones de agresión contra pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y jóvenes de sectores populares.

xi) Utilizar la oscuridad de la noche para las agresiones masivas más violentas y la persecución a los manifestantes y no manifestantes.

Adicionalmente, las situaciones de amenazas, hostigamientos y vulneración reiterada de Derechos Humanos han implicado que la mayoría de las víctimas tengan temor de denunciar por miedo a represalias institucionales, paramilitares y de la fuerza pública porque muchas personas que han denunciado son objeto de señalamientos, persecuciones, hostigamientos y asesinatos o amenazas de muerte. Muchas personas jóvenes entrevistados por la Misión ya no pueden dormir en sus casas porque han sido amenazados. Ante este panorama, el derecho de acceso a una justicia real con garantías constitucionales establecidas se diluye por completo.

4.2. Papel del Estado

Desde la institucionalidad estatal se suele utilizar un discurso en el cual se reconoce el derecho a la protesta y los Derechos Humanos, incluso la existencia de mecanismos para la protección de los Derechos Humanos. Sin embargo, no se evidencia un reconocimiento de los hechos de agresiones por parte de la fuerza pública que se han dado en el marco de la protesta ni avances en sus investigaciones. Tampoco se evidencia un seguimiento riguroso a las denuncias. Este discurso institucional oficial también contrasta con algunas declaraciones de integrantes de la fuerza pública y del Ministerio Público en las que se pone de manifiesto la utilización de un discurso caracterizado por la deslegitimación y estigmatización de la protesta social y que se ha traducido en las decisiones del Gobierno Nacional de ordenar la asistencia militar en algunas regiones vía decretos como el Decreto 575 de 2021.

Se evidencia el papel que han jugado en algunas regiones las alcaldías y gobernaciones como partícipes en la represión a la protesta social. Algunas expresan falta de voluntad de diálogo con los manifestantes, la negación de los casos de violaciones de Derechos Humanos, y la persecución judicial de personas reconocidas por su participación en las manifestaciones o de personas defensoras de Derechos Humanos por medio de señalamientos en carteles de “se busca”, entre otros mecanismos. En algunas regiones se evidencia una contraposición entre las opiniones de las alcaldías, gobernaciones y el Gobierno Nacional. Hubo autoridades municipales o gobernaciones departamentales que no hicieron cumplimiento del decreto presidencial y fueron objeto de persecución por parte del Gobierno Nacional.

La Misión recolectó información que da cuenta de una nueva caracterización del enemigo interno. Aunque se mantiene antiguos conceptos de “guerrillero” o “comunista” para deslegitimar la lucha de los jóvenes, hay una reconfiguración de los términos y el uso de nuevos términos como “vándalos” y “vagos” para caracterizar a los jóvenes que participan en el Paro Nacional y en la resistencia. A esto se contrapone la caracterización de un grupo denominado “gente de bien” con el objetivo de estigmatizar y justificar la represión de la que son objeto los y las manifestantes. Esta caracterización convierte a las personas que lideran las manifestaciones y a quienes realizan acciones solidarias en blancos de ataques por parte del Estado y de grupos paramilitares que se consolidaron y/o fortalecieron en el marco del Paro Nacional.

4.3. Papel de ciertos grupos y gremios empresariales

Se evidencia el uso de establecimientos comerciales y/o plantaciones para la violación de Derechos Humanos, a los cuales no se permite el ingreso de personas defensoras de Derechos Humanos. Se puso de manifiesto el uso de locales comerciales como centros de detención ilegal por parte de la fuerza pública. De igual forma se observa la presencia de armamento en algunos establecimientos comerciales de los que se tiene conocimiento de vínculos con el paramilitarismo, como estaciones de servicio. Se constató que algunos gremios y/o empresas divulgan discursos que promueven la violencia y la estigmatización de los manifestantes. Se recibieron noticias de despidos injustificados de empleados que participaron en la protesta.

También se evidencia que empresas con intereses en la explotación agrícola presionan a las comunidades para la venta de sus terrenos con amenazas de muerte ante la negativa de la comunidad de efectuar esa actividad económica. Las personas que realizan las amenazas son reconocidas por tener vínculos económicos y políticos de gran envergadura.

4.4. Papel de los medios masivos de comunicación

Los medios masivos de comunicación han incurrido en la estigmatización, criminalización, discriminación, descalificación y hasta deshumanización de las personas manifestantes, lo cual las impacta en lo personal, familiar, y en sus entornos laborales y comunitarios. Esta estrategia que se ha caracterizado por un discurso de odio por medio de la identificación de las personas manifestantes como “vándalos” y/o “terroristas” y/o cómo responsables de las afectaciones económicas, lo cual deslegitima ante la sociedad el proceso de movilización junto con sus actores y exigencias. En este mismo sentido se evidencia una invisibilización de la violencia selectiva en contra de las personas que se movilizan y/o hacen parte de procesos organizativos. También se ha evidenciado una profundización de discursos racistas.

4.5. Papel de los organismos de control e investigación

Se observan organismos de control como instituciones débiles y cooptadas. Se evidencia una omisión en sus funciones y falta de acompañamiento hacia personas manifestantes en los procesos de denuncia de violaciones de Derechos Humanos y seguimiento en los procedimientos que lleva a cabo la fuerza pública.

En algunos casos se ha evidenciado estigmatización por parte de integrantes de organismos de control a personas manifestantes. Por ejemplo en Barrancabermeja, un procurador a la entrada de un centro de detención, le dice a la madre de una manifestante agredida y detenida: “señora […], la reforma tributaria se cayó –a esta hora tenía que estar en la casa–. para qué estaba en la calle”.

Se ha observado la desproporcionalidad en cuanto a las investigaciones en contra de manifestantes por daño a la propiedad pública y privada comparado con las investigaciones a integrantes de la fuerza pública por violaciones de Derechos Humanos. Existen investigaciones y judicializaciones respecto a daños a bienes públicos y privados; caso contrario en investigaciones por vulneración de Derechos Humanos en donde no existe un registro claro, ni seguimiento a las denuncias o avance en las investigaciones. La Misión evidenció que el uso indebido del aparato policial y judicial para criminalizar se ha convertido paulatinamente en una práctica selectiva. Por ejemplo, esta práctica incrementó significativamente en el Valle del Cauca a partir del 28 de mayo con la adopción del Decreto 575 de 2021. Con la adopción de dicho Decreto de asistencia militar, se evidenció en Cali un cambio en la respuesta del Ministerio Público para atender los llamados de las organizaciones de Derechos Humanos, ya que dejaron de hacerlo para garantizar los derechos de los manifestantes y en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil, para hacerlo por solicitud de la fuerza pública. La criminalización funciona como mecanismo de intimidación, de ataque a los procesos organizativos, y de señalamiento que contribuye a la persecución y ataques posteriores.

Existe un amplio número de instituciones públicas relacionadas con el control y seguimiento del respeto de los Derechos Humanos, pero tienen competencias difusas y solapadas lo cual posibilita impide que el Estado cumpla con sus responsabilidades. La figura de coordinación interinstitucional (Puesto de Mando Unificado, “PMU”) para la actuación de las autoridades en las manifestaciones no garantiza que en el proceso de toma de decisión estén involucradas las autoridades civiles, alcaldías y gobernaciones. En algunos casos, las autoridades regionales y organismos de control no participan de forma permanente en las sesiones, lo que significa que la Policía toma la mayoría de las decisiones de actuación.

4.6. Efectos de los escenarios de impunidad

El temor, la inseguridad y la falta de confianza en las instituciones estatales generan un subregistro de la magnitud de la violencia experimentada y sus consecuencias. Existe una desconfianza generalizada por parte de las víctimas para denunciar los abusos y agresiones en el marco de la protesta ante instituciones como Fiscalía y Procuraduría. Si a ello se une el temor de ser estigmatizado, perseguido y/o judicializado, en caso de denunciar hechos, esto conduce a que no se presenten las denuncias correspondientes. Obstáculos como la imposibilidad de identificar a los agentes de la fuerza pública debido a la práctica reiterada y sistemática de ocultamiento o intercambio de insignias, cascos y números de identificación, y en especial impedimentos para el acceso a mecanismos de justicia en casos de violencia de género contribuyen también a la impunidad. Asimismo, la lentitud en la tramitación del proceso de denuncia, de las investigaciones a agentes del estado por vulneración de Derechos Humanos y la falta de criterio en estas investigaciones se suman a lo anteriormente descrito.

Esta desconfianza se extiende también a algunas autoridades municipales y departamentales que han evidenciado un papel importante en la impunidad al realizar declaraciones en las que no reconocen las violaciones a los Derechos Humanos.

Existe temor por las acciones de amenaza y ataque que se puedan llevar a cabo con posterioridad al Paro Nacional contra personas que se han destacado por su liderazgo en los espacios de movilización o contra las víctimas de violaciones de Derechos Humanos por parte de la fuerza pública que han denunciado.

Se observa que hay una situación ambigua sobre la interpretación del delito de desaparición forzada, lo cual obstaculiza gravemente el registro y búsqueda de las personas reportadas como desaparecidas, así como el castigo a los responsables y el acceso a la justicia.

  1. RECOMENDACIONES

Dada la gravedad de la situación de Derechos Humanos constatada por la Misión consideramos que Colombia atraviesa una situación de emergencia humanitaria y de grave crisis de los Derechos Humanos.

5.1 Acciones Inmediatas del Gobierno de Colombia

Solicitamos las siguientes acciones inmediatas del gobierno de Colombia:

1. Que cese la represión de la protesta y de toda la población que participe y/o apoye a las manifestaciones. Que las y los comunicadores sociales, las y los defensores de Derechos Humanos, organismos de la sociedad civil, brigadas de salud puedan gozar de una protección adecuada que les permita el ejercicio de sus funciones.

2. Que cese de inmediato el uso de municiones de impacto cinético para el control del orden público y de manifestantes.

3. Que se detengan los actos de señalamiento, persecución, amenazas, criminalización y ataques contra las personas que lideran la protesta y contra quienes adelantan acciones de defensa de Derechos Humanos, de primeros auxilios y de solidaridad.

4. Que se derogue el Decreto 575 de 2021 de asistencia militar.

5. Que se desista de la modificación normativa del Decreto 003 de enero de 2021, que busca criminalizar los cortes de ruta al excluirlos definitivamente del ejercicio legítimo del derecho a la protesta pacífica.

6. Que se detenga cualquier intento de reformas legales y políticas que representen regresividad en los derechos a la protesta y de otros derechos fundamentales.

7. Que se detengan las acciones encaminadas a la estigmatización y criminalización de la protesta en sus diferentes manifestaciones, incluidas el cierre temporal de vías. Abstenerse de adoptar el proyecto de ley anunciado para criminalizar la protesta.

8. Que el Gobierno Nacional garantice el derecho a la protesta y asegure que la fuerza pública cese sus actuaciones en las violaciones de Derechos Humanos, sobre todo en las manifestaciones del 20 de julio, del 7 de agosto y las que continúen.

9. Que se libere inmediatamente a las personas detenidas arbitrariamente.

10. Que elabore un registro público que contenga al menos la siguiente información: a) número de personas detenidas desde el inicio de la protesta; b) el número de personas capturadas por orden judicial, en flagrancia o en traslado por protección; c) centros de privación de la libertad a los que fue trasladados; d) duración de privación de la libertad; e) número de personas que actualmente continúan detenidas con motivo de la protestas; f) razones por las que se ordena prisión preventiva para quienes continúan detenidas; g) número de personas detenidas. El registro debe tener información sobre género, edad y pertenencia étnica.

11. En los casos de desaparición forzada, reconocer, activar e implementar el mecanismo de búsqueda urgente para dar inmediatamente con el paradero de las personas que aún continúan desaparecidas. Además de que, los órganos competentes avancen en las investigaciones sobre estos hechos que constituyen crímenes de lesa humanidad.

12. Que las autoridades de Medicina Legal y del Ministerio Público sistematicen y consoliden la información a nivel nacional de los cuerpos ingresados desde el 28 de abril por muerte potencialmente ilícita de acuerdo con el Protocolo de Minnesota, utilizándolo como herramienta de investigación. El registro debe ser específico, indicar fecha de ingreso, causa de muerte con autopsia realizada con el referido protocolo. Dicha información debe ser pública y desagregada.

13. Que las autoridades de Medicina Legal pesquisen de oficio, sistematicen y consoliden la información a nivel nacional de las personas que puedan presuntamente haber sufrido tortura, tratos crueles inhumanos y/o degradantes desde el 28 de abril por actuar de agentes del Estado mediante la utilización del Protocolo de Estabul. El registro debe ser específico, indicar fecha de pesquisa y calificación y categorización del trauma con el referido protocolo. Dicha información debe ser pública y desagregada.

14. Que se ponga en formato público y se entregue a los a los mecanismos de búsqueda urgente la información consolidada de nivel nacional de todos los casos de muerte violenta y clínica forense conocidos o peritados por el Instituto Nacional de Medicina Legal desde el 28 de abril de 2021

15. Que se priorice acciones de carácter humanitario y de atención inmediata e integral, enfocadas a las personas que han sido heridas en el marco de las movilizaciones.

16. Urge que el gobierno colombiano reinicie un espacio vinculante de diálogo a nivel nacional con participación del Comité Nacional de Paro, las juventudes involucradas en las protestas, organizaciones indígenas y personas afrodescendientes, mujeres y de la comunidad LGBTIQA+, y otros sectores afectados y/o involucrados en las movilizaciones. Este diálogo debe abordar no solamente las garantías al derecho a la protesta sino las causas estructurales del Paro Nacional, incluyendo la necesidad de garantizar oportunidades para estudiar, trabajar y vivir una vida digna para los jóvenes marginados colombianos.

17. Que se abstenga de obstaculizar los diálogos necesarios en los niveles locales y regionales.

18. Que se asegure el acceso a la justicia, reparación integral y garantías de no repetición. Crear una comisión para investigar la impunidad en que ha quedado la mayoría de las denuncias contra agentes del estado cometidas contra las personas manifestantes.

19. Que se reconozcan las graves violaciones de Derechos Humanos que se han cometido en el marco del Paro Nacional.

20. Que las investigaciones por las violaciones de Derechos Humanos se lleven a cabo por instancias jurisdiccionales de orden civil, de acuerdo a los estándares internacionales de independencia y debida diligencia, y no en la Justicia Penal Militar.

21. Que cumpla con el deber estatal de garantizar el acceso a la información respecto de la estructura y línea de mandos que tomaron decisiones operativas y tácticas en los territorios, así como lo relativo a la distribución de equipos tácticos de tanquetas y gastos de municiones.

22 Que se adopten medidas efectivas para desmantelar los grupos parapoliciales y paramilitares, e impedir que sigan operando grupos de terceros armados que atacan y hostigan a la población civil, especialmente a las personas que manifiestan, que defienden los DDHH, la prensa y las misiones médicas. Es fundamental que se investiguen y juzguen a las personas que vestidas de civil han atacado a quienes ejercen su derecho a la protesta o han difundido discursos que promueven la violencia contra manifestantes.

23. Que se adopten medidas inmediatas para que medicina legal haga pública la identidad o redoble esfuerzos para contactar a la familia de las personas víctimas de muertes violentas desde el 28 de abril de 2021 pues el cuerpo de al menos una persona dada por desaparecida llevaba varios días en oficinas de medicina legal de un municipio distinto a sus domicilios.

5.2 Acciones Inmediatas a la Comunidad Internacional e Instancias Multilaterales

Solicitamos las siguientes acciones inmediatas a la comunidad internacional e instancias multilaterales:

1. Que las instancias internacionales de Derechos Humanos presten especial atención de prevención, vigilancia y exigencia al respeto de los Derechos Humanos antes, durante y después de las movilizaciones.

2. Que se haga observación forense internacional en casos de desaparición forzada, tortura y homicidios.

3. Que la Asamblea General de la OEA y la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos hagan especialmente presente a la Fiscalía General de la Nación la importancia de iniciar investigaciones de oficio, con debida diligencia, conducida por fiscales especializados en materia de graves violaciones a los Derechos Humanos y que tengan una especial autonomía frente a los actores denunciados. Es indispensable que el Estado colombiano cumpla con su obligación de garantizar su independencia, competencia e imparcialidad institucional de la Fiscalía General de la Nación.

4. Que la comunidad internacional apoye aún más, a las organizaciones de la sociedad civil, a defensoras y defensores de Derechos Humanos, periodistas, brigadas de salud, iglesia e instancias no gubernamentales para que puedan seguir realizando su labor de defensa, promoción y protección de los Derechos Humanos y apoyo humanitario. De igual forma que apoye a las instancias de sociedad civil para que puedan realizar acompañamientos psicosociales y atender la salud de las víctimas.

5. Que la comunidad internacional exhorte al gobierno colombiano a cumplir con las recomendaciones de la CIDH incluidas en el informe de la visita a Colombia en junio de 2021.

6. Establecer criterios rigurosos de auditoría y transparencia para que los fondos de cooperación e inversión no sean aplicados a escalar la violencia, la represión y las violacionesa los Derechos Humanos y que garantice el cumplimiento cabal de los acuerdos de paz.

5.3 Al Estado Colombiano

Solicitamos las siguientes acciones en el corto plazo al Estado colombiano:

1. Desmilitarizar y reformar de manera estructural la Policía Nacional a fin de llevar a cabo la demandada disolución del ESMAD.

2. Garantizar mecanismos de justicia seguros, accesibles e imparciales que posibiliten las denuncias ciudadanas por violaciones a los Derechos Humanos.

3. Garantizar los derechos de las víctimas al acceso a la verdad, justicia, reparación integral y garantía de no repetición de acuerdo a los estándares internacionales.

4. La Fiscalía, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo deben actuar de forma autónoma, de oficio y descentralizada cumpliendo sus funciones constitucionales.

5. Cumplir los protocolos internacionales firmados por el Estado colombiano que garantizan los derechos de los grupos vulnerables.

6. Que se adopten medidas efectivas para reducir la situación de pobreza, garantizar la seguridad alimentaria y evitar impactos en el ejercicio de los derechos sociales, económicos, sociales, culturales y ambientales sin discriminación.

7. Garantizar el respeto de la independencia de los medios de comunicación y abstenerse de adoptar medidas de censura, que incluyen la censura previa por interrupciones y bloqueos de conexión a internet y la censura posterior con prácticas como la calificación de contenidos “falsos” o “verdaderos” por parte de la policía.

8. Cumplir el estándar interamericano según el cual, los funcionarios públicos tienen el deber de abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen o inciten a la violencia o que sugieren que la población actúa de manera indebida o ilegal, solo por el hecho de manifestarse o participar en una protesta.

9. Investigar, juzgar y sancionar a los responsables de promover discursos de estigmatización contra la protesta social, que incitan al odio, al recurso a la violencia, a la discriminación y las manifestaciones de racismo.

10. Implementar las recomendaciones del Comité de Eliminación de todas las formas de discriminación de la ONU (CERD) en la evaluación periódica a Colombia realizada en 2019, con especial énfasis en las relacionadas con discriminación racial.

11. Implementar las recomendaciones del Examen Periódico Universal emitidas en 2018, así como las consignadas en los informes de los mecanismos de la ONU.

12. Que atienda los clamores urgentes y apremiantes que le han estado haciendo al Estado colombiano las instancias religiosas, estados, parlamentos, organismos internacionales, tribunales independientes y misiones de observación para que cese la represión.

13. Que respete en forma irrestricta sus compromisos internacionales y disposiciones de los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos y ratificados por

Colombia, particularmente en cuanto a la Convención Contra la Tortura (CAT), reconocida como crimen de lesa humanidad.

14. Que implemente las recomendaciones para lograr la agenda transformadora propuesta en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, relativo a la promoción y protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de los africanos y afrodescendientes frente al uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de los Derechos Humanos por todos los servidores públicos.

5.4. A la Comunidad Internacional

Solicitamos las siguientes acciones en el corto plazo a la comunidad internacional:

1. A la Unión Europea, se le exige la suspensión de venta de armamento militar y material antidisturbios en virtud del criterio 2 del Código de conducta de la UE en materia de exportación de armas.

2. A los Estados y organismos financieros internacionales: (i) Abstenerse de autorizar inversiones destinadas a la fuerza pública en Colombia que ha sido cuestionado gravemente en su estatus de institucionalidad democrática, cumplimiento de las leyes en tanto mantengan su desacato a las recomendaciones internacionales y siga cometiendo las serias vulneraciones a las libertades fundamentales. (ii) Abstenerse de contribuir a la financiación de sectores y empresas que en Colombia amenazan los derechos fundamentales, incluidas aquellas que estigmatizan y promueven la represión violenta de la protesta.

3. Promover la activación de las clausula suspensivas en caso de violación de los derechos de los diferentes tratados de libre comercio e inversiones, suscritos por Colombia.

4. Incrementar la cooperación internacional destinada a organizaciones de la sociedad civil para programas dirigidos a jóvenes marginados, incluyendo en zonas afectadas por el Paro Nacional y las acciones represivas de la fuerza pública. Este debe incluir acceso a la educación, servicios de salud, y la creación de oportunidades de trabajo, además de formación en Derechos Humanos, la construcción de la paz, los deportes y el arte.

5. Dar seguimiento puntual a los fondos de cooperación internacional para que no se destinen a la represión de la protesta social y a las violaciones de los Derechos Humanos

5.5. A las Empresas

Solicitamos las siguientes acciones en el corto plazo al sector empresarial:

1. Que las empresas que producen, transforman, comercian o invierten en Colombia implementen la debida diligencia con miras a garantizar efectivamente respeten los imperativos de todos y cada uno de los Derechos Humanos, especialmente, en este contexto, los derechos a la protesta y derechos laborales.

2. Abstenerse de participar, permitir o promover la represión violenta de la protesta y las graves violaciones a los Derechos Humanos.

3. Abstenerse de financiar o apoyar por cualquier medio a fuerzas del Estado o grupos paramilitares o parapoliciales relacionados con graves violaciones de Derechos Humanos, incluido el despojo de tierras.

4. Detener los despidos de trabajadores por su participación en la protesta y reintegrar a quienes ya fueron despedidos.

5. Garantizar y promover investigaciones independientes sobre las denuncias públicas contra empresas relacionadas con graves violaciones a los Derechos Humanos en el marco de las protestas. Remediar a las víctimas de dichas violaciones.

6. Las empresas de redes sociales deben respetar la libertad de expresión y adoptar medidas para evitar la censura sobre contenidos relacionados con las protestas y las graves violaciones a los Derechos Humanos.

Seguimiento de la Misión Internacional

La Misión nos comprometemos al seguimiento de los avances en las recomendaciones que hemos realizado. El seguimiento de las acciones urgentes será entregado en agosto de 2021 en conjunto con nuestro informe completo. Para verificar el cumplimiento de las demás recomendaciones, se instalará una verificación en un plazo adecuado.

 

12 DE JULIO DE 2021

MISION DE OBSERVACIÓN INTERNACIONAL POR LAS GARANTIAS DE LA PROTESTA SOCIAL Y CONTRA LA IMPUNIDAD EN COLOMBIA

 

Conozca el informe preliminar completo aquí:

Informe Preliminar SOS Colombia

 

[1]  Fundación Los Ojos de Chile, Comisión Ética contra la Tortura / Comisión Ética Internacional de la Verdad Colombia, Parlamentaria alemana Izquierda Unida, Asociación de Solidaridad con Colombia KATIO (ASOC-KATIO), Equipo juridico de Canadá, PASC Canadá, Forest Peoples Programme – UK, Asamblea de Cooperación por la Paz, Sindicato Comisiones Obreras (Secretaria Internacional), Centre Delàs d’Estudis per la Pau, AESCO, Amazons Frontlines, Alianza por los Derechos Humanos, Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo – CODEPU, Latin American Working Group, Vicedecano de la Facultad de Comunicación. Universidad de Hofstra en Nueva York, Aluna Acompañamiento Psicosocial, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial, Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, Tennessee University, Mugarik Gabe, SERAPAZ (Servicios y Asesoría para la Paz), CONSORCIO Oaxaca, JASS, Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México / IM-Defensoras, Secretario Dicastero para el servicio del desarrollo humano integral (Vaticano)