Informe. Detención arbitraria de WILSON MENA ROMAÑA, afrodescendiente de la comunidad Urada -Jiguamiandó-Chocó.
El día de ayer domingo 29 de junio, alrededor de las 5:00 p.m., en el centro comercial Nuestro Urabá de Apartadó, cuando el líder comunitario WILSON MENA ROMAÑA se disponía a salir del lugar donde había departido con su esposa el día de descanso, en una “operación de rutina” de la policía, a la salida del centro comercial fue requerido por tres oficiales de policía. La patrullera YURI ESPINOSA le solicitó la documentación para verificar antecedentes. Al presentar su cédula de ciudadanía, la patrullera le indicó que debía trasladarlo a la estación de policía de Apartadó para una “ampliación de información” debido a que el número de identificación aparecía con antecedentes. Alrededor de dos horas permaneció retenido WILSON en condiciones climáticas desfavorables por el intenso sol al que fue expuesto por los policías a las afueras del centro comercial.
WILSON les explicó a los agentes de policía su situación jurídica mostrando la decisión del juzgado promiscuo del circuito de Rio Sucio Chocó, quien el pasado lunes 27 de mayo resolvió a su favor un proceso injusto que llevaba sin resolverse hace más de 22 años. Los agentes insistieron en la necesidad de trasladarlo a la estación dudando de la autenticidad del documento que WILSON les presentó, y sin tomarse la molestia de verificar la información.
Hacia las 7:00 p.m., WILSON fue trasladado en una camioneta 4X4 hasta la estación de policía de Apartadó donde permaneció más de cuatro horas a la espera de la verificación de la información por él reportada. La esposa de WILSON no se alejó de él, durante todo este procedimiento indebido.
Nuestros defensores de DH, quienes se encontraban en la Zona Humanitaria Las Camelias-Curvaradó, debieron trasladarse de urgencia hasta Apartadó para clarificar la situación de WILSON. Al llegar, hacia las 9:15 p.m., a la estación de Policía, los atendió el oficial VICTOR IBARGÜEN, quien insistió en la necesidad de obrar de acuerdo a su código de procedimiento, admitiendo que la diligencia pudo ser menos dilatoria. Posteriormente, fueron remitidos vía telefónica con el teniente ESPINOSA, quien les manifestó que estaban verificando la información con el CTI, la rama judicial y la SIJIN. Nuestros defensores les indicaron que en la rama judicial esta indagación no demora más de cinco minutos, por lo que no se justifica todo el tiempo que fue detenido el líder comunitario.
WILSON MENA ROMAÑA es víctima de un falso positivo judicial desde el 2003 y, que hasta el pasado lunes 27 de mayo después de más de 22 años, el juzgado promiscuo de Riosucio, Chocó resuelve mediante auto interlocutorio 101 cese del procedimiento por prescripción, a solicitud de nuestra defensa en el proceso. Por lo cual decreta el cese de procedimiento para los señores OVIDIO GONZÁLEZ CABRERA, ERASMO ORTIZ, WILSON MENA ROMAÑA, FÉLIX ANTONIO ALVARADO ZABALETA, Y JOSÉ YESID GUZMÁN RODRÍGUEZ.
A pesar que el apoderado judicial de nuestra Comisión ha solicitado mediante oficios los trámites respectivos para evitar vulneración de derechos por retenciones arbitrarias, el atentado al buen nombre, la reputación y la dignidad, al día de hoy no tenemos conocimiento que el Juzgado Primero Promiscuo de Riosucio Chocó, haya notificado la orden para el cese y desmonte de medidas de aseguramiento a las autoridades policiales y de investigación judicial.
Hacemos el llamado a la Policía Nacional y demás entes judiciales para que actualicen sus bases de datos con el fin de proteger la dignidad de nuestros representados y se evite actos de revictimización. En un procedimiento como el sucedido, se recomienda consultar la página de la rama judicial donde consta el estado del proceso adjuntando el siguiente radicado 2761531890012022-00104.
Con profunda preocupación,
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz.