Fallan tutela a favor del movimiento ríos vivos Antioquia

La situación de seguridad de los campesinos y de los líderes del Movimiento Ríos Vivos, que se encuentran desplazados y en calidad de refugiados en la Universidad de Antioquia, es particularmente difícil por la estigmatización, las amenazas recibidas y las vulneraciones a derechos humanos ya cometidas. Por ello esperamos que la Unidad Nacional de Protección asuma con seriedad y responsabilidad la atención inmediata a estas personas y no permita que tengamos que lamentar hechos que pongan en riesgo la vida o integridad física de estas personas y cesen las vulneraciones a sus derechos.


COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Los campesinos afectados por el megaproyecto hidroeléctrico Hidroituango organizados en el Movimiento Ríos Vivos, han sido víctimas de persecuciones, señalamientos y múltiples violaciones a sus derechos humanos, en vista de esto el 29 de septiembre de 2012 se solicitó a la Unidad Nacional de Protección UPN. adscrita al Ministerio del Interior, la realización de un Comité de Evaluación de Riesgos y Recomendación de Medidas CERREM, solicitud ante la cual se adoptó el compromiso de evaluar la situación y generar un plan de medidas de protección colectivas, en primer lugar para quienes protegen los derechos humanos de los afectados en la ciudad de Medellín, y segundo una protección especial para los líderes del Movimiento Ríos Vivos.

Dado que no se habían impulsado medidas frente a la solicitud, se presenta nuevamente el 9 de abril una solicitud de insistencia ante el despacho de la UNP., la cual el 6 de mayo de 2013 envía respuesta al derecho de petición de manera superficial, la cual consistió en la remisión de oficios a distintas entidades a saber: Ministerio de Defensa, Gobernación de Antioquia, Alcaldía de Medellín, Procuraduría General de la Nación, Ministerio de Defensa, Unidad de Atención y Reparación a las Víctimas y Ministerio del Medio Ambiente, quienes tampoco respondieron de fondo la solicitud, por lo cual se reiteró la urgencia de esta mediante comunicaciones del 7 y el 13 de junio de 2013; para el 17 de junio se enviaron denuncias de nuevas amenazas contra dos líderes de Ríos Vivos, insistiendo nuevamente en la urgencia de la adopción de medidas colectivas de protección, el 18, 22 y 23 de junio de 2013 se hizo una reunión con un investigador del Cuerpo Técnico de Investigación CTI., quien analiza la situación en el coliseo de la Universidad de Antioquia donde se encuentran albergados los miembros del Movimiento Ríos Vivos, pero que tampoco posibilitó ningún avance en el otorgamiento de medidas.

El 1° de agosto se insiste por última vez al Director de la Unidad Nacional de Protección y ante la negativa de una respuesta efectiva se procede a establecer una acción de tutela que amparara el derecho fundamental de petición y facilitara una respuesta de fondo y completa sobre la solicitud de medidas de protección, en esta se solicita ordenar a la UNP que se resuelva de fondo la solicitud del derecho de petición, es decir la programación de un CERREM que adopte medidas de protección. Dicha tutela fue radicada el 26 de agosto de 2013 y admitida el 28, esto lo conoció por reparto la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín. El 9 de septiembre el magistrado Guillermo Cardona Martínez emitió un fallo a favor del Movimiento Ríos Vivos, protegiendo el derecho fundamental de petición y determinando que en un plazo de 6 días a partir de la notificación del fallo se establezca por parte de la UNP y los mencionados entes jurídicos un pronunciamiento sobre la solicitud de programar un CERREM donde se defina de fondo el otorgamiento de medidas de protección.

La situación de seguridad de los campesinos y de los líderes del Movimiento Ríos Vivos, que se encuentran desplazados y en calidad de refugiados en la Universidad de Antioquia, es particularmente difícil por la estigmatización, las amenazas recibidas y las vulneraciones a derechos humanos ya cometidas. Por ello esperamos que la Unidad Nacional de Protección asuma con seriedad y responsabilidad la atención inmediata a estas personas y no permita que tengamos que lamentar hechos que pongan en riesgo la vida o integridad física de estas personas y cesen las vulneraciones a sus derechos.