Declaratoria de emergencia humanitaria territorios colectivos y ancestrales de las comunidades negras del distrito de buenaventura y el pacifico

Buenaventura, Territorio – Región del Pacifico
19 de abril del 2021

Autoridades y organizaciones étnico territoriales del Pueblo Negro del distrito de Buenaventura apelando al derecho propio advierten al Estado y a la comunidad internacional que la crisis humanitaria prolongada que sufre nuestro pueblo evidencia que el genocidio, el etnocidio y la limpieza étnica contra el Pueblo Negro continua en los campos y en las ciudades fruto de las consecuencias del conflicto armado y de la acciones y omisiones del Estado colombiano.

En esta deriva señalamos que:

En materia de crisis humanitaria estamos en un momento parecido a 1996 -1998, identificado como hito del conflicto en la región, y prevemos que en pocos meses la violencia en nuestros territorios alcanzará los picos que hubo entre 2002 y 2006.

Nuestras comunidades y sus territorios colectivos, ancestrales y urbanos fueron y siguen siendo afectados de manera desproporcionada y diferencial por el conflicto armado que aún se vive en el país. Esto ha sido reconocido en el Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz y en otros documentos oficiales del Gobierno Nacional como internacionales.

La persistente disputa territorial entre actores armados legales e ilegales en nuestros territorios genera violaciones sistemáticas de nuestros derechos representadas en entro otros: desplazamiento forzado interno, comunidades confinadas, asesinatos y amenazas a líderes e integrantes de nuestras comunidades, feminicidio, violencia sexual y violencias basadas en género. Muchas comunidades ya han estado en medio del fuego cruzado y de las acciones bélicas que adelantan los actores armados en nuestros territorios.

En los territorios en disputa la estigmatización y el señalamiento de que son víctimas las comunidades y sus liderazgos por parte de quienes se disputan los territorios, incluso por parte de la institucionalidad, constituye un factor de riesgo que compromete la vida y los derechos colectivos de las comunidades.

En nuestras comunidades persiste el reclutamiento, el uso y la utilización de nuestros niños, niñas, adolescentes y jóvenes por parte de los actores armados legales e ilegales como estrategia de control territorial. Las condiciones socioeconómicas históricamente sedimentadas han condenado a nuestros jóvenes a ser reclutados por parte de todos los actores del conflicto incluyendo la Fuerza Pública.

Pese a la presencia de un número significativo de efectivos de la Fuerza Pública en Buenaventura, los pescadores y las comunidades que se desplazan por la bahía de Buenaventura y sus esteros son objeto de constantes robos y hechos que limitan el libre movimiento y ponen en riesgo la vida, siendo este uno de los factores que está acrecentando el confinamiento de las comunidades.

El control de los grupos armados en el distrito de Buenaventura ejerce una presión sobre los precios de los alimentos, impide el comercio local de los productos de la región y agudiza condiciones de mayor pobreza y crisis de la seguridad alimentaria de la población.

La situación actual en que se encuentran los territorios ancestrales y colectivos de los ríos de Buenaventura, resaltando los últimos sucesos del consejo comunitario del río Cajambre, con más de 100 familias desplazadas internamente y el confinamiento de la población y las 18 familias desplazadas internamente en Yurumanguí en las mismas condiciones, sumado lo que cotidianamente se presenta en la zona urbana, es el último estadio en un patrón continuo de vulneraciones contra nuestras comunidades en todo el territorio y exige que los entes gubernamentales cumplan con sus deberes de asistencia, protección y prevención.

El incumplimiento de los acuerdos pactados en las consultas previas de los planes de desarrollo y otras leyes y los contextos de violencia que se viven en los territorios ponen en riesgo los derechos a la participación, la consulta y el consentimiento previo, libre e informado de nuestras comunidades.

Causas

Lo anterior suele atribuirse a efectos colaterales del conflicto entre actores armados legales e ilegales, pero en realidad es fruto del racismo estructural y sistémico utilizado para justificar y perpetuar la violencia contra los cuerpos, las comunidades y los territorios del pueblo negro en el marco de estrategias de control territorial de intereses económicos. El racismo está detrás de la histórica desatención por parte del Estado a sus obligaciones con el pueblo negro afrodescendiente en Colombia, representado en un sinnúmero de omisiones y acciones dolosas a saber:

Nuestras comunidades obtuvieron en la constitución de 1991 el reconocimiento de algunos de sus derechos territoriales y, mediante Ley 70 y su decreto reglamentario, se procedió a la titulación colectiva de más de 5 millones de hectáreas de tierras en el Pacifico. Pese a tener los títulos de propiedad, nuestras comunidades no han podido hasta hoy ejercer plenamente el dominio sobre muchos de estos territorios y mucho menos el gobierno. En muchos lugares del país la titulación colectiva de los territorios ancestrales sigue sin avanzar significativamente.

En 2009, la Corte Constitucional expidió en el Auto 005 un conjunto de órdenes para hacer frente al Estado de Cosas Inconstitucionales sobre Desplazamiento Forzado Interno en las Comunidades Negras. A la fecha, y para el caso, la mayoría de estas órdenes y las dadas en otros autos de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, están sin cumplirse. Este hecho no solo agrava las condiciones de vulnerabilidad de las comunidades, sino que constituye un factor determinante en la repetición de las condiciones que han hecho posible la violación de los derechos y la victimización del Pueblo Negro.

En algunas zonas del Pacifico y en nuestro Distrito, el accionar de la Fuerza Pública, fuertemente reforzada por la tendencia militarista del Estado ante cualquier perturbación del orden público, se presenta contraria a la Ley y
en franca connivencia con actores armados ilegales, razón está de la desconfianza en ellas y en general en la institucionalidad estatal aumenta.

El Estado ha incumplido reiteradas veces las obligaciones internacionales contraídas en el convenio 169 de la OIT con relación a los derechos de la población negra como pueblo: derecho a la identidad, al territorio y a la autonomía territorial y a la garantía a su propia opción de desarrollo.

En línea con lo anterior, la mayoría de los capítulos de la Ley 70 de 1993 están sin reglamentar; muchos de los aspectos centrales de esta Ley como los artículos 47, 57, 61 y 64, relativos al Plan de Desarrollo de Comunidades Negras, los recursos para la implementación de La Ley, no han tenido en 27 años aplicación.

Los recursos concertados en las consultas previas de los Planes Nacional de Desarrollo no aparecen. Este patrón, repetido por 27 años, además de discriminatorio contribuye a aumentar las condiciones de vulnerabilidad del Pueblo Negro y de Repetición del contexto en el que sus derechos económicos, sociales, culturales y políticos, han sido violados.

Los retrasos e incumplimientos a los acuerdos de paz – en especial el Capítulo Étnico – y a los pactos con las comunidades para erradicar y sustituir los cultivos de coca con fines ilícitos, la persistencia en la política de fumigar y erradicar de manera forzada, junto con la crisis económica en los territorios y la falta de apoyo a las iniciativas propias de las comunidades constituyen el contexto en el que los cultivos ilícitos están creciendo en los territorios colectivos y ancestrales. En estos, ante la ausencia de un plan específico de atención con enfoque
étnico para el pueblo negro, la reactivación económica post COVID19, será por la vía de la ilegalidad: cultivos ilícitos y minería ilegal e inconstitucional con sus efectos sociales, culturales y ambientales.

Las medidas de protección, en especial las colectivas, que requieren las comunidades se limitan generalmente a asuntos materiales, con poco avance en las medidas políticas, de investigación y judicialización, especialmente en la identificación de los determinadores de las amenazas y agresiones contra los líderes y comunidades, siendo evidente la ausencia de planes integrales y estructurados para la protección de los territorios y los derechos de las comunidades.

Con relación al contexto de violencia actual se puede señalar que las respuestas gubernamentales al incremento de los cultivos con fines ilícitos se basan en el deficiente cumplimiento de los acuerdos de paz, con los cultivadores, en la erradicación forzada y las fumigaciones aéreas. En estas políticas no es clara la prevención del aumento de los cultivos, ni el apoyo a las comunidades y familias que en los territorios han decidido por no involucrarse en estas actividades.

A modo de conclusión señalamos que las consecuencias del conflicto armado interno, los cultivos ilícitos, las fumigaciones, los impactos de la minería legal e inconstitucional, los megaproyectos y monocultivos, la deficiente intervención institucional y la pandemia producida por el coronavirus han agudizado la pobreza multidimensional de nuestras comunidades y sus territorios.

Demandamos las siguientes medidas para contribuir a la superación de la Emergencia Humanitaria.

Cumplimiento de las obligaciones contraídas en el marco del convenio 169 de la OIT, especialmente aquellas orientadas al fortalecimiento de las instituciones propias de los pueblos, la garantía y respeto al derecho al territorio, identidad y autonomía del pueblo negro afrodescendiente en Colombia.

Reglamentación e implementación integral de la Ley 70 de 1993.

Garantizar el derecho efectivo al territorio de las comunidades de los territorios ganados al mar y de los consejos comunitarios, especialmente, aquellos amenazados por los procesos de expansión del perímetro urbano.

Respeto y garantía a la visión propia de futuro de las comunidades negras y la asignación de los presupuestos para que la misma pueda ser ejercida a plenitud y sin ningún tipo de discriminación.

Protección efectiva de los sujetos de especial protección constitucional: derechos de los niños, niñas, adolescentes, y de jóvenes cercados por los actores armados legales e ilegales.

Cumplimiento inmediato e integral de todas las órdenes contenidas en el auto 005 del 2009 incluyendo al Plan Específico de Protección y Atención para las Comunidades de Buenaventura.

Dar respuesta efectiva a las orientaciones emanadas de las alertas de la defensoría del Pueblo y a los escenarios de riesgo recientemente identificados tanto en el área urbana como rural.

Todos los actores armados, incluyendo la Fuerza Pública, deben acatar y respetar el DIH, la distinción
entre civiles y armados.

Implementación del Acuerdo de Paz firmado entre el gobierno nacional y las FARC-EP en 2016,
especialmente el capítulo étnico. Y para el caso de Buenaventura la garantía para el desarrollo del
PDET, haciendo énfasis en su enfoque reparador y no re-victimizante.

Garantías para la erradicación manual y sustitución de cultivos con fines de uso ilícito en el territorio y
apoyos efectivo a las comunidades y familias que no están involucradas en estos cultivos.

Un programa de fortalecimiento para los consejos comunitarios, organizaciones étnico territoriales que
contemple la conformación y fortalecimiento de las medidas de autocuidado y autoprotección
comunitarias.

Llamamos a las comunidades, sus consejos comunitarios y distintas formas organizativas a persistir en la defensa de la Vida y la Paz, a fortalecer la organización y el autogobierno comunitario, sus expresiones de autoprotección y autocuidado colectivas e individuales, a la movilización y a la acción política para defender los derechos, la dignidad como pueblo y la vida misma. A seguir trabajando para que nuestros territorios vuelvan a ser espacios de vida, alegría, esperanza y libertad.

Llamamos a la comunidad Internacional y a las ONGs que trabajan en nuestros territorios a acompañar de manera permanente a nuestras comunidades que están en riesgo en sus territorios urbanos y rurales.

ACUERDO HUMANITARIO YA!!!!

Proceso de Comunidades Negras en Colombia – PCN
Consejo Nacional de Paz Afrocolombiano (CONPA)

Declaratoria De Emergencia Humanitaria-1