Corrupción y derechos humanos: Estándares interamericanos

INTRODUCCIÓN

1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) tiene como función principal la promoción y protección de los derechos humanos en las Américas. Ejerce dichas funciones a través de diversos mecanismos, de acuerdo a lo previsto en los artículos 106 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA)1 y 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos2 (en adelante “la Convención Americana” , la “Convención” o la “CNADH”).

2. En ejercicio de su mandato y frente a la coyuntura regional que ha sido relevada a través de sus distintos mecanismos, la CIDH presenta en este informe temático un análisis del fenómeno de la corrupción desde una perspectiva de derechos humanos. Asimismo, la Comisión realiza un análisis de avances y desafíos, así como de las iniciativas que permiten consolidar una estrategia a nivel regional, nacional y local para hacer frente a la necesidad de combatir y erradicar el fenómeno de la corrupción en el hemisferio. En ese sentido, a través de este informe, la CIDH se propone dar cuenta del impacto multidimensional de la corrupción sobre la democracia, el Estado de Derecho y, particularmente para el goce y ejercicio de los derechos humanos en el continente. De este modo, el informe incluye una serie de recomendaciones para los Estados con el fin de combatir dicho fenómeno desde una perspectiva de derechos humanos.

3. El punto de partida para la elaboración de este documento, es la Resolución 1/18 de la Comisión Interamericana. En la misma, la CIDH consideró a la corrupción como un fenómeno caracterizado por el abuso o desviación del poder encomendado, que puede ser público o privado, que desplaza el interés público por un beneficio privado (personal o para un tercero), y que daña la institucionalidad democrática, el Estado de Derecho y afecta el acceso a los derechos humanos. En ese sentido, con este informe, la CIDH presenta una herramienta para avanzar en el abordaje de la corrupción desde un enfoque de derechos humanos, que permita articular estrategias efectivas para la erradicación de este flagelo regional; que dialogue con las acciones encaminadas por otros mecanismos de la OEA y del sistema universal; y que en particular, fortalezca la cooperación con los Estados Miembros y la sociedad civil en las iniciativas respecto a la lucha contra este fenómeno.

4. Entre los impactos más significativos del fenómeno de la corrupción en la región, la CIDH destaca con especial atención las afectaciones en la institucionalidad estatal, en particular en la administración de justicia, y el aparato electoral, con las consecuentes afectaciones al ejercicio de derechos políticos. Con respecto, a las afectaciones institucionales, se destacan la concentración de poder, los actos de discrecionalidad, la ausencia de control en la gestión pública, la impunidad, así como elementos culturales como la tolerancia a la corrupción. De manera trasversal, la corrupción atraviesa actos cotidianos junto a estructuras de corrupción sistémica o macro-corrupción, que en algunos casos llegan a niveles de complejas formas de captura del Estado, cooptación de estructuras estatales e incluso desviación institucional con fines delictivos.

5. Por otra parte, con relación a los impactos en el ámbito de la administración de justicia, la CIDH considera que la propia administración de justicia puede ser objeto de actos de corrupción, con lo que se afecta su necesaria independencia; y al mismo tiempo puede constituirse en agente de corrupción, donde se ve agraviada la correcta administración de justicia. Es por ello que la efectiva implementación de las garantías del debido proceso se constituyen en una salvaguarda para evitar y controlar la corrupción judicial, limitando los espacios de discrecionalidad y asegurando formas de control.

6. Asimismo, es importante destacar el impacto diferenciado de la corrupción con respecto a la situación de la libertad de expresión en las Américas, así como en relación al goce y ejercicio de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de los habitantes del hemisferio.

7. En efecto, la CIDH observa que la corrupción genera un impacto diferenciado respecto de quienes denuncian actos de corrupción, quienes generalmente son víctimas de amenazas, hostigamientos y en algunos casos graves violaciones, como el derecho a la vida. Es por ello que determinar las obligaciones de los Estados de protegerles eficazmente frente a las amenazas que surgen de sus denuncias y testimonios, constituye una medida crucial en las estrategias de lucha contra la corrupción.

8. En ese orden de ideas, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, la publicación de información por la prensa y el trabajo de los periodistas constituyen instrumentos eficaces para el control ciudadano de las autoridades en la lucha contra la corrupción. En particular, es de destacar el rol de los instrumentos vinculados con la libertad de expresión, como el acceso a la información pública, la protección de fuentes, uso de la tecnología, entre otros, como estrategias claves en esta lucha.

9. La corrupción impacta directamente en la satisfacción de la obligación de los Estados de destinar hasta el máximo de sus recursos disponibles en materia de derechos humanos, en particular para garantizar el goce y ejercicio de los DESCA. En particular, la corrupción afecta a las personas en situación de pobreza debido a que por su condición de vulnerabilidad, sufren de manera agravada las consecuencias del fenómeno. En efecto, en términos generales, el fenómeno de la corrupción tiene el impacto diferenciado en el goce y ejercicio de los derechos humanos respecto de los distintos grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad o discriminación histórica.

10. La Comisión destaca con preocupación la situación de personas que se encuentran en contextos de riesgo atendiendo a su labor en la lucha contra la corrupción. En particular, es de destacar la situación de defensores de derechos humanos que sufren amenazas y violencia por sus investigaciones y denuncias en materia de corrupción. Asimismo, se encuentran afectados los funcionarios y funcionarias judiciales y de las fuerzas de seguridad encargados de llevar adelante estrategias de lucha contra la corrupción debido a falta de medidas de protección, particularmente, en situaciones de crimen organizado y narcotráfico.

11. Para enfrentar el flagelo de la corrupción, la CIDH destaca la importancia de desarrollar e implementar en los distintos niveles de gobierno, una serie de políticas públicas que permitan consolidar una estrategia integral de lucha contra la corrupción con enfoque de derechos humanos. El objetivo de estas medidas es el fortalecimiento institucional, el control y la disminución de los espacios de discrecionalidad, la rendición de cuentas y monitoreo sobre las actividades públicas.

12. En consecuencia, considerando el fenómeno de la corrupción en relación con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, en este informe la Comisión Interamericana ha establecido una serie de principios fundamentales que permiten desarrollar estas políticas públicas anticorrupción con una perspectiva de derechos humanos. Estos principios son: la centralidad de las víctimas de la corrupción y la necesidad de medidas adecuadas de reparación; el fortalecimiento del Estado de Derecho y de la institucionalidad democrática; las garantías de igualdad y no discriminación; la participación e inclusión social; mecanismos de reclamo y acceso a la justicia, la producción y acceso a la información; la transparencia y rendición de cuentas; y la inclusión de las perspectivas de género y diversidad. Todos estos principios deben estar presentes en toda estrategia de lucha contra la corrupción que pretenda ser integral, efectiva y eficaz.

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