Corte Suprema

Carta de presentación del grupo de acompañamiento internacional al caso bajo radicado 52.240 adelantado por la Honorable Corte Suprema de Justicia.

Bogotá, 17 de enero del 2020

Presidente de la Corte Suprema de Justicia
Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo

Presidenta del Consejo de Estado
Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez

Presidenta de la Corte Constitucional
Gloria Stella Ortíz Delgado

Presidente del Consejo Superior de la Judicatura
Max Alejandro Flórez Rodríguez

Presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz
Patricia Linares Prieto E.S.M
Copia a:

Presidente de la República de Colombia
Iván Duque Márquez

Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales
Francisco Roberto Barbosa Delgado

Representante para Colombia de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Alberto Brunori

Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la independencia de Magistrados y Abogados de Naciones Unidas
Diego García-Sayán

Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Comisionado Francisco José Eguiguren Praeli Relator para Bolivia, Colombia y Venezuela

Procuraduría General de la Nación
Fernando Carrillo Flórez

Asunto: Carta de presentación del grupo de acompañamiento internacional al caso bajo radicado 52.240 adelantado por la Honorable Corte Suprema de Justicia.

Respetadas y honorables autoridades colombianas y extranjeras, reciban un cordial saludo de parte de las organizaciones internacionales aquí suscribientes.

En virtud de nuestros mandatos institucionales de promoción y defensa de los derechos humanos, el Estado de derecho y el imperio de la ley, las organizaciones internacionales firmantes de la presente carta de presentación hemos venido monitoreando en detalle la causa penal que se adelanta bajo radicado 52.240 en la Corte Suprema de Justicia. En razón del seguimiento a la información pública que ha trascendido en los medios de comunicación, hemos considerado pertinente y adecuado conformar un grupo de acompañamiento internacional para el caso referenciado.

Lo anterior, con la única intención y objetivo fundamental de contribuir en la prevalencia, observancia y respeto del principio fundamental de todo Estado de derecho a la independencia e imparcialidad judicial1. La adecuada administración de justicia libre de toda aprensión o presión política, económica, social, mediática o de otra índole es fundamental para la estructuración y desarrollo de un Estado de derecho en el que prevalezca el principio democrático, la separación de poderes y la prevalencia de la ley.

En este sentido, los funcionarios encargados de administrar justicia, en razón de los mandatos legales y constitucionales, sólo obedecen a la interpretación del material probatorio debidamente obtenido y debatido durante el proceso, en aras de identificar si ha existido o no una infracción de una norma, en este caso, de carácter penal e imponer las respectivas sanciones previamente establecidas en la ley. Así lo ha indicado Naciones Unidas, al decir que “los jueces resolverán los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquiera sectores o por cualquier motivo”2.

Adicionalmente, recordamos que la independencia de los abogados que intervienen en la causa es uno de los principales barómetros de la democracia y de la efectividad del Estado de derecho, de tal suerte que el libre ejercicio de la abogacía está consagrado como uno de los Principios de la Habana3. De conformidad con los mismos, corresponde al gobierno garantizar que los abogados puedan desempeñar todas sus funciones profesionales en condiciones de seguridad para su integridad personal y pleno ejercicio de sus funciones.

Finalmente, reiteramos que la iniciativa de conformar un grupo de acompañamiento internacional, responde ante todo a la voluntad inequívoca de sumar esfuerzos al servicio de un objetivo compartido como es la defensa del Estado de derecho en Colombia. Confiamos en que nuestros buenos oficios contribuyan a garantizar que la judicatura, en especial, los operadores jurídicos que intervienen en el caso en mención puedan ejercer su función libre de cualquier apremio y presión externa.

La presente carta que quedará a disposición de las autoridades, podrá ser compartida o refrendada por otras organizaciones que deseen sumarse al grupo de acompañamiento internacional a futuro.

Cordialmente,

Fundada en 2002, Abogados sin fronteras Canadá (ASFC), es una organización no gubernamental de cooperación internacional cuya misión es promover la realización de los derechos humanos de grupos y personas en situación de vulnerabilidad mediante el fortalecimiento de sus capacidades para acceder a la justicia y contar con una representación jurídica adecuada. ASFC se encuentra presente en varios países de América Latina, el Caribe y África, donde junto a actores de la sociedad civil locales desarrolla proyectos que persiguen generar inclusión, cambio y desarrollo.

La Fundación del Consejo General de la Abogacía Española es una entidad sin ánimo de lucro cuyos fines son la defensa de los derechos humanos y la cooperación al desarrollo. Para lograrlos desarrolla proyectos, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, en los ámbitos de la defensa, la protección y la promoción de los derechos humanos. La función social de una abogacía libre, independiente y entendida como pieza esencia de la defensa de los derechos y el acceso a la justicia de todos los individuos, sin distinción de ninguna clase, es la fuente de inspiración de toda la actividad de esta Fundación.

El Observatorio Internacional para la Abogacía en Riesgo (OIAD por sus siglas en francés) ha sido creado por iniciativa del Conseil National des Barreaux (Francia), Barreau de Paris (Francia), Consejo General de la Abogacía Española (España) y Consiglio Nazionale Forense (Italia) y 24 Colegios de Abogados de Francia, Italia, España, Suiza y Turquía. El Observatorio hace seguimiento de los casos y situaciones que limitan o impiden el libre ejercicio de la abogacía en cualquier parte del mundo y su objetivo es prestar un apoyo efectivo a la abogacía amenazada o perseguida por razones asociadas al ejercicio de la profesión.

WOLA es una organización líder en investigación e incidencia que promueve los derechos humanos en las Américas. Nuestra visión es lograr un continente en el cual las políticas públicas protejan los derechos humanos y reconozcan la dignidad humana, y en donde la justicia prevalezca sobre la violencia.

El Gremio Nacional de Abogados (National Lawyers Guild o “NLG” por sus siglas en inglés), una de las mayores y más antiguas organizaciones legales de Estados Unidos, se fundó en 1937, con la misión de usar el derecho para el pueblo, valorizando por más de 75 años, a los derechos humanos por encima de los intereses de propiedad. El NLG, a través de su Comité Internacional, brinda asistencia y solidaridad a movimientos en Estados Unidos y el mundo entero, que trabajan por la justicia social, a través de la observación y el acompañamiento internacional, delegaciones internacionales de juristas y trabajo continuo coordinado con distintas organizaciones de carácter jurídico y de base para promover el Estado de derecho y los derechos humanos.

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