Campaña publicitaria del gobierno nos niega derecho a la participación e igualdad

Campaña publicitaria del gobierno nos niega derecho a la participación e igualdad, desconoce artículo 10 No 2 del decreto reglamentario 1745 (1995) de la ley 70 y jurisprudencia sobre afromestizos.


Cuenca del Curvaradó, 15 de octubre de 2015

Fernando Cristo
Ministro del Interior

Luis Ernesto Vargas
Presidente de la Sala de Seguimiento sentencia T-025
Corte Constitucional

Emilio Álvarez
Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Referencia Campaña publicitaria del gobierno nos niega derecho a la participación e igualdad, desconoce artículo 10 No 2 del decreto reglamentario 1745 (1995) de la ley 70 y jurisprudencia sobre afromestizos.

Reciban un respetuoso saludo.

El 10 y 11 de septiembre de 2015 en Bogotá, convocados por el gobierno a través del Ministerio del Interior, a una reunión en la misma asistieron algunos de nuestros delegados, publicistas , representantes de Naciones Unidas y 5 representantes del casco urbano y de la zona rural del Cuvaradó para hablar de la campaña publicitaria para la asamblea eleccionaria del Curvaradó.

De la reunión estuvo ausente un grupo de organizaciones internaciones que actúan como observadores del proceso por solicitud de la Honorable Corte Constitucional, entendemos que estas enviaron comunicación explicando las razones al Ministerio del Interior.
El acta de la reunión da buena cuenta de los problemas de fondo y de la banalidad de una campaña publicitaria. En el Curvaradó no se han resuelto los problemas reales de la participación, de la ocupación ilegal de los territorios por parte de ocupantes de mala fé, órdenes prioritarias emitidas por los diversos autos de la Corte Constitucional.
La ineficacia se sustituye con una campaña, que como lo dice una de las publicistas, y se encuentra en el acta “hay que pensar en la realidad que se quiere comunicar y adornarla un poquito”.
Esta afirmación vino después de que uno de nuestros líderes, con mucho valor, manifestará a los presentes que 19 de las 23 comunidades no estábamos de acuerdo en participar de una asamblea en la que se niega el derecho a participar con voz y voto, el derecho a elegir y a ser elegido.

Dejamos constancia que una campaña publicitaria no es la respuesta al descontento general de las comunidades rurales de Curvaradó, que asumimos que el derecho a la participación, es inalienable para todos los pobladores, con voz y voto, enfrentando argumentos discriminatorios y excluyentes, y siendo el ejercicio de ese derecho, como el de la igualdad ante la ley, de asegurar la participación de los afromestizos.

El gobierno continúa desconociendo que el artículo 10, numeral 2o del decreto reglamentario 1745 de la 70 expresa como requisitos para ser elegido miembro de la junta del consejo comunitario “Ser nativo del territorio de la comunidad para la cual se elige, reconocido por ésta y registrado en el censo interno, o tener residencia permanente por un período no inferior a diez (10) años y haber asumido las prácticas culturales de la misma”.

O desconociendo que la Corte Constitucional ha asumido en su jurisprudencia la realidad del mestizaje y el respeto a usos y costumbres a través de la palabra cuando manifiesta:
“La Corte también ha recibido información sobre las tensiones y expectativas que ha generado la realización del censo en cuanto a los derechos que les asisten a los miembros de las comunidades negras y a los terceros de buena fe para participar en la Asamblea General. La Corte recuerda que los derechos de participación están regulados por, entre otros, los artículos 7° y 55 transitorio de la Carta y por la Ley 70 de 1993 y a ellos se deben sujetar las comunidades de Jiguamiandó y Curvaradó. // Si bien es cierto que de conformidad con el artículo 5 de la Ley 70 de 1993, se entiende por comunidad negra “el conjunto de familias de ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones y costumbre dentro de la relación campo-poblado, que revelan y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos,” la Corte reitera que la protección constitucional establecida para estas comunidades surge, no depende exclusivamente de la raza a la que pertenezcan los individuos o de la mayor o menor manifestación de las características externas típicas de una raza específica” ( Auto 026 de 2013 parágrafo 25).

Ante la negativa gubernamental a asumir argumentos fácticos y de derecho, y tergiversando las expresiones de las manifestaciones de la Corte Constitucional, y del Magistrado Luis Ernesto Vargas, que en reunión con el Ministro Luis Fernando Cristo expresó que todas las 23 comunidades tenían derecho a participar con voz y voto, las comunidades en objeción a la exclusión, a la desigualdad, no participaremos en una asamblea eleccionaria y tampoco avalamos la propuesta publicitaria.

De este modo, respaldamos la postura de nuestro representante, que como voz en el desierto, expresó, tal como aparece en el acta: “¿frente al tema de comunicación, cómo le informa a la comunidad que no tiene derecho a elegir y ser elegidos?; ¿cómo le digo a mi comunidad sabiendo que no vamos a tener participación? (…), si el tema de participación estuviera resuelto lo más bonito seria decirles que participábamos en igualdad de condiciones. Eladio expresó que a pesar de las amenazas “no va a dar su brazo a torcer y su lucha es que participen todas las comunidades en igualdad de condiciones”, y preguntó: ¿está resuelto el tema de participación?”.

Nuestro líder comunitario expresando nuestro pensamiento y sentir, dejó, además, la siguiente constancia:
“(…) mientras no se resuelva el tema de la participación hace presencia –en esa reunión- pero no participa (…) habla como representante de las comunidades y no a título personal, la ley 70 de 1993 no es excluyente, espera que esto funcione como debe funcionar, si eso no está definido no va a participar en una propaganda donde se le niegan los derechos a su comunidad (…) Aquí se está negando el derecho de una población que lo perdió todo (…) hoy están luchando para que no se les vulnere ese derecho, quieren llegar a la asamblea las 23 comunidades que solo se ha mirado el vínculo familiar y no se tiene en cuenta personas que llevan 50 años. Afirmó tener conocimiento de Consejos Comunitarios Mayores donde están juntos mestizos y negros defendiendo el territorio (…) la asamblea no se ha hecho por que hay unos intereses particulares de por medio”.

Luego de semejante constancia, lo que sigue en el acta desconoce del todo nuestros planteamiento, como si no existiéramos.
El gobierno es muy sordo: “se continuó con el desarrollo del taller, con la pregunta ¿qué hace una agencia de publicidad? ¿Cómo podemos acercarnos? ¿Cuál es la situación en las que estamos?” Y las conclusiones, como si se tratara de otro territorio, otro país, otro planeta, tal como lo manifestó una funcionaria del ministerio del Interior: “este no es el espacio para debatir el tema de participación, ya que éste, ha tenido sus propios espacios y pidió concentrase en lo que hoy nos compete”, la publicidad de una asamblea, agregamos, en la que no todos los dueños de la tierra pueden participar en igualdad de condiciones.

Vinieron entonces las conclusiones en la que nuestros reclamos son del todo ignorados. Se acuerda que los publicistas sigan con su trabajo: un logo de campaña, producción de cuñas radiales, elaboración de un plegable y una reunión con el mismo grupo que no nos representa.

El Ministerio del Interior, ignorando nuevamente nuestro reclamo convoca a nueva reunión para el 14 y 15 de octubre a un reducido grupo de personas del llamado C5 y G8 donde el único que nos representa es nuestro líder que dejó la constancia en el acta que citamos.
Se afirma en la convocatoria del Ministerio que se socializarán las “piezas publicitarias” y que se trabajará en la logística para la recolección de firmas de convocatoria a la asamblea. Otra estrategia perversa del gobierno para desconocer nuestra petición de ser reconocidos.

Reiteramos entonces,
1. El C5 y el G8 no representan a las 23 comunidades. Solo hay representantes de 3 comunidades.
2. No haremos presencia en una asamblea en la que no podemos participar con el número de representantes que ordena la Corte Constitucional y donde se nos niega el derecho a elegir y ser elegidos.
3. La asamblea que convocara el gobierno niega nuestro derecho a la participación como afromestizos, y carece de toda legitimidad y legalidad.
4. Aún no se han adelantado los desalojos a los que obliga la Corte Constitucional, tal como el de Caño Manso donde las empresas bananeras Unibán, Banacol, Delmonte, a través de repobladores, siguen explotando nuestros territorios, tal como muchos miembros de las comunidades, con acompañamiento de organizaciones nacionales e internacionales, pudimos verificar. Al igual que empresarios de la ganadería extensiva.

Firmamos

Consejos comunitarios del Curvaradó:
Cetino-Nevera
El Cerrao
Llano Rico
Camelias
Caracolí
El Guamo
No Hay Como Dios
Despensa Baja
Andalucía
Apartadocito
Costa de Oro
Corobazal
San José de Gengado
Gengado Medio
Caño Manso
Montería
Buena Vista
Caño Claro