Apoyo a demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Víctimas

ABOGADOS SIN FRONTERA CANADA -ASFC espera que la Corte Constitucional de Colombia considere favorablemente sus escritos de amicus curiae para apoyar acciones públicas de inconstitucionalidad de la Ley de Víctimas.


Bogotá, el 2 de mayo de 2012

– Abogados sin fronteras Canadá (ASFC) sometió dos escritos de amicus curiae a la Corte constitucional de Colombia para apoyar acciones públicas de inconstitucionalidad contra los artículos 3 y 44 de la Ley 1448 de 2011, también conocida como Ley de Víctimas. Dicha ley es considerada como uno de los principales intentos del gobierno de Colombia, con la Ley de Justicia y Paz del 2005, para lograr una salida del conflicto armado interno. El artículo 3 de la Ley de víctimas trata de la definición de las víctimas reconocidas por dicha ley y el artículo 44 trata de los honorarios que pueden ser cobrados por abogados en procedimientos bajo la misma ley.

Según el Director general de ASFC, el abogado Pascal Paradis “es imperativo apoyar estas acciones de inconstitucionalidad porque los artículos 3 y 44 son claves en la capacidad de la Ley de Víctimas de realmente garantizar a las víctimas del conflicto armado interno los derechos a la paz, a la justicia, a la verdad, a la reparación integral y a la no repetición”. “ASFC considera que la decisión de la Corte constitucional de Colombia frente a las acciones presentadas tiene el potencial de garantizar un marco normativo de atención, asistencia y reparación a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos en Colombia que sea conforme con las obligaciones internacionales y constitucionales del Estado colombiano”, ! agregó la Jefa de misión de ASFC en Colombia, Carlota Valverde Coscollola.

El artículo 3 de la Ley de Víctimas limita las víctimas elegibles a gozar de los mecanismos previstos por la ley como aquellas que han sufrido violaciones a sus derechos fundamentales “ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”. En su escrito de amicus curiae, ASFC y la Asociación Francia Colombia Justicia argumentan que dicho requisito viola los derechos de las víctimas del contexto de violencia sociopolítica que afecta al país, lo cual es indisociable del conflicto armado, y victimiza individuos quienes toman parte en procesos públicos para ejercer ciertas libertades o defender ciertos derechos. El escrito presenta varios argumentos basados en fuentes de derecho internacional de los derechos humanos para argumentar que el ar! tículo 3 de la Ley de Víctimas, en su formulación actual, excluye las víctimas de crímenes de violencia sociopolitica, en contravención de las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano.

El párrafo 1 del artículo 44 de la Ley de Víctimas impone una cifra máxima como limitación a los honorarios de los abogados que representan a víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales en el marco de la Ley de Víctimas. ASFC argumenta que dicho artículo impone una limitación excesiva a los honorarios, porque no toma en cuenta la cantidad de víctimas representadas o la complejidad de los casos de graves violaciones a los derechos humanos, que requieren representación por parte de abogados altamente calificados y experimentados durante varios años. Considera que la norma viola los derechos de los abogados a gozar de condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias, a no ser discriminados y al libre ejercicio de su profesión. Ello también tendría por consecuencia de dificultar la consecución de un abogado para las víctimas del conflicto armado, violando sus derechos de acceder a la justicia y a no ser discriminados. Dichos derechos son reconocidos por la Constitución política y por tratados internacionales de derechos humanos que han sido ratificados por Colombia. La Asociación Francia Colombia Justicia y la Caravana de juristas británica firmaron el escrito de amicus curiae.