Acción urgente por inminente riesgo de vulneración de los derechos a la vida, a la integridad cultural y al territorio de la comunidad wiwa de Arikama

DIRIGIDO A:

• Presidencia de la República

• Ministerio del Interior

• Ministerio de Minas y Energía

• Ministerio de Defensa Nacional

• Ministerio de Relaciones Exteriores

• Defensoría del Pueblo

• Procuraduría General de la Nación

• Personería Municipal de Dibulla

• Fiscalía General de la Nación

• Gobernación de La Guajira

• Alcaldía de Dibulla

• Policía Nacional

• Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH

• Organización de Estados Americanos OEA

• Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos

• Comité Internacional de la Cruz Roja CICR

HECHOS

1. La comunidad indígena Wiwa de Arimaka, Sejamake en dumuna, se encuentra ubicada en la cuenca del río Jerez, en el corregimiento La Punta de los Remedios, municipio de Dibulla, departamento de La Guajira. La ubicación de la comunidad comprende limites entre el territorio Kogui y territorio Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta. Actualmente está conformada por alrededor de 85 familias y 450 personas.

2. Desde el 2014 hasta la fecha la comunidad ha tenido que enfrentar una serie de situaciones que vulneran sus derechos y afectan su territorio ancestral, en ocasión a la minería ilegal de oro por un grupo de aproximadamente 100 trabajadores dirigidos por dos personas que se identifican como los jefes, a uno de ellos se le ha visto armado. Esta minería ilegal se lleva a cabo en el predio que le pertenece a la comunidad y el territorio ancestral al cual protegen desde su cosmovisión como pueblo Wiwa. En la actualidad hay aproximadamente 15 lugares de excavación distribuidos en dos puntos donde se lleva a cabo la actividad minera con una distancia entre si de 20 minutos, al parecer en cada punto hay un “jefe”.

3. Las personas que se identifican como jefes y como propietario de la mina junto a un grupo de hombres sin identificar, han hecho uso de sobornos, amenazas e intimidaciones para que la comunidad wiwa, sus lideres y autoridades espirituales accedan a aceptar la actividad ilegal. En el 2014 para facilitar su entrada, ofrecieron mercados y dinero, sin embargo, la comunidad mantuvo su rotunda decisión de no aceptar este tipo de sobornos y en negarse ante cualquier actividad criminal lo que produjo amenazas para lideres de la comunidad Wiwa. El grupo se apropio ilegalmente del territorio y actualmente de la mina se extrae oro inicialmente con utensilios como barra, pico, batea y posteriormente con el uso de dinamita para facilitar la extracción, plantas eléctricas y turbinas.

4. Ante la ausencia de medidas y respuesta institucional que desde el 2017 el pueblo wiwa ha solicitado con urgencia y alertado de la situación de riesgo en la que se encuentra, la comunidad se vio en la necesidad de tomar medidas de hecho para salvaguardar sus derechos fundamentales como pueblo indígena y proteger su territorio ancestral. Desde el 25 de abril del año en curso la comunidad decidió hacer presencia directa en la zona y a partir del 27 de abril 250 personas de la comunidad de Arimaka entre niños, niñas, jóvenes, mujeres, hombres, autoridades espirituales y de gobierno están en el territorio afectado, a escasos 50 metros de donde se encuentra el grupo de 100 trabajadores de esta mina ilegal. La comunidad ha decidido que el día 30 de abril a las 6:00 p.m. retiraran todos los objetos relacionados con la actividad minera y nuevamente van a exigir la salida de este grupo que se dedica a la minería ilegal.

5. En el 2017 se llevaron acciones comunitarias en rechazo a la minería ilegal y se acudió a las instituciones pero solo hubo respuesta por parte de la Fuerza Pública con la detención de algunos sujetos de este grupo, la actividad paró durante un mes pero continuo con normalidad posteriormente y se presentaron nuevamente amenazas. Los hechos más graves ocurrieron en los últimos meses:

– El desplazamiento el mes de abril de 2019 de un mamo (autoridad espiritual) de 100 años de su vivienda y lugar de trabajo espiritual, a partir de la llegada de quien manifestó ser propietario del predio y cercó el lugar estableciendo los supuestos limites de la mina. El mamo había sido amenazado, intimidado y posteriormente su vivienda fue incendiada el 10 de octubre de 2018.

– Amenazas a lideres que se presentaron en defensa del mamo y atentado con arma de fuego a su hijo coordinador de autoridades el 06 de agosto de 2018 por personas desconocidas.

– A los siguientes 4 días, el 10 de agosto de 2018 Ingreso arbitrario de 7 personas sin identificar en horas de la noche a la comunidad.

– Daño a bienes espirituales indispensables mediante quema e incendio de 5 casas ceremoniales. Uno de los incendios fue 17 agosto de 2017 y el ultimo incendio fue el 12 de abril de 2020 (en anexo las fotografías).

6. Esta situación ha sido puesta en conocimiento de diferentes instituciones y autoridades tales como Gobernación de La Guajira, Secretaria de Asuntos Indígenas, Alcaldía de Dibulla, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, Fuerza Pública, entre otras, sin embargo el problema de fondo no ha sido solucionado y la minería ilegal, intimidación y amenazas por parte de este grupo persisten.

7. Una de las preocupaciones de la comunidad en estos momentos es que hay indicios de la presencia de grupos armados que se pueden estar beneficiando de esta minería ilegal que genera daños irreparables e irreversibles a la naturaleza y al ambiente, debido a que, además de los hechos señalados en el numeral 4 y 5, se ha visto sujetos armados que vigilan y administran la mina. De ser así estos grupos armados y su actividad pone en riesgo inminente a la comunidad indígena por una posible la eliminación física y cultural.

8. La vulnerabilidad de la comunidad Wiwa de Arimaka con la situación anteriormente señalada, se acentúa e incrementa con las actuales condiciones del aislamiento obligatorio preventivo, emergencia sanitaria y además incendios forestales en la zona, dado que la comunidad no tiene acceso a los mínimos vitales (agua, comida, utensilios de bioseguridad) y esta en una permanente zozobra por el accionar de este grupo ajeno a sus comunidades.

9. Las medidas y acciones comunitarias desarrolladas por la comunidad Wiwa han estado en concordancia con su Ley de Origen, Ley Natural y Derecho mayor que orientan su función y misión de proteger y salvaguardar el territorio ancestral demarcado por la Línea Negra. Lo anterior es reconocido por el Estado mediante el Decreto 1500/18.

10. Recordamos que el pueblo Wiwa es sujeto de especial protección amparado por medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH). Además han sido considerados como pueblo indígena en riesgo de exterminio físico y cultural mediante el Auto 004/2009 y Sentencia T025/2004 de la Corte Constitucional.

SOLICITUDES

En virtud de la situación descrita en la cual se pone de presente el estado de vulnerabilidad de la comunidad Wiwa de Arimaka, cuyos derechos fundamentales serían afectados, se solicita a las instituciones lo siguiente:

• A todas las instituciones y entidades competentes hacer presencia inmediata en Arimaka y adoptar las medidas necesarias para garantizar y preservar la vida e integridad de la comunidad Wiwa, respetando su identidad cultural y protegiendo la especial relación que tiene el pueblo wiwa con el territorio.

• A la Presidencia de la República y al Ministerio del Interior se solicita brindar medidas de protección y garantías en derechos fundamentales a la comunidad indígena Wiwa de Arimaka según lo establecido en el Decreto 1066 de 2015 y sus posteriores adiciones.

• A la Gobernación de La Guajira y la Alcaldía de Dibulla como primera autoridad civil y de policía y de acuerdo a los deberes que le impone la Constitución y la Ley, le mismo decreto 1066 de 2015, adelantar las acciones policivas que le corresponden en relación con las denunciadas actividades de minería ilegal.

• A la Gobernación de La Guajira y Alcaldía de Dibulla brindar suministros básicos (alimentos y elementos de logística) para que la comunidad pueda permanecer en su territorio.

• Al Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Personería Municipal) hacer el acompañamiento respectivo a la comunidad de manera urgente e inmediata desde el 30 de abril de 2020 en adelante para brindar medidas de atención y protección en el marco de la acción comunitaria de hecho señalada, y el realizar seguimiento al caso así como al cumplimiento de las funciones de las demás instituciones.

• A la Fiscalía General de la Nación actuar de manera inmediata y coordinada con las demás instituciones correspondientes frente a la situación de riesgo de la comunidad de Arimaka y realice las correspondientes investigaciones y judicializaciones a los actores materiales e intelectuales de las actividades ilegales señaladas y de las amenazas y atentados, así como que brinden medidas de protección pertinentes para lideres, autoridades y miembros Wiwa de la comunidad de Arimaka.

Agradeciendo la atención,

Cualquier información o comunicación necesaria puede generarse mediante los correos electrónicos lfrodriguez@cinep.org.co, jortiz@cinep.org.co, cajarterritorio@gmail.com o al teléfono 3116144868 (Arimaka).

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Imagen: ONIC.