Acción Urgente

Fuentes de la región de Curvaradó fueron informadas, en una reunión local celebrada el 11 de junio, de que la policía de la región estaba preparando una notificación de desalojo, que pretendía hacer efectiva el 18 de junio, contra la comunidad de Caracolí, compuesta por más de 100 personas, y situada en la región Curvaradó, adscrita al departamento de Chocó.


La orden de desalojo procede de una juez de la zona, que la dictó pese a que el gobierno central ha reconocido en repetidas ocasiones que los residentes de Caracolí son los propietarios legítimos de las tierras y que, por tanto, tienen derecho a permanecer en ellas. Caracolí está comprendida en un título colectivo de tierras, perteneciente a la comunidad afrodescendiente del lugar, que abarca la región de Curvaradó y Jiguaminadó. Recientemente, el Ministerio del Interior y de Justicia ha instado a las autoridades judiciales de la región a respetar dicho título.

En 1997, los residentes de la cuenca del Curvaradó y del vecino río de Jiguamiandó fueron expulsados de sus tierras por los paramilitares, que desde entonces han matado ya a más de 100 integrantes de esas comunidades, y han dejado así el terreno libre para el establecimiento de plantaciones ilegales de palma africana, gestionadas por personas que, según informes, mantienen en algunos casos vínculos con grupos paramilitares. Tras la concesión del título colectivo de tierras por el gobierno, en 2000, muchos de los miembros de las comunidades afrodescendientes que habían sido expulsados de sus tierras volvieron a ellas, pero las encontraron ilegalmente ocupadas por plantaciones de palma africana o dedicadas, también de forma ilegal, a otras actividades agrícolas con fines comerciales. Además de haber sido continuamente víctimas de amenazas y homicidios, quienes han regresado han tenido que lidiar con reiterados intentos, por parte de los administradores de las plantaciones, de falsificar títulos de propiedad sobre la tierra para echarlos de nuevo, a pesar del título colectivo de tierras concedido por el gobierno. Los residentes de Caracolí volvieron a la zona en 2007. Desde entonces, aseguran que se les ha tildado una y otra vez de pertenecer a la guerrilla, y han sido amenazados por grupos paramilitares.

El 26 de mayo, un conocido paramilitar local amenazó con matar a Enrique Petro y Elías López, miembros de la comunidad de Andalucía, en la cuenca del Curvaradó, que se habían opuesto a la ocupación ilegal de sus tierras. El paramilitar se acercó a un miembro de la comunidad de Andalucía y le advirtió que iban a matar a Enrique Petro y Elías López. Ambos hombres habían recibido ya varias amenazas (véase AU 234/08, AMR 23/029/2008, 26 de agosto de 2008).

Al mismo tiempo que Enrique Petro y Elías López recibían amenazas, las empresas dedicadas a la plantación de palma africana amenazaban con hacerse con el control de las tierras de la comunidad de Andalucía.


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

El intento de expulsar de sus tierras a las comunidades afrodescendientes de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó se produce en un momento en el que éstas se están movilizando para garantizar que se protejan sus derechos colectivos a la tierra, reconocidos por el gobierno en 2000, y que se impida la expansión ilegal de las plantaciones de palma africana y de otras actividades comerciales en su territorio. Ciertos organismos estatales han reconocido el carácter ilegal de las plantaciones. Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha observado un vínculo entre las plantaciones ilegales de palma africana en la zona y las violaciones de derechos humanos contra la comunidad local, y tras una visita a la región de Curvaradó y Jiguamiandó en noviembre de 2008, instó al gobierno a proteger a dichas comunidades y a garantizar que no se las expulse de sus tierras. Numerosos miembros de las comunidades afrodescendientes de la zona, incluidos miembros de los Consejos Comunitarios, han recibido amenazas por su postura en defensa de sus derechos a la tierra y en contra de las empresas de aceite de palma de la región.

En octubre de 2008, Walberto Hoyos Rivas, líder de una comunidad afrodescendiente, fue abatido a tiros por paramilitares en la zona de Caño Manso, en Curvaradó (véase AU 299/08, AMR 23/040/2008, 27 de octubre de 2008). Había protagonizado actividades en defensa de los derechos colectivos a la tierra.

Los desalojos forzosos, es decir, desalojos llevados a cabo sin notificarlos adecuadamente, sin consultar con las personas afectadas, sin salvaguardias legales y sin garantías de un alojamiento alternativo adecuado constituyen violaciones graves de diversos derechos humanos, entre ellos el derecho a una vivienda adecuada. En virtud del derecho internacional y, en concreto, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), Colombia no puede llevar a cabo desalojos forzosos, y tiene la obligación de proteger a la población contra ellos.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en español o en su propio idioma:

 Expresando preocupación por el hecho de que las autoridades locales estén preparando el desalojo forzoso de los residentes de Caracolí, instando a las autoridades a no desalojarlos por la fuerza y solicitando que garanticen el respeto al título colectivo de tierras que poseen las comunidades afrodescendientes de la región de Curvaradó y Jiguamiandó;

 Instándoles a garantizar la seguridad de las personas pertenecientes a las comunidades afrodescendientes que viven en la región de Curvaradó y Jiguamiandó;

 Pidiendo a las autoridades que ordenen una investigación exhaustiva, independiente e imparcial sobre las amenazas recibidas por Enrique Petro y Elías López, y que publiquen sus resultados;

 Recordando a las autoridades que sus obligaciones con respecto a los defensores y defensoras de los derechos humanos están recogidas en la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos, en las resoluciones sobre Defensores de los Derechos Humanos en las Américas de la Organización de los Estados Americanos y en las numerosas recomendaciones formuladas por la ONU en relación con Colombia;

 Pidiéndoles que tomen medidas enérgicas para combatir y desmantelar los grupos paramilitares, y que investiguen y disuelvan sus vínculos con las fuerzas de seguridad, de conformidad con las repetidas recomendaciones de la ONU;

LLAMAMIENTOS A:

Vicepresidente

Dr. Francisco Santos Calderón
Vicepresidencia, Carrera 8A No 7-27, Bogotá, Colombia
Fax: +57 1 565 7682 (digan “me da tono de fax, por favor”)
Tratamiento: Estimado Sr. Vicepresidente Santos

Ministro del Interior y de Justicia
Dr. Fabio Valencia Cossio
Ministerio Del Interior y De Justicia, Carrera 9a. No. 14-10, D.C. – Colombia
Fax: +57 1 560 46 30
Tratamiento: Estimado Dr. Valencia Cossio

Fiscal general

Dr. Mario Germán Iguarán Arana
Fiscal General de la Nación, Fiscalía General de la Nación
Diagonal 22B (Av. Luis Carlos Galán No. 52-01) Bloque C, Piso 4, Bogotá, Colombia
Fax: +57 1 570 2000 (un mensaje en español les pedirá que marquen la extensión 2017)
Tratamiento: Estimado Sr. Fiscal

COPIAS A:
ONG de derechos humanos
Justicia y Paz Intereclesial
Calle 61 A, No. 17-26, Bogotá, Colombia

y a la representación diplomática de Colombia acreditada en su país.

ENVÍEN LOS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE. Consulten con el Secretariado Internacional o con la oficina de su Sección si van a enviarlos después del 27 de julio de 2009.

Adjunto comunicación en ingles

Acción Urgente Amnistia Internacional