Expertos de la ONU advierten que el Proyecto de Ley sobre la jurisdicción penal militar representa un retroceso para los derechos humanos

Un grupo de expertos de derechos humanos de las Naciones Unidas exhortó al Gobierno y al Congreso de Colombia a que reconsideren la posible adopción del Proyecto de Ley No. 85 (Senado) de 2013, el cual restructura y expande el alcance de la jurisdicción de los tribunales militares.


GINEBRA (29 de Septiembre de 2014) –

Los expertos expresaron preocupaciones similares hace dos años en relación a otro acto legislativo que reformaba el sistema de justicia militar, el cual fue posteriormente declarado inconstitucional por la Corte Constitucional de Colombia.

“Si se adopta, el Proyecto de Ley podría debilitar seriamente la independencia e imparcialidad del poder judicial”, expresaron los expertos independientes en una carta abierta* hecha pública hoy. “Esta reforma también representaría un grave retroceso en la prolongada lucha de Colombia contra la impunidad en casos de violaciones al derecho internacional humanitario y de los derechos humanos”.

La reforma otorgaría amplia jurisdicción a los tribunales militares cubriendo, entre otros, homicidio, infracciones al derecho internacional humanitario, delitos contra la protección de la información y de los datos, delitos contra la seguridad pública y otros crímenes que deberían quedar bajo la jurisdicción de los tribunales penales ordinarios.

“Hacemos un llamado al Gobierno para que garantice que la jurisdicción de los tribunales militares se limite a los delitos penales y faltas disciplinarias de carácter estrictamente militar, y presuntamente cometidos por miembros activos de las fuerzas armadas”, indicaron.

“Los crímenes que asciendan a violaciones graves de derechos humanos siempre deberían quedar bajo la jurisdicción de los tribunales ordinarios, incluso cuando los presuntos actos fueron cometidos por personal militar o policial”, subrayaron los expertos de la ONU.

Considerando que los tribunales militares en Colombia forman parte del poder ejecutivo, extender su jurisdicción a asuntos que deberían ser tratados por los tribunales penales ordinarios podría exacerbar los problemas y las preocupaciones existentes en relación al acceso a la justicia, impunidad por violaciones de derechos humanos y respeto por las garantías de los acusados al debido proceso y a un juicio justo.

A pesar del hecho de que el Proyecto de Ley excluye algunas violaciones de los derechos humanos –crímenes de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado– de la jurisdicción de los tribunales militares, estos tribunales conservarían en la práctica jurisdicción sobre una serie de delitos comunes que también podrían constituir violaciones de derechos humanos.

“Por ejemplo, bajo el nuevo Proyecto de Ley, la justicia militar podría ejercer su jurisdicción sobre los casos de presuntas ejecuciones extrajudiciales cometidas por personal militar o policial, porque las ejecuciones extrajudiciales están prohibidas por las disposiciones de derecho penal general sobre homicidios y no constituyen violaciones tipificadas en el derecho penal interno”, señalaron.

Los expertos de los ‘Procedimientos Especiales’ de la ONU ofrecieron sus servicios de asesoramiento para asistir a Colombia en sus esfuerzos para fortalecer el marco legislativo e institucional del país para el logro de los derechos humanos y la consecución de la paz para todos.

(*) Lea la carta abierta:
http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=15116&LangID=S

ENDS

Los expertos:
Mads ANDENAS, Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria
Patricia ARIAS, Presidenta-Relator del Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación
Pablo DE GREIFF, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición
Ariel DULITZKY, Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias
Michel FORST, Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos
Christof HEYNS, Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
David KAYE, Relator Especial sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión
Maina KIAI, Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas
Gabriela KNAUL, Relatora Especial sobre la independencia de magistrados y abogados
Rashida MANJOO, Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, con inclusión de sus causas y consecuencias
Juan E. MENDEZ, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Frances RADAY, Presidenta-Relatora del Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica

La expresión ‘Procedimientos Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, es el nombre general para referirse a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente, o bien a situaciones concretas de los países, o a cuestiones temáticas de todo el mundo. Actualmente, hay 38 mandatos temáticos y 14 mandatos por país, con 73 titulares de mandato.

Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de las Naciones Unidas y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven en su capacidad individual. Visitar: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/SP/Pages/Welcomepage.aspx

Para más información y solicitudes de prensa, favor ponerse en contacto Amanda Flores (+41 22 917 91 86 / aflores@ohchr.org) o escribir a srindependencejl@ohchr.org

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